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El Supremo confía en que la Audiencia de Sevilla recurra a la UE para sortear a Pumpido

El Constitucional tiene previsto deliberar si el tribunal que juzgó el ‘caso de los ERE’ debe recurrir a Europa

El Supremo confía en que la Audiencia de Sevilla recurra a la UE para sortear a Pumpido

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido. | Nacho Frade (Europa Press)

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, intenta evitar que los jueces de la Audiencia Provincial de Sevilla acudan al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para plantear una cuestión prejudicial que aclare si la Corte de Garantías ha «extralimitado sus funciones» al revocar la sentencia del caso de los ERE, que había condenado a los expresidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Fuentes del Tribunal Supremo consultadas por THE OBJECTIVE aseguran que, independientemente de lo que decida el Constitucional, el tribunal sentenciador debería plantear la cuestión al TJUE, ya que no estaría contraviniendo ninguna orden al hacerlo.

El artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), modificado en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy para evitar que Cataluña eludiera las resoluciones tras el desafío soberanista, establece que el Tribunal Constitucional debe «velar por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones» y podrá declarar la nulidad de cualquier resolución que contravenga las suyas, previo informe del Ministerio Fiscal y del órgano que dictó la resolución.

Este precepto «se aplica principalmente en casos parlamentarios, como ocurrió con la declaración ilegal de independencia del 1 de octubre de 2017, y no en resoluciones judiciales», explican fuentes judiciales a este periódico. En este sentido, las mismas fuentes señalan que el Tribunal Constitucional no forma parte del Poder Judicial, lo que refuerza la idea de que los tribunales de justicia deben actuar conforme a su jurisdicción sin verse limitados por decisiones constitucionales en asuntos de interpretación legal.

Impedir recurrir a Europa

El próximo martes 8 de abril, el Pleno del Tribunal Constitucional se reunirá para deliberar si el tribunal que juzgó el caso de los ERE debe recurrir a Europa. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha solicitado a las partes involucradas en el proceso que expresen su opinión sobre la decisión del Constitucional, que exoneró de malversación a Griñán y de parte de prevaricación a Chaves en relación con el desvío de fondos destinados a los parados andaluces. En este contexto, los jueces de la Audiencia han señalado que las valoraciones del Constitucional en su sentencia sugieren que los magistrados de la Audiencia Provincial y del Tribunal Supremo habrían vulnerado el derecho a la legalidad penal de los recurrentes en amparo. Por lo tanto, el tribunal que sentenció el caso de los ERE duda si la resolución del Constitucional, que contó con siete votos a favor y cuatro en contra, vulnera el Derecho de la Unión Europea.

La Audiencia también ha planteado preguntas a las partes, entre ellas si el Tribunal Constitucional ha sobrepasado su función de control al interferir en los ámbitos reservados a los tribunales ordinarios, especialmente en cuanto a la interpretación de los tipos penales de prevaricación y malversación de fondos públicos. El tribunal considera que el Constitucional, al revisar y reinterpretar estos elementos normativos, ha cuestionado la valoración probatoria y el juicio realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo.

Otro punto clave planteado por la Audiencia se refiere a la interpretación del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andalucía de los años 2002 a 2009. El tribunal sentenciador se pregunta si esta interpretación se ajusta a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al excluir de cualquier control los aspectos relacionados con la actividad presupuestaria, desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos hasta su ejecución final. Este enfoque podría generar una situación de desprotección del patrimonio público, afectando el correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado y debilitando la confianza de la sociedad en la gestión honesta de los fondos públicos. Además, se cuestiona si este enfoque debilita los deberes de fidelidad y transparencia que deben cumplir los funcionarios encargados de gestionar los bienes de la Administración pública.

Querella contra Pumpido

Otras de las opciones que se barajan, si la Audiencia Provincial no acude al TJUE por una resolución del Constitucional que se lo impida, es que la Fiscalía del Tribunal Supremo pueda querellarse contra el presidente de la Corte de Garantías por un presunto delito de prevaricación, lo que provocará un enfrentamiento sin precedentes entre el Supremo y el Constitucional. De hecho, hace unas semanas, la Sala de lo Penal del Supremo emitió dos autos en relación con las querellas de HazteOír contra los siete magistrados progresistas del TC por la corrección de la sentencia de los ERE de Andalucía, presentadas por los ponentes Andrés Palomo y Vicente Magro.

Las dos querellas fueron rechazadas, pero la Sala de lo Penal del Supremo dejó claro que «los magistrados del Tribunal Constitucional no son inviolables y, si dictan una resolución injusta a sabiendas, pueden ser juzgados por prevaricación». Un auto que supuso «un shock», según fuentes del Constitucional consultadas por THE OBJECTIVE. Hasta el punto de que el magistrado Ramón Sáenz, afín a Podemos, envió un correo interno a todo el Tribunal sorprendido ante esos autos, instando a reaccionar de alguna manera porque se interpretó como una especie de «vigilancia del Supremo».

Después de esto, «se han presentado varias querellas por prevaricación», según las mismas fuentes, que se interpretan a modo de «aviso de lo que está por venir». Una de ellas, la de HazteOír contra Cándido Conde-Pumpido por no haberse abstenido en el recurso de amparo del nombramiento de Dolores Delgado, ha motivado la petición de archivo de la Fiscalía General del Estado. Otra, la del PP contra la presidenta del Congreso, Francina Armengol, por vetar enmiendas del Senado de forma unilateral, es la que «parece más clara porque no hay dudas de la competencia y de que la presidencia no puede alterar el contenido de una Ley. Es de libro», sentencian. Sin embargo, es Cándido Conde-Pumpido el que está siendo monitorizado con lupa y quien está en la diana del Supremo por motivos jurídicos razonables, ante la previsión de que intente bloquear la presentación de la duda jurídica ante el tribunal europeo.

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