La Audiencia archiva la investigación del apagón al no existir indicios de sabotaje terrorista
Diferentes informes descartan que el origen del corte eléctrico sea una acción de «terrorismo informático»

Una mujer alumbra el plano del metro durante el apagón del pasado 28 de abril. | A. Martínez Vélez (Europa Press)
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha archivado de forma provisional la investigación del apagón eléctrico ocurrido en España el pasado 28 de abril, como avanzó este diario. El magistrado determina que no existe «un mínimo indicio» de que se tratase de un «sabotaje terrorista». En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el magistrado adopta esa decisión tras recibir todos los informes técnicos solicitados con motivo del corte de suministros en los que se descarta «de forma absoluta la existencia de indicios que permitan inferir que el origen de los hechos investigados se encuentre en una acción de terrorismo informático».
La resolución detalla que el informe encargado al Centro Criptológico Nacional (CCN-CERT) concluye que el análisis del archivo de 70Gb correspondiente a la información contenida en el sistema basado en la tecnología OpenSearch, donde se recogen y centralizan todos los eventos de seguridad que generan sus sistemas de Tecnología Operativa (OT), «no ha aportado ningún dato o elemento que haga variar las conclusiones alcanzadas en el informe que se ponía en conocimiento la no identificación de acciones cibernéticas dañinas o evidencias relacionadas con un ciberataque, así como que no se encuentran indicios que apunten a un ciberataque de un grupo de cibercrimen, actores estado o grupos terroristas».
Otro informe, este del Mando Conjunto del Ciberespacio (MCCE), pone de manifiesto que, tras la visita a cinco centros de control de las estaciones de generación del sistema eléctrico para analizar la información registrada en los sistemas e identificar la existencia de indicios que pudieran apuntar a una acción potencialmente dañina de carácter cibernético, se concluye que no se observa ningún ciberataque de grupo de cibercrimen, actores estado o grupos terroristas contra las infraestructuras objeto de análisis por el apagón.
Informes sobre el apagón
El Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe) también ha emitió ocho informes que concluyen la «no detección de ningún tipo de acción potencialmente dañina de carácter cibernético» que pudiese afectar a los centros de control auditados. El juez Calama tmbién hace referencia al informe elaborado por la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (OCC) en el que se expone que han ejecutado 12 visitas a los centros que relaciona, sin que se hayan obtenido indicios de ningún tipo de ciberataque relacionado con el apagón del 28 de abril.
Calama también refiere el informe emitido por la Comisaría General de Información tras analizar las 8.028 grabaciones y 1.296 correos proporcionados por Red Eléctrica sobre las conversaciones e intercambio de información que tuvieron lugar desde los centros de control en el período comprendido entre las 00 horas del 18 de abril y las 00 horas del día 30, dos jornadas después de producirse el apagón. En este se concluye que en ninguno de estos audios y correos se hace alusión a un ciberataque o intrusión a los sistemas de REE.
La resolución recoge el informe del comité para el análisis de las circunstancias de la crisis de electricidad del 28 de abril en el que se analiza cómo el cero eléctrico tuvo un origen multifactorial. Habrían confluido tres elementos: en primer lugar que el sistema mostraba una capacidad de control de tensión insuficiente debido a que el día anterior al incidente el operador del sistema programó la actividad de 10 centrales síncronas con capacidad para regular tensión el día 28 de acuerdo con su consigna, siendo el número final de centrales síncronas acopladas el más bajo desde el inicio de año.
Por otro lado, también habría tenido incidencia que varias de las centrales capaces de regular la tensión no respondieron adecuadamente a las consignas del operador del sistema para reducirla. Incluso alguna produjo energía reactiva, contribuyendo así a incrementar el problema. El comité también apunta a que «se produjeron las oscilaciones» y a que se desconectaron centrales de generación, algunas de un modo aparentemente indebido.
Investigación de oficio
«De esta manera concluye que faltaron recursos de control de tensión, bien porque no estaban programados en suficiencia, bien porque los que estaban programados no la proporcionaban adecuadamente, o bien por una combinación de ambos, pero no porque faltaran en el país, pues había un parque de generación más que suficiente para responder», señala Calama. El magistrado sentencia que no se ha podido acreditar de forma mínima la existencia de un hecho con relevancia penal.
Calama apunta que, a raíz de las diligencias de instrucción practicadas, se infiere un conflicto de naturaleza eminentemente administrativo y/o civil relacionado con los distintos operadores que intervienen en la generación de la energía eléctrica. No obstante, aclara que, ante la ausencia de cualquier indicio delictivo, deben quedar fuera de la vía penal, «máxime cuando existen otros mecanismos de solución».
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional inició la investigación sobre el presunto sabotaje de oficio, por lo que no partió de ninguna denuncia ni querella de la Fiscalía. Tampoco de un informe técnico previo, como ocurrió en otros casos similares. En la causa de Pegasus, que también instruye Calama, el inicio de las pesquisas vino respaldado por sendos informes del Ministerio Público y del Centro Criptológico Nacional (CCN-CERT), uno a los que el magistrado reclamó información.
Al tratarse de una infraestructura crítica y existir una referencia pública por parte del Gobierno, el juez estaba obligado a judicializar el asunto de oficio. La previsión en sede judicial es que acabara archivándose por falta de fundamento. Según el artículo 573 del Código Penal, los delitos informáticos pueden ser calificados como terrorismo cuando su finalidad sea subvertir el orden constitucional, presionar a los poderes públicos o provocar terror en la población. Las penas oscilan entre los diez y los 25 años de prisión.
El sector energético consideró una combinación de fallos técnicos la hipótesis más plausible del apagón. Esta línea de análisis sugiere que el colapso eléctrico se habría desencadenado por una oscilación en la red de alta tensión, posiblemente originada por una variación térmica o un desequilibrio súbito de generación. La escasa interconexión con Europa (España apenas alcanza un 2% de capacidad de intercambio con países vecinos, lejos del 10% recomendado por la UE) también habría dificultado la importación de energía desde redes exteriores. Esa debilidad estructural, unida a la creciente dependencia de fuentes renovables, refuerza la tesis técnica como la explicación más probable de lo ocurrido.
