La Audiencia ordena trasladar a España a una fiscal antiterrorista afgana para que pida asilo
Su marido, abogado de profesión, murió en un atentado suicida en Kabul, dejándola viuda con un niño de pocos meses
La Audiencia Nacional ha ordenado el traslado cautelar a España de una fiscal antiterrorista de Afganistán que huyó de su país hacia Pakistán junto a su hijo de cinco años y su hermana pequeña, para que pueda solicitar protección internacional. La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso ha dictado un auto, al que ha tenido acceso EFE, en el que ordena al embajador de España en Pakistán que proporcione a la fiscal y a su hijo la «documentación que le habilite para trasladarse a territorio español».
Lo hace a petición de la fiscal, que presentó un recurso, apoyado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, en el que impugnaba la desestimación por silencio administrativo de la protección internacional que solicitó al embajador de España en Islamabad en virtud del artículo 38 de la ley de asilo de 2009.
Esta fiscal, que estuvo destinada en la Fiscalía Antiterrorista de la República de Afganistán, participó directamente en el ejercicio de sus funciones en casos relevantes, como la investigación y acusación del entonces líder del Estado Islámico en Afganistán, según informó la Fiscalía de la Audiencia Nacional cuando apoyó la petición de traslado de la mujer. Su marido, abogado de profesión, murió en un atentado suicida en los juzgados de Kabul, dejándola viuda con un niño de pocos meses.
Además, en agosto de 2021, cuando los talibanes asumieron el poder en Afganistán, liberaron a todos los criminales presos, entre ellos a los terroristas a los que ella había acusado, indicaba la Fiscalía, que aportó un informe que ponía de relieve la «seriedad y verosimilitud» del temor de la demandante y del riesgo «real y efectivo» de que pudiera ser deportada a Afganistán.
En su informe, el fiscal Manuel Campoy relató que esta mujer huyó a Pakistán con su hijo que entonces tenía cinco años y su hermana pequeña, «a la vista de la situación y del gravísimo riesgo para su vida». La demandante y su hijo siguen en Pakistán, pero la hermana fue detenida y deportada a la capital afgana, Kabul, donde se encuentra actualmente escondida.
Para adoptar su decisión, la Sala valora «la apariencia de riesgo de persecución» por alguna de las razones que justifican el asilo, según las «condiciones objetivas» del país de origen y también en función de las «circunstancias personales» de la demandante. Explica que la fiscal afgana argumentó ante la Audiencia Nacional la gravedad de los casos en los que había intervenido y la situación política de Afganistán, que le había obligado a huir ante el temor de ser represaliada como consecuencia de su trabajo.
La Sala recuerda asimismo que Acnur «sigue exhortando a los Estados a que faciliten y agilicen los procedimientos de reunificación familiar, en cuanto que reconoce que es el único modo de asegurar que se respete el derecho a la vida familiar y a la unidad familiar de las personas refugiadas».
Y sigue haciendo un «llamamiento a todos los países para permitir que la población civil que huye de Afganistán pueda ingresar en sus territorios, para garantizar el derecho a solicitar asilo y asegurar el respeto al principio de no devolución en todo momento». Por todo ello, entienden los magistrados que es «necesario adoptar la medida» de traslado a España solicitada.
El embajador de España en Pakistán, indicaba el escrito del fiscal Campoy, acusó recibo de la petición «pero no resolvió dentro del plazo ni tampoco hizo ningún acto más de trámite» y ante su «inactividad», la abogada de la demandante interpuso recurso y solicitó, como medida cautelar, el traslado de la fiscal a España.