Un abogado de la dana pide declarar nula la instrucción y que la juez sea apartada del caso
El letrado Gisbert, que defiende a parte de las víctimas del temporal, alega que se han realizado graves injerencias

Efectos de la dana en el municipio valenciano de Alfafar. | Rober Solsona (Europa Press / Contacto)
El letrado Rubén Gisbert, representante de varias familias afectadas por la tragedia de la dana que azotó la Comunidad Valenciana y otras zonas de España el 29 de octubre de 2024, ha presentado un escrito ante el Juzgado de Instrucción de Catarroja solicitando la nulidad de pleno derecho de todas las actuaciones practicadas en la causa desde que la juez instructora, Nuria Ruiz Tobarra, asumió la dirección del procedimiento. Además, pide su recusación inmediata por presuntas irregularidades, como la participación de su marido en la instrucción, que, argumenta, comprometen la imparcialidad y la independencia judicial.
En el documento, fechado el 26 de febrero y al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, Gisbert alega graves injerencias en la instrucción, incluyendo la participación activa del marido de la juez, Jorge Martínez Ribera –juez en otro partido judicial–, en diligencias como tomas de declaración de denunciantes. Según el escrito, Martínez Ribera no solo estuvo presente en varias sesiones celebradas en la Ciudad de la Justicia de Valencia, sino que dio indicaciones a la magistrada, formuló preguntas a los declarantes e incluso llegó a sustituirla en alguna ocasión, aunque las actas fueran firmadas por ella. El abogado prueba estas prácticas grabaciones difundidas recientemente en medios y con mensajes privados entre familiares de víctimas, donde algunos admiten la presencia del esposo de la juez, a pesar de haberlo negado públicamente.

El abogado, que se describe como perito judicial en interpretación de textos con experiencia en casos como el de Canal 9, también apunta a diferencias léxicas y sintácticas en los autos judiciales que sugerirían la intervención de múltiples redactores, lo que reforzaría la idea de una «instrucción colegiada» ilícita. «Todo ello viciando completamente lo actuado por la juez instructora y siendo nulo de pleno derecho».
Otro pilar de la acusación es la supuesta complicidad de la juez en delitos de revelación de secretos. Gisbert denuncia que el abogado Joaquín Esteve, representante de la Associació de Juristes Valencians –una entidad personada como acusación popular–, filtró en tiempo real detalles de declaraciones a medios como Levante-EMV, Las Provincias o el programa ‘Todo es Mentira’ a través de WhatsApp, incluyendo grabaciones sesgadas. El letrado afirma tener pruebas gráficas y audios de conversaciones donde advirtió verbalmente a la magistrada en al menos dos ocasiones –el 14 de abril de 2025 y el 9 de enero de 2026–, sin que esta tomara medidas, lo que la convertiría en «cooperadora necesaria» del delito.
Además, el escrito acusa a Ruiz Tobarra de un «sesgo ideológico» que habría llevado a una instrucción tendenciosa. Se menciona la expulsión arbitraria de una acusación particular por críticas en redes sociales de su representada, Yolanda Garrido Ramos, decisión que fue revocada por la Audiencia Provincial y el Colegio de Abogados de Valencia. Gisbert critica que la juez haya declarado impertinentes preguntas sobre responsabilidades de administraciones estatales, como la Delegación del Gobierno o la Confederación Hidrográfica del Júcar, limitando la investigación a ámbitos autonómicos y obviando opiniones de expertos en emergencias que apuntan a fallos en la coordinación nacional, como la no activación de un mando único o el Nivel III de Protección Civil.
En los fundamentos jurídicos, Gisbert invoca el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para la recusación, citando causas como el vínculo matrimonial con un interviniente no autorizado, una querella presentada contra la juez por delitos como prevaricación, usurpación de funciones y revelación de secretos, y «enemistad manifiesta» hacia ciertas partes. Para la nulidad, se ampara en el artículo 238 de la LOPJ, argumentando vulneración de derechos fundamentales como la tutela judicial efectiva (artículo 24 de la Constitución) y la independencia judicial (artículo 117), con referencias a sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional que declaran nulas actuaciones bajo influencia externa.
Subsidiariamente, el abogado pide que se eleve testimonio al Ministerio Fiscal para investigar posibles delitos penales por parte de la juez y otros implicados, y que se admitan pruebas como las grabaciones y mensajes mencionados. Como argumento adicional, Gisbert invoca la multiterritorialidad de los hechos –con muertes en Valencia, Castilla-La Mancha y Andalucía–, lo que transferiría la competencia a la Audiencia Nacional según el artículo 65 de la LOPJ.
