El TC da la razón al Senado en el intento del PP de derogar el impuesto de Sucesiones
La corte de garantías ha dictado una sentencia por unanimidad que concluye que la Cámara “actuó dentro de sus competencias”

El presidente del Senado, Pedro Rollán.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha dado la razón al Senado en el conflicto planteado por el Gobierno contra un acuerdo de la Mesa de la Cámara Alta para tramitar una norma para derogar la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
La corte de garantías ha dictado una sentencia por unanimidad que concluye que la Cámara Alta “actuó dentro de sus competencias” cuando tomó en consideración una proposición de ley, presentada por el PP, para derogar la Ley del impuesto sobre sucesiones de 1987.
El Gobierno opuso el veto presupuestario alegando que la iniciativa afectaba al presupuesto, pero la Mesa del Senado rechazó el veto, argumentando que no se ajustaba a la doctrina constitucional porque dada su fecha de entrada en vigor (1 de enero de 2024) la medida no afectaba al presupuesto en curso, por lo que el Ejecutivo planteó un conflicto entre órganos constitucionales.
Sin embargo, el tribunal recuerda que cuando la doctrina constitucional ciñe la prerrogativa de veto a los presupuestos en curso, se refiere a los que “estaban rigiendo al tiempo de presentación de la iniciativa legislativa”.
Y en el momento de presentarse la iniciativa los únicos presupuestos en curso eran los de 2023, a los que no afectaba la medida, ya que esta entraba en vigor el 1 de enero de 2024.
Por tanto, la entrada en vigor estaba prevista para otro ejercicio presupuestario distinto, con independencia de que los presupuestos de 2023 se prorrogasen o no.
Además, deja claro que el veto no puede ejercerse en relación con presupuestos futuros, que aún no han sido elaborados por el Gobierno, y descarta que se pueda interpretar el veto en clave plurianual porque “supondría un ensanchamiento de la potestad de veto incompatible con el protagonismo que en materia legislativa otorga a las Cámaras la propia Constitución”.