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Tribunales

Varapalo para Pumpido: impedir que los jueces acudan a Europa supone «un grave atentado»

Un segundo informe avisa de que incurriría en una infracción «grave» si impide elevar cuestiones prejudiciales

Varapalo para Pumpido: impedir que los jueces acudan a Europa supone «un grave atentado»

Conde-Pumpido tras una reunión de las Jurisdicciones Constitucionales de España, Francia, Italia y Portugal | Alberto Ortega (Europa Press)

El Tribunal Constitucional no puede impedir que los tribunales españoles acudan a Europa. Un nuevo informe de los letrados insiste en que hacerlo «constituiría un grave atentado a la independencia judicial» y podría suponer una infracción de España. El presidente de la corte de garantías, Cándido Conde-Pumpido, planteó en el Pleno de la semana pasada la posibilidad de impedir que la Audiencia de Sevilla plantee una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por las sentencias del caso de los ERE de Andalucía.

«La interferencia, injerencia condicionamiento, impedimento u obstaculización por el Constitucional del planteamiento de cuestiones prejudiciales por los tribunales ordinarios nacionales constituiría un grave atentado a la independencia judicial de esos tribunales ordinarios que podría motivar la responsabilidad del Reino de España», señala el informe que firma el letrado Ignacio Ulloa a petición del magistrado del sector conservador José María Macías.

En opinión del letrado, el propósito de Conde-Pumpido podría acarrear una infracción de los artículos 258 y 259 del Tratado de Funcionamiento de la UE. La normativa europea ofrece a los tribunales de los Estados miembros plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE para dirimir una controversia entre la normativa nacional y la comunitaria. Ulloa sostiene que elevar la cuestión supondría paralizar la ejecución de las resoluciones del Constitucional, que obligan a la Audiencia de Sevilla a dictar un nuevo fallo. El órgano provincial sostiene que la corte de garantías se ha «extralimitado» con sus resoluciones en el caso de los ERE.

La vía de Conde-Pumpido

Ulloa defiende que las condenas impuestas por el caso de los ERE «corresponden de manera exclusiva y libérrima, en el momento inicial, al juez o tribunal que decide plantearla y, de manera definitiva, al TJUE». Un escenario que no permite «interferencia de ningún otro tribunal nacional, incluido el Constitucional». Desde su punto de vista, el mero hecho de que Conde-Pumpido plantee pedir explicaciones supone «una usurpación o suplantación» del máximo órgano judicial de la UE.

«Si cada tribunal superior nacional decidiese sobre cuándo y cómo un juez nacional debe plantear una cuestión prejudicial (aún sobre materias previamente juzgadas por la jurisdicción constitucional nacional) se produciría una intolerable asimetría en la interpretación y aplicación uniforme del derecho de la Unión Europea», insiste el informe del Constitucional elaborado a instancias de Macías.

El informe insiste en que las cuestiones prejudiciales son «una garantía inherente a la independencia judicial que, a su vez, es condición inescindible del Estado de Derecho». El letrado considera que, con arreglo a la jurisprudencia del TJUE, «no solo impedir, sino incluso disuadir o pretender hacerlo, supone una afectación no tolerable de la independencia judicial».

Se trata del segundo informe que contradice a Conde-Pumpido. Hace unos días, la letrada María José García-Valdecasas, adscrita al magistrado conservador César Tolosa, determinó que «una decisión adoptada por el Constitucional que pueda prohibir, limitar, o disuadir de cualquier manera a un órgano jurisdiccional inferior de plantear una cuestión prejudicial, no solo infringiría el sistema de las cuestiones prejudiciales regulado en el artículo 267 TFUE, sino que también produciría una injerencia en la independencia judicial de dicho órgano jurisdiccional».

La reforma de Rajoy

El órgano que preside Conde-Pumpido ha fijado un Pleno el 8 de abril para debatir si la Audiencia de Sevilla puede elevar una cuestión prejudicial al TJUE por el caso de los ERE. El orden del día incluye dos puntos. El primero, sobre el «planteamiento de cuestiones prejudiciales en la ejecución de sentencias definitivas dictadas por el Constitucional u otros tribunales superiores nacionales, con suspensión de la ejecución». El segundo tiene que ver con el deber de hacer cumplir sus resoluciones, tal y como establece el artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC)».

Para evitar que se planteen cuestiones prejudiciales a Europa sobre sentencias del Constitucional, Conde-Pumpido se encomienda a la reforma de la LOTC que realizó Mariano Rajoy en 2015. El cambio legal tenía como objetivo impedir que Cataluña eludiera las resoluciones tras el desafío soberanista del 9 de noviembre del año anterior. El letrado Ignacio Ulloa rebate la argumentación del presidente de la corte de garantías y considera que estamos ante un debate «ficticio por irreal».

«El Tribunal Constitucional no puede sugerir que concurre un conflicto con la jurisdicción constitucional, porque la supremacía constitucional (basada en el principio de jerarquía) y la primacía del Derecho de la UE (basada en el principio de competencia) operan en distintos ámbitos y materias», insiste el informe elaborado por Ulloa. El letrado insiste en que «no cabe plantear un conflicto entre la jurisdicción constitucional y la jurisdicción europea», un escenario que ya avanzaron en este diario varios juristas.

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