Conde-Pumpido ve próxima su salida del Constitucional: «Misión cumplida»
El mandato del presidente del TC concluye el 17 de diciembre e Inmaculada Montalbán se perfila como su sucesora

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido,durante el acto solemne de homenaje a la bandera nacional y desfile militar por el 12 de octubre. | Europa Press
Cándido Conde-Pumpido ve cercana su salida al frente del Tribunal Constitucional. Así lo ha trasladado este domingo ante los medios de comunicación durante los actos celebrados en Madrid con motivo del Día de la Hispanidad: «He cumplido todos los objetivos que me marqué. De momento no tengo intención de prolongar el mandato». El actual presidente del Alto tribunal ya comunicó al Senado, mediante una carta enviada el pasado mes de agosto, que en diciembre finalizarán su mandato y el de otros tres magistrados, instando a la Cámara Alta a iniciar el proceso para designar a sus sustitutos.
Tras nueve años en la institución y tres de ellos como presidente, Conde-Pumpido accedió al Tribunal con el respaldo del actual Gobierno socialista, con el objetivo, entre otros, de garantizar el aval a la ley de amnistía. Su mandato concluye el próximo 17 de diciembre, y en este contexto ha comenzado a perfilar su estrategia para situar a la actual vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, como posible sucesora, otorgándole un papel cada vez más visible en diversos actos institucionales.
Montalbán fue la ponente de la controvertida sentencia sobre la ley de amnistía dictada en el mes de junio. El Pleno, con seis votos favorables del bloque progresista frente a cinco del sector conservador, declaró constitucional la norma con la que Pedro Sánchez obtuvo el apoyo del independentismo para ser investido presidente del Gobierno. Esta asignación generó una notable polémica, ya que varios magistrados criticaron en sus votos particulares que la ponencia se le hubiese atribuido ‘a dedo’, sin que se aplicara la norma de reparto ordinaria.
La ponencia se centró en rebatir el recurso presentado por el PP bajo el argumento de que la Constitución no prohíbe expresamente las amnistías, y estableció una distinción entre los indultos colectivos y la amnistía como figura jurídica. La sentencia concluyó que la ley impugnada respondía a un fin legítimo, explícito y razonable, descartando la existencia de una autoamnistía.
Conviene recordar que, en un primer momento, el ponente designado iba a ser el magistrado José María Macías, pero fue recusado a petición de la Fiscalía al considerar que, durante su etapa como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se había pronunciado en dos ocasiones en textos con «valor institucional» sobre la norma, lo que, según el Ministerio Público, comprometía su imparcialidad en las deliberaciones. Esta recusación fue duramente cuestionada por tres magistrados del bloque conservador, quienes, en sus votos particulares, advirtieron que no existía cobertura legal ni precedentes que justificasen su exclusión de forma automática.