El Supremo rechaza la petición de García Ortiz de posponer su declaración
El magistrado Ángel Hurtado también descarta realizar las diligencias que había solicitado el fiscal general

El fiscal general, Álvaro García Ortiz. | Eduardo Parra (Europa Press)
El fiscal general tendrá que declarar el miércoles en sede judicial. El magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado ha desestimado este lunes la petición de Álvaro García Ortiz de posponer su declaración como investigado por revelación de secretos. El juez instructor también rechaza practicar las diligencias que el investigado proponía realizar antes de su comparecencia. Además, desestima la petición de la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, para que se pospusiera su declaración, fijada para este jueves.
En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, Hurtado rechaza citar a declarar al querellante en la causa, Alberto González Amador, y a varios periodistas. El magistrado tampoco considera necesario intervenir el dispositivo de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de Gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid. La única diligencia que acepta es la incorporación a la causa de varios documentos, como pedían las defensas, consistentes en varias instrucciones y guías de actuaciones del Ministerio Fiscal, así como dos noticias publicadas en el diario El País este mes.
En relación a la toma de declaración de González Amador que solicitó García Ortiz, el juez señala que «no deja de sorprender que sea interesada por la defensa, cuando la práctica de todos los días nos viene enseñando que lo habitual es que el testimonio de quien comparece en el proceso como acusación más que favorecer venga a resultar perjudicial para el acusado».
La petición de García Ortiz
Hurtado añade que «para formar una idea de la posición del querellante nos la ofrece su propia querella y la actividad de su representación a lo largo de lo actuado, ante lo cual, una diligencia como su toma de declaración previa, que suponga una dilación para la declaración de los investigados, la considero innecesaria». González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, denunció la filtración de sus datos privados a través de una nota de la Fiscalía.
El comunicado buscaba contrarrestar una información que había aparecido en prensa y que aseguraba que había sido el Ministerio Público el que había ofrecido un acuerdo a González Amador. En un correo electrónico anterior, el empresario se declaró autor de dos delitos fiscales y pedía un pacto de conformidad para evitar llegar a juicio. Hurtado descarta en su auto que el novio de Ayuso sea un «defraudador confeso» y lamenta «el daño reputacional» que le hacen los medios con esa calificación.
El juez tampoco requerirá la intervención del dispositivo de Miguel Ángel Rodríguez. La defensa de García Ortiz la fundamentaba en «las múltiples evidencias testificales que contradicen las constantes afirmaciones del sr. Rodríguez Bajón respecto a que él no facilitó a los periodistas el correo de 12 de marzo hasta las 22.21 horas del día 13 de marzo, una vez ya estaba publicada la noticia de El Mundo a las 21,29», y en que «varios testigos han afirmado que el sr. Rodríguez, mucho antes, ya estaba trasladando esta información a los medios de comunicación, pues disponía de ella, al menos, desde las 9.09 horas del día 12 de marzo».
El instructor expone que el jefe de Gabinete de Ayuso manifestó que no conocía el correo litigioso que data del 2 de febrero del año pasado, cuando el abogado de González Amador envió al fiscal Julián Salto un email en que «comunica que es voluntad firme de esta parte alcanzar una conformidad penal, reconociendo íntegramente los hechos (ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública), así como proceder a resarcir el daño causado pagando íntegramente la cuota e intereses de demora a la Agencia Tributaria», hasta después de hacerse público por la cadena SER.
El correo de González Amador
Hurtado insiste en que es de donde se debe partir, porque la razón por la que se pretenden las diligencias que se solicitan es por la difusión que pudo haber tenido otro correo, de 12 de marzo, que envió Salto al abogado de González Amador a las 8:50 horas. En ese correo responde que «aunque se ha denunciado también a otras personas, no será obstáculo para poder llegar a un acuerdo si usted y su cliente lo estiman posible», y es de este correo (que reconoció haber recibido a las 9.00 horas del 12 marzo) del que mantuvo que no hizo uso de él hasta 38 horas después, distribuyéndolo por varios medios a las 22:21 horas del día 13, una vez publicado, a las 21:29 horas, por El Mundo el ofrecimiento del pacto por parte de la Fiscalía.
El auto indica que sobre esa hora de difusión ha habido controversia, porque algún testimonio, como el prestado por el periodista José Manuel Precedo o la fiscal Almudena Lastra, apuntan a que pudieron tener noticia de él con anterioridad a la publicación de la noticia.
«Pero, aun así (añade el juez) las diligencias solicitadas no las considero necesarias, por cuanto que no se alcanza a entender la incidencia que pueda tener ese correo de 12 de marzo, que se difunde a partir de la autorización de la persona a quien concierne el secreto, si es para minimizar la trascendencia del de 2 de febrero, cuando este circula a partir de la actuación de un tercero ajeno a la confidencia, quien, más que divulgarlo, lo filtra subrepticiamente a la prensa, sin autorización alguna del titular del secreto cuando la relevancia delictiva se encuentra en la quiebra de esa confidencialidad de su contenido, por parte del filtrador, con que se define el delito del artículo 417 Código Penal.
E insiste Hurtado: «Parece razonable deducir que ha sido tras la filtración de ese correo de 2 de febrero, con el reconocimiento expreso que en él se hace de que se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública, cuando aparece en determinados medios y ámbitos que a Alberto González Amador se le considera un defraudador confeso, sin serlo, con el daño reputacional que ello conlleva».