García Ortiz basará su recurso al TC en las dos juezas que se opusieron a la condena de Griñán
Las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo emitieron un voto particular en la sentencia contra el ya ex fiscal general

Las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo con Álvaro García Ortiz en el centro. | Ilustración de Alejandra Svriz
Álvaro García Ortiz espera la sentencia completa para recurrir su condena. Una vez que tenga acceso al texto, el fiscal general dimitido este lunes presentará un incidente de nulidad ante el Tribunal Supremo, que en última instancia le permitirá acudir al Tribunal Constitucional por vulneración de derechos fundamentales. Su defensa, que ejerce la Abogacía del Estado, se basará en las discrepancias que han mostrado dos miembros del tribunal sancionador, Ana Ferrer y Susana Polo. Ambas magistradas han emitido un voto particular, como ya hicieron en septiembre de 2022, cuando se opusieron a la condena de cárcel contra el expresidente de Andalucía José Antonio Griñán que ratificó la Sala Segunda del Alto tribunal.
El Supremo condenó el pasado jueves a García Ortiz a dos años de inhabilitación por revelación de datos reservados. El ex fiscal general también tendrá que pagar una multa de 7.300 euros y las costas procesales, incluyendo las de la acusación particular. Como responsabilidad civil deberá indemnizar con 10.000 euros por daños morales a Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. La sentencia se dictó por mayoría de cinco contra dos. Las magistradas Ferrar y Polo anunciaron un voto particular, aunque aún se desconoce si será individual o conjunto, como sucedió hace tres años en el caso de Griñán.
García Ortiz tiene pensado recurrir la condena a través de un incidente de nulidad, un mecanismo que permite impugnar resoluciones cuando se ha vulnerado un derecho fundamental. Es poco probable que el tribunal sancionador acepte el recurso, pero es un paso previo necesario para llevar el asunto hasta el Constitucional, donde pretenden jugar el partido. En estos momentos la corte de garantías cuenta con una amplía mayoría progresista, pero eso puede cambiar en los próximos meses con la salida, entre otros, del presidente Cándido Conde-Pumpido.
La inhabilitación de García Ortiz
La defensa del ya ex fiscal general del Estado necesita la sentencia completa para recurrir la sanción. Se conocerá en los próximos días e incluirá los votos particulares de Ferrer y Polo, que discrepan del fallo contra García Ortiz. Las fuentes jurídicas consultadas por THE OBJECTIVE explican que la Abogacía del Estado usará sus argumentos para registrar el incidente de nulidad que le permita acudir al Constitucional. Estas dos magistradas ya se opusieron a la condena de cárcel de Griñán por el caso de los ERE de Andalucía.
La Audiencia Provincial de Sevilla condenó al dirigente socialista a seis años de cárcel por prevaricación y malversación de caudales públicos en noviembre de 2019. El Supremo ratificó la sentencia en julio de 2022, aunque el texto definitivo, de más de 1.200 páginas, se conoció meses más tarde, en septiembre. Como ahora, era el requisito necesario para que el abogado de Griñán comenzara los trámites oportunos para impedir que ingresara en prisión. La resolución contó con los votos discrepantes de Ferrer y Polo, de orientación progresista. La primera sonó hace poco más de un año para presidir el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Ambas magistradas disintieron de sus compañeros al mostrarse partidarias de absolver al que fuera presidente andaluz entre abril de 2009 y septiembre de 2013. Ferrer y Polo reprocharon a la sala que fuesen más allá de las conclusiones de los magistrados que juzgaron el caso y sostuvieron que solo debió condenarse por malversación a los responsables de la Consejería de Empleo porque fue allí desde donde se repartieron «sin control» las ayudas a los parados por las que fue condenado Griñán.
En el voto particular se sostenía que la condena al exdirigente socialista «no se ajusta a derecho», que la resolución «adolece de un importante déficit argumentativo» y se basa en «meras especulaciones». Ferrer y Polo exculpaban a Griñán y a otras cuatro personas -entre ellas, los exconsejeros Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo, titulares de Hacienda y de Innovación, respectivamente- del delito de malversación, porque la ejecución de las ayudas a empresas en crisis correspondió a los funcionarios de la Consejería de Empleo.
«Sin base probatoria»
Ferrer y Polo consideran que ninguna de estas cinco personas intervinieron «en esos actos fraudulentos del tramo final de la ejecución del presupuesto, ni tampoco tuvieron conocimiento de que estaban siendo realizados por autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo». «A pesar de lo cual, y sin base probatoria para ello, se les condenó por delito de malversación en virtud de un supuesto dolo eventual que en ningún caso quedó acreditado».
«Una cosa es que ante una situación generalizada de crisis económica se elaborara y asumiera un sistema ilegal de asignación presupuestaria para dotar de agilidad la concesión y pago por parte de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía de las ayudas sociolaborales a los trabajadores y a las empresas en crisis; y otra distinta que después en la fase de ejecución presupuestaria los fondos destinados a esas subvenciones extraordinarias se desviaran del destino social y económico establecido en la ley con daño para el erario público», esgrimieron Ferrer y Polo en su voto particular.
En opinión de las magistradas, la sentencia de la Audiencia de Sevilla ya adolecía de un «déficit argumentativo a la hora de analizar el elemento que integra la tipicidad subjetiva del delito de malversación, dando lo que consideramos un arriesgado salto en el vacío a la hora de atribuir a los acusados ajenos a la Consejería de Empleo un dolo eventual de difícil encaje en el delito de malversación».
Ferrer, partidaria de aplicar la ley de amnistía y que discrepó de aplicar la malversación en el procés, sonó como presidenta del remozado CGPJ. PP y PSOE pactaron el 25 de junio de 2024 un reparto «equilibrado» de los vocales para que «ninguna sensibilidad pueda imponerse sobre otra». Los progresistas pusieron sobre la mesa el nombre de esta magistrada de 66 años, la primera mujer en ocupar un asiento en la Sala Segunda del Supremo. Los conservadores la vetaron por su «marcado perfil ideológico» y solo una llamada de teléfono in extremis salvó al gobierno de los jueces con la designación de Isabel Perelló en septiembre del año pasado.
