Dignidad y Justicia defiende que el terrorismo investigado en Tsunami no entra en la amnistía
Según su criterio, los jueces no deberían aplicar la nueva ley a estos procedimientos
La asociación de víctimas Dignidad y Justicia ha defendido la «inaplicabilidad» de la ley de amnistía en este momento en el caso Tsunami, por el que se investiga al expresidente catalán Carles Puigdemont, y ha solicitado que la causa continúe adelante tanto en el Tribunal Supremo como en la Audiencia Nacional.
Dignidad y Justicia ha presentado sendos escritos en ambos órganos judiciales, en los que invoca el «compromiso» de España en perseguir los delitos de terrorismo y pide que se continúen tramitando los procedimientos contra Puigdemont, la dirigente de ERC Marta Rovira y otros implicados por los disturbios de 2019 en Barcelona atribuidos a la plataforma Tsunami Democràtic tras la sentencia del procés.
Según su criterio, los jueces no deberían aplicar la ley de amnistía a estos procedimientos, si bien, si estiman que la norma vulnera el derecho de la Unión Europea y contemplan plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), solicita que les den la oportunidad de alegar al respecto.
En sus escritos, la letrada de Dignidad y Justicia, Vanessa Santiago, defiende que hay indicios de que los disturbios investigados en el caso Tsunami «se llevaron a cabo para subvertir el orden constitucional», desestabilizar el funcionamiento de las instituciones o alterar gravemente la paz pública. Destaca la «extrema la violencia y gravedad de los hechos», el empleo de «armas e instrumentos peligrosos» y las lesiones «tan graves» sufridas, especialmente, por dos policías que «han sido jubilados» del Cuerpo.
Respecto a dichas lesiones, la asociación considera necesario un examen forense más minucioso» para comprobar si estas «serían compatibles con la pérdida, la inutilidad de un órgano o miembro o una grave deformidad» y pide no «minimizar» esta acción, «incompatible con el derecho a la vida e integridad física (…) del que podrían ser partícipes los investigados» y que se ubicaría fuera de la amnistía.
Y destaca que, según la norma, la exclusión del perdón «solo tendría lugar si el delito de terrorismo se hubiera cometido ‘de forma intencionada’ y esto «solo puede determinarse una vez celebrado el juicio» con todas las garantías, de modo que «no debería impedir la continuidad de la tramitación de la causa».