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Tribunales

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso de la Xunta de Galicia contra la ley de amnistía

El TC ya ha desestimado los recursos de Madrid, Murcia, Andalucía, Comunidad Valenciana y Castilla y León

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso de la Xunta de Galicia contra la ley de amnistía

Fachada del Tribunal Constitucional. | Alejandro Martínez Vélez (Europa Press)

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Xunta de Galicia contra la ley de amnistía a implicados en el proceso de independencia de Cataluña, como ya había hecho anteriormente con recursos de otras comunidades autónomas.

El recurso impugnaba la ley en su conjunto por incompatibilidad con la Constitución y vulneración de la prohibición constitucional de amnistiar, así como de los principios de seguridad jurídica, del derecho a la igualdad, o del principio de separación de poderes y de la reserva jurisdiccional, entre otros.

El TC desestima todas esas «tachas de inconstitucionalidad» en aplicación de la doctrina establecida en la sentencia con la que avaló la constitucional de la ley en junio del año pasado. Además, al igual que en otros recursos se impugnaba de forma específica el artículo 1 de la ley de amnistía por la infracción de diversos preceptos constitucionales.

Pero, según recuerda el TC, en lo que se refiere al apartado 1 del este artículo, la asimetría en el ámbito de aplicación de la ley, al excluir de su ámbito a quienes hubieran cometido los delitos amnistiados con la finalidad de oponerse al proceso secesionista catalán, ya dio lugar a que se declarara la inconstitucionalidad de dicho precepto.

En cuanto a la inconstitucionalidad del régimen temporal previsto en su apartado 3, el Constitucional señala que pierde objeto cualquier impugnación referida a su párrafo segundo porque ya fue declarado inconstitucional y nulo en la citada sentencia y quedó, por tal razón, «expulsado del ordenamiento jurídico».

Por lo que respecta a otras impugnaciones formuladas por la Xunta se desestiman «en aplicación de la doctrina establecida» ya que los motivos de inconstitucionalidad formulados son coincidentes con algunos ya resueltos en sentencias anteriores.

El TC ya ha desestimado los recursos de la Comunidad de Madrid, la Región de Murcia, Andalucía, Comunidad Valenciana y Castilla y León. De esta forma el TC ha reiterado el aval a la amnistía que dio en las sentencias en las que rechazó el recurso del PP y las cuestiones de inconstitucionalidad que elevó el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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