La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: la comunidad puede colgar tu nombre en el tablón del portal si debes dinero y no te localizan
Si no estás al corriente de los pagos comunitarios la Agencia Española de Protección de Datos no podrá ayudarte

Sorpresa tras una notificación | Canva Pro
Existe una creencia bastante extendida sobre que «es ilegal exponer el nombre de un propietario moroso en el tablón de la comunidad», ya que te podría caer una multa por «protección de datos»; sin embargo, esto no es del todo cierto.
A pesar de que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se encarga de proteger la privacidad de los propietarios, hay una excepción importante a tener en cuenta: si un vecino con «deudas» desaparece es necesario poner su nombre en el tablón de anuncios; así lo explica la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
El tablón no puede usarse siempre

La ley es clara: el tablón no puede usarse para «avergonzar» al vecino o hacer público que no paga, sino que tiene que usarse como última opción. En este tipo de casos, para poner iniciar un proceso judicial en contra de un vecino moroso, la ley establece que el implicado debe ser avisado previamente de la situación. Por eso, si esa persona es «ilocalizable» o resulta imposible contactar con ella para darle dicho aviso, el tablón será la solución. Así lo explica el artículo 9 de la LPH: «Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto».
Requisitos para que sea legal y evitar multas
A pesar de que la Ley de Propiedad Horizontal establece que se puede colgar el nombre del vecino moroso en el tablón de la comunidad, es necesario tener en cuenta una serie de requisitos para evitar cualquier tipo de multa de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD):
- Haber intentado contactar al implicado antes: es necesario demostrar que se intentó notificar al vecino, pero que fue imposible.
- Cumplir con el plazo de exposición: la notificación no puede permanecer en el tablón para siempre. Según el artículo 9 de la LPH: «Producirá plenos efectos jurídicos en el plazo de tres días naturales».
- El lugar dónde se coloca: dicha notificación debe estar colgada en un sitio al que solo los vecinos de la comunidad tengan acceso, no puede estar en la fachada del mismo.
- La explicación formal: el secretario de la comunidad debe incluir en el tablón una nota explicando que el nombre se ha puesto en el tablón debido a que no se ha podido localizar al vecino de otra manera. «(…) colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad (…) y motivos por los que se procede a esta forma de notificación, firmada por quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente», establece el artículo 9.
Debido a esto es muy importante diferenciar claramente entre «notificar» y «exponer». Notificar es imprescindible, no solo para el implicado, sino también para el resto de vecinos, ya que todos los miembros de la comunidad tienen derecho a saber quién no está pagando. Así lo establece el artículo 16.2 de la LPH, ya que explica que en la junta deben aparecer aquellos «propietarios que no estén al corriente en el pago». Pero esto es algo muy diferente a «exponer», ya que no se puede publicar el nombre del vecino moroso en el tablón solo por hacerle pasar vergüenza, sino que se necesita una razón real para hacerlo.
