La Justicia no amnistiará a los afines a Pablo Hasél que asaltaron una comisaría en 2021
La Audiencia de Barcelona considera que la protesta en Vic no tiene una «profunda conexión» con el ‘procés’

Incendian un furgón de la Guardia Urbana durante la manifestación en defensa de la libertad de Pablo Hasél y los derechos sociales tras 12 días de protestas, en Barcelona (España), a 27 de febrero de 2021. | Europa Press
La Audiencia de Barcelona ha confirmado que los cinco investigados por el intento de asalto en la comisaría de Vic (Barcelona) en una manifestación en 2021 contra el encarcelamiento del rapero Pablo Hasél no pueden ser amnistiados, ya que su protesta no tiene una «profunda conexión» con el procés.
Así lo ha acordado la sección 21 de la Audiencia de Barcelona en un auto, al que ha tenido acceso EFE, en el que desestima el recurso que interpusieron los cinco investigados en contra de la resolución de octubre del pasado año en la que la titular del juzgado de instrucción número 1 de Vic les denegó la amnistía al concluir que los hechos no tenían relación con el proceso independentista.
Los cinco investigados, en una causa abierta por los delitos de desórdenes públicos y atentado a la autoridad, pidieron la amnistía al sostener que su caso estaba vinculado al procés porque en la protesta a favor de Hasél también se hicieron proclamas independentistas.
El Sindicato de Policías de Cataluña (SPC), que ejerce la acusación en nombre de varios agentes heridos a través del abogado Javier Aranda, solicitó a la Audiencia que denegara la amnistía a los cinco investigados, para quienes pide penas de hasta cinco años de cárcel.
La Audiencia ha concluido ahora que la actuación de los investigados “no puede considerarse encuadrada” en la amnistía ya que la concentración del 16 de febrero de 2021 en Vic tenía por objeto “principal” protestar el encarcelamiento de Hasél para cumplir una condena “que no tiene relación alguna con el proceso independentista”. Para la sala, el hecho de que una protesta sea convocada o avalada por entidades independentistas “no convierte sin más cualquier acto llevado a cabo en el curso de las mismas como amnistiable”.
“La existencia de entidades con ideología independentista, así como las manifestaciones con esteladas y proclamas a favor de la libertad y en contra de la monarquía se remontan a muchos años antes de 2011 y se mantienen después del 2023”, remarca, la Audiencia, en referencia al periodo temporal que abarca la ley del olvido penal.
El tribunal sostiene que la amnistía «no está pensada para dar cabida a todas las manifestaciones o actos apoyados por el independentismo, sino únicamente a aquellos que tienen profunda conexión con el proceso independentista que culminó en las consultas”.
Por este motivo, considera que las movilizaciones a favor de la libertad de expresión y en contra del encarcelamiento de Hasél, aunque en ellas “se exhibieran emblemas independentistas y se gritaran consignas en pro de la libertad de los pueblos y en contra del poder opresivo del Estado”, no forman parte de los actos amnistiables, por no ser parte del procés.
Y como ejemplo, detalla que recientemente, al cumplirse los cuatro años del encarcelamiento de Hasél, se han llevado a cabo manifestaciones con proclamas de la misma índole “y ajenas al proceso independentista”.
Los hechos ocurrieron la madrugada del 16 de febrero de 2021, en las protestas por el encarcelamiento de Hasél, cuando unos 400 manifestantes, tras causar daños en el juzgado, atacaron con piedras y objetos de grandes dimensiones la comisaría de los Mossos en Vic, a cuyo interior lograron acceder. Los agentes que custodiaban la comisaría activaron el código 33, para situaciones de “extrema gravedad”, ante lo que tuvieron que intervenir los antidisturbios para repeler a los asaltantes.