La Justicia rechaza recusar a los jueces que deben juzgar a David Sánchez y a Gallardo
Los magistrados sostienen que no concurren motivos para considerar que se ha producido una pérdida de imparcialidad

Gallardo anuncia que dimite como líder del PSOE en Extremadura. | Javier Cintas (EP)
La Sala Especial del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado por unanimidad la recusación planteada contra los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Badajoz. Se trata de los miembros que forman la sala de enjuiciamiento en la causa contra el antiguo líder de los socialistas en la región, Miguel Ángel Gallardo, David Sánchez y otros nueve acusados por prevaricación y tráfico de influencias. La vista se celebrará entre el 28 de mayo y el 4 de julio, después de que el órgano provincial aceptara las peticiones de los abogados de retrasar la fecha por coincidir con otros señalamientos.
La Sala, formada de acuerdo al artículo 77.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), ha dictado un auto en el que se desestima la recusación interpuesta por parte de varios acusados, entre ellos el hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Una línea que ya defendió la Fiscalía. La resolución explica que no concurren motivos para considerar que se ha producido una pérdida de imparcialidad objetiva en los tres magistrados que conforman la sala que debe enjuiciar al músico y a Gallardo a pesar de haber dictado otras resoluciones en el procedimiento.
El auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE analiza diferentes recusaciones presentadas en noviembre del año pasado contra los magistrados José Antonio Patrocinio (presidente), Emilio Francisco Serrano (ponente) y María Dolores Fernández. Los procesados alegaban que estos jueces habían perdido su imparcialidad al dictar un auto el pasado 23 de septiembre en el que rechazaban los recursos contra el procesamiento.
El hermano de Pedro Sánchez, a juicio
«Designar como posibles recusados a todos aquellos que pueden ser designados miembros de un Tribunal es tanto como designar al escalafón entero de la carrera judicial», señala el auto. Este cita una amplia jurisprudencia tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo que señala que evitar cualquier duda sobre la imparcialidad «no significa que toda recusación que se formule tenga que ser necesariamente admitida».
El TSJEx ha concluido que solo una de las recusaciones presentadas cumplía los requisitos formales exigidos por la ley. Las demás han sido desestimadas por ser demasiado genéricas y carecer de un poder especial suficiente para plantear la impugnación. La Sala ha sido rigurosa con los requisitos formales afirmando que el poder para recusar debe identificar «nominalmente» a los magistrados, especificar el procedimiento concreto y detallar las causas.
El auto subraya que los magistrados recusados no han realizado ninguna actividad instructora, ya que únicamente han ejercido su función revisora de las decisiones adoptadas por la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, Beatriz Biedma. «Las referencias al hermanísimo no son cosecha de los magistrados recusados, sino que así constan en muchos de los correos de la causa», destaca la resolución.
Los recusantes sostienen que el conocimiento en profundidad de la causa impide que los magistrados recusados pueden enjuiciarla, ya que tienen un juicio preconcebido al no ver por primera vez las pruebas en la vista que se celebrará. «Ello no implica que su objetividad e imparcialidad estén afectadas, ya que será en el juicio cuando se practiquen realmente las pruebas y se formen los magistrados su opinión definitiva», sostiene la sala.
La asesora de Gallardo
La recusación inicial la planteó Juana Cinta, asesora jurídica del equipo de Gallardo y antigua responsable de Recursos Humanos de la Diputación de Badajoz cuando se creó la plaza de David Sánchez. Cinta, una de los 11 procesados, pidió a la Audiencia Provincial de Badajoz la recusación de tres magistrados alegando pérdida de imparcialidad, ya que habrían prejuzgado el material en una resolución anterior. A su solicitud se adhirieron otros acusados. entre los que se encontraba el antiguo líder del PSOE en Extremadura.
Cinta reclamó a la Sección Primera de la Audiencia de Badajoz que los magistrados no formaran parte de la sala que juzgará a David Sánchez y a Gallardo, que dejó la secretaría general del PSOE el pasado 22 de diciembre tras los malos resultados electorales. La defensa de la ex responsable de Recursos Humanos en la Diputación de Badajoz considera que todos ellos «ya han adoptado previamente su decisión al respecto» y que estarían contaminados, algo que ahora rechaza el TSJEx.
«A juicio de esta defensa, los magistrados de la Audiencia (de Badajoz) expresaron conclusiones reveladoras de impresiones o prejuicios nacidos del análisis de la instrucción que condicionan gravemente su neutralidad a la hora de afrontar la fase final del enjuiciamiento», esgrimía el escrito. Cinta consideraba que existía un «prejuicio ya sólidamente adquirido sobre el fondo de la cuestión (…) que deberá ser necesariamente empleado para motivar una sentencia condenatoria de mi representada por su presunta participación en la comisión de un delito de prevaricación administrativa».
