El borrador de sentencia del TC modificará partes de la 'ley trans' de Irene Montero
El Constitucional estudiará esta semana el recurso del PP contra la norma impulsada por la anterior ministra de Igualdad

La eurodiputada de Podemos Irene Montero durante un acto de su formación. | Archivo
El Tribunal Constitucional (TC) estudiará en su Pleno de la próxima semana el recurso del PP contra la llamada Ley Trans impulsada por la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero, en base a una ponencia que aboga por avalar la parte sustancial aunque realizando modificaciones, según fuentes jurídicas consultadas por la agencia de noticias Europa Press.
Los magistrados analizarán el recurso presentado por el PP contra varios artículos de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
La ponencia, redactada por el magistrado progresista Juan Carlos Campo, propone estimar parcialmente la impugnación de los populares, pero las fuentes consultadas subrayan que se trata de “algún cuestionamiento” menor, por lo que aboga por avalar lo fundamental de la ley. En concreto, el PP ha recurrido el artículo 19.2, que permite la modificación genital en menores de entre 12 y 16 años cuando lo pida el propio menor y “siempre que, por su edad y madurez, pueda consentir de manera informada”.
Cambio de sexo de menores
Los de Alberto Núñez Feijóo han impugnado también los dos primeros apartados del artículo 43, que permite que los menores de 15 y 16 años puedan pedir el cambio de sexo en el Registro Civil asistidos de sus representantes legales y que las personas mayores de 16 años puedan pedirlo por sí mismas.
De la misma forma, han atacado los apartados 3 y 9 del artículo 44, que para realizar dicho trámite exime de presentar informe médico o psicológico y de “la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole”.
Han recurrido también el artículo 47, según el cual “transcurridos seis meses desde la inscripción en el Registro Civil de la rectificación de la mención registral relativa al sexo, las personas que hubieran promovido dicha rectificación podrán recuperar la mención registral del sexo que figuraba previamente” siguiendo el mismo procedimiento.
Difusión en centros educativos o libros de texto
Las tachas del PP se han dirigido asimismo contra el apartado 3.b) del artículo 79, que señala como infracción administrativa “la realización de actos o la imposición de disposiciones o cláusulas en los negocios jurídicos que supongan, directa o indirectamente, un trato menos favorable” para las personas trans “en relación con otra persona que se encuentre en situación análoga”.
Y contra los apartados 4 e) y f) del mismo precepto, que definen como infracciones administrativas graves “la elaboración, utilización o difusión en centros educativos de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales”; y “la convocatoria de espectáculos públicos o actividades recreativas que tengan como objeto la incitación a realizar conductas tipificadas como graves o muy graves”.
Las fuentes preguntadas indican que se espera debate sobre este recurso porque incluso desde la mayoría progresista del TC ven con suspicacia la facilidad de los cambios registrales al considerar que puede generar inseguridad jurídica.