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Tribunales

El abogado general de la UE avala el grueso de la amnistía pero plantea dudas legales

El letrado ha estimado que la norma no afecta a los intereses financieros de la UE y que no constituye una autoamnistía

El abogado general de la UE avala el grueso de la amnistía pero plantea dudas legales

Leila Medina, abogada general del TJUE. | TJUE

El abogado general de Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Dean Spielmann, ha avalado el grueso de la ley de amnistía, aprobada en mayo de 2024 por el Gobierno de Pedro Sánchez, al estimar que no afecta a los derechos financieros de la UE, que no constituye una «autoamnistía» y que los 12 encausados por terrorismo pueden también beneficiarse de ella por no vulnerar gravemente los derechos humanos. No obstante, ha planteado algunas dudas procesales respecto a que se imponga antes la exoneración de responsabilidades, excluyendo a las partes interesadas, ya que puede vulnerar su derecho de tutela judicial efectiva. O que la decisión de amnistiar se deba tomar en un plazo de dos meses.

Su compañera, la abogada general Leila Medina, de origen letón, ha hecho este jueves públicas sus conclusiones sobre las preguntas prejudiciales que, tanto el Tribunal de Cuentas como la Audiencia Nacional, enviaron al tribunal comunitario. Las conclusiones solo se han leído en francés, y no en español, algo poco habitual teniendo en cuenta la trascendencia del caso.

Respecto al caso C-523/24, del Tribunal de Cuentas, parte demandante Societat Civil Catalana, ha considerado que el artículo 325 debe interpretar que no se opone a la extinción de las responsabilidades de la ley de amnistía en sí. No obstante, sí se opone a que antes de exonerar se excluya a las partes interesadas, ya que puede vulnerar su derecho de tutela judicial efectiva. El abogado, con todo, considera que el grueso de la ley no choca con la normativa europea y tampoco es una «autoamnistía», como consideró la Comisión Europea.

El artículo 19.1 debe interpretarse que sí se opone a un apartado de la ley, según la cual toda decisión de la amnistía deba tomarse en un plazo de dos meses e impide al tribunal nacional tomar medidas de instrucción necesarias.

Terrorismo

La Ley de Amnistía, por lo que respecta al delito de terrorismo, no se opone a la directiva europea contra el terrorismo, porque no deja impunes los delitos que vulneren gravemente los derechos humanos. Tampoco rompe, a juicio del letrado, el principio de igualdad.

El ente contable elevó a esta instancia judicial europea si la malversación de los gastos vinculados con el procés podrían ser considerados amnistiables y si afectan a los intereses financieros de la UE, mientras que la Audiencia preguntó por si el caso de los 12 miembros de los CDR en la Operación Judas, acusados de terrorismo, también se pueden beneficiar de esta ley del olvido penal.

Las decisiones del abogado general de la UE no son vinculantes, pero suelen coincidir en un 80% con el sentido del fallo del tribunal. No obstante, hasta finales de año el TJUE no resolverá sobre si la amnistía encaja en el derecho comunitario.

Con su dictamen, el abogado no ha asumido las principales consideraciones de la Comisión Europea, que es parte en este procedimiento. El gobierno remitió en junio al TJUE un demoledor informe sobre la Ley de Amnistía. La Comisión argumentaba que dicha norma no persigue «un propósito de interés público», sino que más bien «parece una autoamnistía», ya que surge de un pacto político para facilitar la investidura del Gobierno de Pedro Sánchez y porque los beneficiados fueron determinantes en su aprobación.

La Comisión presentó este análisis en sus observaciones ante la cuestión prejudicial elevada por el Tribunal de Cuentas al tribunal comunitario respecto a la implementación de la Ley Orgánica de Amnistía.

En caso de que el TJUE falle en contra de la norma, los dos tribunales españoles deberán juzgar, en paralelo, los gastos vinculados con el 1-O así como la causa por terrorismo de los 12 activistas independentistas llamada Operación Judas. Esta operación, llevada a cabo por la Guardia Civil, considera que estos activistas se organizaron bajo la organización de «Equipos de Respuesta Táctica» (ERT), con el fin de conseguir la independencia de Cataluña por vías violentas.

El informe del abogado general de la UE llega una semana después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, avalara la decisión del Tribunal Supremo y, en concreto, del juez instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, de encarcelar preventivamente a los líderes independentistas. Este tribunal europeo tumbó los recursos de los dirigentes nacionalistas y consideró que no se habían vulnerado sus derechos políticos.

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