La Audiencia condena a la empresa de Hamlyn por fraude fiscal en el IVA de hidrocarburos
El empresario no fue juzgado porque está fuera de España y no se presentó al juicio

El empresario Alejandro Hamlym. | Ilustración de Alejandra Svriz.
La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a multa a la compañía Hafesa Energía del empresario Alejandro Hamlyn y a penas de cárcel a 14 personas por un fraude fiscal en concepto de IVA de hidrocarburos de 154 millones de euros entre 2016 y 2019.
Hamlyn es el empresario que participó desde Dubai (Emiratos) por videoconferencia en la reunión en la que fue grabada la conversación en la que la exmilitante del PSOE Leire Díez hablaba de recabar pruebas contra la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y el fiscal José Grinda.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal impone a Hafesa Energía multas por alrededor de la cantidad defraudada como cooperadora necesaria de los delitos contra la Hacienda Pública.
Los magistrados, no obstante, le aplican la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y «de haber establecido, antes del comienzo del juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica».
El tribunal da por probado que Hafesa Energía es la mercantil del Grupo Hafesa que actuó como proveedor del producto «a todas las operadoras creadas o instrumentalizadas por la organización comercial y empresarial a efectos de consumar el fraude (que abarca tanto los aspectos de defraudación fiscal como los relativos al blanqueo de cantidades dinerarias ilícitamente obtenidas)».
«Habiendo quedado acreditado que desde dicha entidad se ideó el plan, la organización y la estructura con la finalidad de operar el sector de compra, distribución y venta de productos petrolíferos en beneficio propio y con el fin de la obtención de mayores beneficios comerciales», añade.
Los magistrados señalan que la venta de productos a dichas sociedades permitió a Hafesa colocar grandes cantidades de hidrocarburo, ya que «las entidades de la organización ofrecían precios más ventajosos que los de su competencia, a costa del IVA que no abonaron».
Al respecto, exponen que «ha quedado acreditado que el fraude fiscal verificado por Hafesa y el resto de los encausados, utilizando las referidas mercantiles instrumentales, ha ascendido a un total de 154.729.899,59 euros».
Los magistrados justifican haber celebrado el juicio pese a la ausencia de Hamlyn indicando que «la suspensión hubiera tenido que acordarse ‘sine die’, hasta que hubieran detenido y extraditado a dicho acusado, con la causación de todos los perjuicios que ello comportaba para los demás acusados», pero especialmente para uno que se encontraba en prisión preventiva.
«En estas condiciones el enjuiciamiento era prioritario y no podía demorarse indefinidamente habida cuenta que las acusaciones estimaron que pese al papel relevante del rebelde, había elementos suficientes para el enjuiciamiento por separado», señalan.
