Piden llevar los ERE al Tribunal de la UE para paralizar la ‘amnistía’ de los condenados
Manos Limpias pide elevar una cuestión prejudicial ante el TJUE porque el TC no es «independiente ni imparcial»
La acusación popular ejercida por el sindicato Manos Limpias ha solicitado a la Audiencia Provincial de Sevilla que no aplique la sentencia del Tribunal Constitucional, la cual concede una amnistía encubierta a los condenados en el caso de los ERE de Andalucía. Según ha podido saber THE OBJECTIVE, el sindicato pide que se eleve una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En el escrito al que ha tenido acceso este periódico, el sindicato solicita al tribunal sentenciador del caso de los ERE, considerada la mayor trama de corrupción en la historia de España, que consulte a Europa sobre la aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional. Esta sentencia anula la condena de Magdalena Álvarez, exconsejera andaluza y ministra bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, quien fue condenada a nueve años de inhabilitación por prevaricación.
Tal y como adelantó este periódico, la Corte de Garantías estimó parcialmente el recurso de amparo de Álvarez, asumiendo las tesis de la defensa de los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y de otros 12 condenados por la trama de corrupción del PSOE de Andalucía. Anuló la sentencia por vulnerar el derecho fundamental a la legalidad penal, obligando a la Audiencia de Sevilla a dictar un nuevo fallo que debe ser más beneficioso para la exministra, aunque no necesariamente una absolución.
Vínculos con el PSOE
Sin embargo, antes de que se dicte una nueva sentencia, la acusación popular, liderada por Miguel Bernard, ha solicitado al tribunal que plantee una cuestión ante el TJUE. Entre sus argumentos, según ha podido saber THE OBJECTIVE, destacan que «las sentencias del TJUE exigen que los tribunales constitucionales de los Estados miembros sean independientes e imparciales, particularmente respecto a la designación de sus miembros por el Legislativo y el Ejecutivo».
Pero, añade, «El Tribunal Constitucional español que dictó la sentencia de Magdalena Álvarez estaba integrado por 11 magistrados, de los cuales nueve tenían vínculos con el Legislativo o el Ejecutivo. Además, cinco de estos magistrados presentaban vínculos directos con el PSOE, al que pertenecen muchos de los condenados, incluyendo a Álvarez». Por lo tanto, se argumenta que no se cumplían las garantías de independencia e imparcialidad exigidas por el Estado de derecho.
Recurso ante el TJUE
Manos Limpias sostiene que «las sentencias del TJUE exigen una tutela eficaz y disuasoria contra el fraude que pueda afectar a los intereses financieros de la Unión Europea, incluyendo la corrupción». Argumentan que «los tribunales constitucionales nacionales no pueden dictar resoluciones contrarias a la doctrina del TJUE, ya que esto lesiona el principio de primacía del derecho de la UE y su aplicación uniforme en todos los Estados miembros».
Las sentencias TJUE, explica Manos Limpias, «exigen a los Estados miembros (incluidos sus tribunales de justicia y constitucionales) una tutela eficaz y disuasoria contra el fraude que afecte o pueda afectar a los intereses financieros de la Unión, entendidos estos intereses en sentido amplio (cualquier acción omisión que pueda causar un perjuicio económico, actual o potencial, en el presupuesto de la Unión), debiendo luchar especialmente contra la corrupción, eliminando el riesgo sistémico de impunidad».
Por todo ello, la acusación popular concluye que el fallo del Tribunal Constitucional sobre la exministra de Zapatero proviene de «un órgano que no es independiente ni imparcial, lo que contraviene la protección efectiva y disuasoria de los intereses financieros de la Unión en la lucha contra la corrupción. Esto genera un riesgo de impunidad y proyecta una imagen de ausencia de persecución de la corrupción en España»
Ahora, la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Sevilla debe decidir si dicta un nuevo fallo o plantea una cuestión prejudicial ante el TJUE. De plantearse esta cuestión, se paralizaría la ‘amnistía’ encubierta de los socialistas condenados en el caso de los ERE. Fuentes consultadas por este periódico indican que esto podría sentar un precedente para los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
Griñán y Chaves
Hay que recordar que el Tribunal Constitucional ya decidió perdonar a Manuel Chaves su condena de nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación continuada relacionado con los ERE fraudulentos. También estimó parcialmente el recurso presentado por José Antonio Griñán, anulando su condena por malversación de caudales públicos y parcialmente la de prevaricación administrativa.
La mayoría del Pleno avaló el borrador de la ponencia de la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, que proponía anular su condena y ordenar a la Audiencia de Sevilla dictar una nueva sentencia, limitada a la posible prevaricación cometida entre 2000 y 2001. El fallo del TC reconoce la vulneración del derecho a la legalidad penal y a la presunción de inocencia, instando a la Audiencia Provincial de Sevilla a dictar un nuevo pronunciamiento respetuoso con los derechos fundamentales vulnerados.