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Tribunales

Amnistían a 45 guardias civiles por cargas el 1-0 en Dosrius (Barcelona)

También aplican la amnistía a un exalcalde y un exconcejal encausados por facilitar el referéndum

Amnistían a 45 guardias civiles por cargas el 1-0 en Dosrius (Barcelona)

Imagen de archivo de agentes de la Guardia Civil. | Guardia Civil (Europa Press)

El juzgado de Instrucción número 4 de Mataró (Barcelona) ha amnistiado a 45 guardias civiles investigados por las cargas del 1-O en dos centros de Dosrius (Barcelona), así como al exalcalde Marc Bosch y el exconcejal Eduard García, encausados por facilitar el referéndum.

La titular del juzgado de Instrucción número 4 de Mataró ha acordado en un auto aplicar la amnistía a esos agentes de la Guardia Civil y dos cargos del Ayuntamiento de Dosrius por los hechos ocurridos en la escuela Castell de Dosrius y en el casal Les Cotxeres durante el referéndum del 1-O de 2017 suspendido por el Tribunal Constitucional.

En concreto, la magistrada investigaba 27 denuncias presentadas por votantes del 1-O contra 45 guardias civiles por las lesiones causadas en las cargas para impedir el referéndum, así como otra del instituto armado contra los dos cargos del consistorio de Dosrius por desobediencia y atentado a la autoridad.

En el auto, avanzado por El Món y al que ha tenido acceso Efe, la magistrada aduce que todos los hechos investigados, tanto las lesiones como la desobediencia y atentado a la autoridad, están incluidos en la ley del olvido penal.

En concreto, en el caso de los agentes de la Guardia Civil, la titular del juzgado de Instrucción número 4 de Mataró esgrime que, de acuerdo con los partes médicos presentados por los ciudadanos denunciantes, todas las lesiones fueron leves, excepto tres de ellas, consideradas menos graves, y que la actuación policial se hizo en el marco de dificultar o impedir la celebración del 1-O, por lo que estos supuestos delitos investigados tiene encaje en el artículo 1 de la ley de amnistía.

Aunque estos 27 ciudadanos denunciaron, además de lesiones, delitos contra la integridad moral y torturas, que podrían quedar fuera de la amnistía, el auto considera que los hechos investigados «no tienen encaje» en estos delitos, de acuerdo con las grabaciones aportadas por los denunciantes como las de la Guardia Civil.

Respecto al delito de desobediencia por el cual estaban siendo investigados el alcalde y el regidor de Dosrius por la apertura de centros públicos dependientes del ayuntamiento para facilitar las votaciones pese a que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña lo prohibía, el auto recuerda que este delito de desobediencia «cualquiera que sea su naturaleza» tendente a permitir la celebración del 1-O está recogido en los supuestos amnistiables de la ley.

En cuanto al supuesto delito de atentado a agente de la autoridad atribuido a estos dos cargos públicos, la magistrada alega que tiene cabida en la ley del olvido penal, que recoge actos de desobediencia o resistencia para «mostrar apoyo a los objetivos» de facilitar el 1-O.

Además de dictar el sobreseimiento libre del caso, la jueza señala que los agentes de la guardia civil deben percibir las prestaciones dejadas de cobrar en el supuesto de que hubieran sido separados del servicio durante esta investigación e insta a que se elimine las «notas desfavorables en las hojas de servicio» de los policías durante su actuación en el 1-O.

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