El Supremo avala la investigación patrimonial a Ábalos y niega que sea «prospectiva»
La Sala de Apelación desestima el recurso del exministro y le reprocha sus «exabruptos» contra la Guardia Civil

Ábalos tras comparecer el 19 de diciembre en el Congreso por una denuncia contra la Guardia Civil. | Fernando Sánchez (Europa Press)
El Tribunal Supremo rechaza que José Luis Ábalos sea víctima de una «investigación prospectiva». La Sala de lo Penal ha desestimado este lunes el recurso de apelación presentado por el exministro, al que se adhirió su asesor ministerial Koldo García. Con esa decisión, avala las diligencias sobre su patrimonio acordadas por el juez Leopoldo Puente, que investiga al actual diputado del Grupo Mixto por la compra de mascarillas durante la pandemia tras recibir a finales de enero el suplicatorio del Congreso que levantó su inmunidad. Los magistrados también le reprochan sus «exabruptos» contra la Guardia Civil.
La Sala de apelación niega que Ábalos esté siendo sometido a una investigación prospectiva o inquisito generalis, prohibida por el ordenamiento jurídico. El exministro reclamó el pasado 26 de marzo al juez que limitara el periodo de las pesquisas al trascender datos que se remontan a épocas anteriores a su entrada en el Gobierno. También se quejó de los errores de la Guardia Civil, a la que culpó de incluir en sus informes cuestiones que «nada pueden aportar» y que hacen daño a su entorno personal y familiares.
En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el tribunal contesta a Ábalos que los hechos que se le atribuyen consisten en haber percibido de forma ilícita determinados beneficios económicos a cambio de favorecer, prevaliéndose de su condición de ministro, la concertación de determinados contratos con la Administración pública o institucional.
Las quejas de Ábalos
«La investigación, en este momento y por lo ya explicado muy preliminar, acerca de su situación patrimonial aparece obviamente orientada a la comprobación futura de posibles ingresos indebidos o beneficios económicos vinculados a dichas posibles conductas. Nada de lo que aquí se investiga concierne, evidentemente, a hechos ajenos a la referida imputación, desvinculados de la misma, ni constituye una suerte de prospección o inquisición general acerca de su conducta pasada con relación a cualesquiera eventuales comportamientos diversos que pudiese haber protagonizado», insisten los magistrados.
La resolución recuerda que Ábalos señaló en su declaración ante el juez del pasado 20 de febrero, cuando fue interrogado por un inmueble situado en Perú, que poco o nada tiene que ver con las presentes actuaciones, no solo por su marco temporal, al remontarse al año 1988, sino porque ni siquiera ostentaba el cargo de ministro.
La Sala considera la queja «inasumible», dado que, en la transcripción de la declaración, se constata que el magistrado preguntó al exministro sobre si tenía algún depósito bancario o algún bien inmueble fuera de España y fue él mismo quien hizo referencia a esa noticia de prensa que le relacionaba con ese inmueble en el país sudamericano.
El informe patrimonial elaborado por la Guardia Civil le atribuye propiedades en Colombia, Perú, Valencia y Madrid, además de varios vehículos y 265 cuentas bancarias, la mayoría vinculadas al PSOE, donde fue secretario de Organización entre junio de 2017 y julio de 2021, cuando fue cesado al frente del Ministerio de Transportes.
Mensajes con Aldama
Respecto a las testificales acordadas en el auto impugnado, el tribunal descarta que se haya producido ninguna indefensión de Ábalos, ya se practicaron con la presencia de la parte recurrente, que pudo participar en los interrogatorios en la forma prevista legalmente. Sobre la citación como testigo de su hijo Víctor Ábalos, los magistrados defienden que nada era más razonable que hacerlo tras la declaración de Víctor de Aldama, que aseguró haber cruzado mensajes con él sobre el piso alquilado al exministro con opción de compra.
Respecto a las diligencias ordenadas a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre mensajes que pudo intercambiar Aldama con Ábalos, su hijo, el ministro Ángel Víctor Torres y el secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, la Sala recuerda que el instructor razonó su necesidad por las declaraciones efectuadas por Aldama, que aseguró haber mantenido determinados contactos con todos ello, «por lo que resultaba obligado comprobar la eventual existencia de dichos mensajes, si efectivamente los hubiera».
También rechaza, por considerar que no tienen la más mínima base indiciaria, las descalificaciones de Ábalos contra la UCO como unidad investigadora en la causa. Coincide con la Fiscalía en que los «exabruptos» del exministro al respecto deben tolerarse al amparo del derecho de defensa. Frente a las insinuaciones del recurrente, la Sala destaca que no aprecia pérdida alguna de objetividad o de imparcialidad del magistrado, ni animosidad del mismo respecto al exministro.
Ábalos ya denunció a la UCO ante la Fiscalía en diciembre por «interceptar correspondencia privada» y vulnerar sus derechos al interceptar una llamada telefónica con su asesor sin que estuviese investigado (era necesario un suplicatorio del Congreso). La realidad es que los agentes tenían pinchado el teléfono de su asesor, lo que les permitió captar una conversación clave. La charla reveló que Koldo García se comprometió a enviarle a Valencia una documentación a través de su hermano Joseba García.