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La Justicia confirma la condena de 15 años de prisión por violar a su pareja en Córdoba

El TSJA desestima el recurso del condenado por violencia de género y mantiene la sentencia inicial

La Justicia confirma la condena de 15 años de prisión por violar a su pareja en Córdoba

Fachada del TSJA. | Archivo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado una condena de 15 años y cinco meses de prisión para un hombre acusado de cometer múltiples delitos contra su pareja en Córdoba. La sentencia, emitida inicialmente por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, incluye delitos de agresión sexual, amenazas de género, maltrato de género y violencia familiar habitual. Esta resolución llega tras desestimar el recurso de apelación del procesado y se confirma «en todos sus extremos, sin pronunciamiento sobre las costas procesales de la segunda instancia». Se abre la puerta a un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

La relación entre el acusado y la víctima, que se extendió desde septiembre de 2015 hasta diciembre de 2018, se caracterizó por una dinámica «despótica y desconsiderada». El hombre y la mujer, que tuvieron una hija en octubre de 2016, vivieron en diversos domicilios en Córdoba y, en ciertos períodos de crisis, se trasladaron temporalmente a Alicante. Durante este tiempo, el acusado ejerció un control y dominación psicológica sobre la mujer, llegando a agredirla físicamente en múltiples ocasiones.

La víctima, afectada por la constante violencia, presentó una denuncia el 5 de febrero de 2019. En ella describió diversos incidentes de agresión, incluyendo uno en otoño de 2018, donde el acusado cometió una agresión sexual. En otro incidente, cuando ella quiso salir a pasear con una amiga, él la agredió físicamente y la amenazó. En diciembre de 2017, en un altercado en la vía pública, él la golpeó y empujó hacia su casa tras una discusión por la compra de un chupete para su hija.

En octubre o noviembre de 2018, otro episodio de violencia ocurrió en su domicilio en Córdoba, cuando el acusado golpeó a la mujer por alimentar a su hija con carne de cerdo, acto que presenció la menor. Estos continuos actos de violencia llevaron a la mujer a sufrir un trastorno adaptativo con ansiedad, necesitando tratamiento médico y psicológico. Esta situación refleja una violencia de género estructural, marcada por una relación asimétrica y desigual impuesta por el acusado.

Además de la pena de prisión, el tribunal ha impuesto al condenado órdenes de alejamiento por más de 17 años y siete años de libertad vigilada. También deberá pagar 12.000 euros como indemnización a la víctima por los daños físicos y psicológicos causados. Estas medidas buscan proteger a la víctima y asegurar que el acusado no pueda continuar con su comportamiento violento y dominante.

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