El juez Peinado insiste en que un jurado popular juzgue a Begoña Gómez y le acerca al banquillo
Unifica las dos investigaciones contra la esposa del presidente del Gobierno tras la decisión de la Audiencia de Madrid

Begoña Gómez y el juez Juan Carlos Peinado. | Ilustración de Alejandra Svriz
Begoña Gómez está cada vez más cerca del banquillo. El juez Juan Carlos Peinado insiste en que un jurado popular juzgue a la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en caso de que el procedimiento llegue a juicio. La decisión llega apenas unas semanas después de que la Audiencia Provincial de Madrid anulase sus intenciones iniciales por falta de fundamentación. El magistrado unifica las dos investigaciones contra la mujer del líder socialista. La ha citado el 1 de abril, Miércoles Santo, junto a su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, y al empresario Juan Carlos Barrabés, también imputados.
En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, Peinado acumula la investigación de los cinco delitos que imputa a Begoña Gómez: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca, intrusismo y malversación. Inicialmente, había abierto una pieza separada con este último para dilucidar si su asistente en Moncloa había realizado tareas que no le correspondían, como ayudarle en las gestiones de su cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense.
En la pieza principal, Peinado investigaba a Begoña Gómez por cuatro delitos. Los de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, por haber presuntamente beneficiado a Barrabés, que consiguió tres contratos de Red.es por valor de 10,6 millones de euros tras incluir cartas de recomendación firmadas por ella. Los delitos de apropiación indebida e intrusismo profesional se le imputan por su actuación relacionada con el software empleado en su cátedra.
Dos investigaciones contra Begoña Gómez
Peinado propuso en septiembre que un jurado popular juzgará a Begoña Gómez si llegaba a juicio su causa por malversación. Días más tarde, el juez extendió el procedimiento a los otros cuatro delitos que atribuye a la esposa de Sánchez, que conforman la pieza principal de la causa. La Audiencia de Madrid frenó sus planes a finales de febrero al no apreciar «indicios racionales de criminalidad» que justificaran esa decisión. No obstante, no cerró la puerta a que se pudiera tomar ese camino en el futuro.
En ese momento, los magistrados consideraban que los autos dictados carecían de la necesaria fundamentación porque no se hacía un relato que comprendiera indicios verosímiles. Acusaron a Peinado de haber realizado «un mínimo esfuerzo argumentativo» y le obligaron a retrotraer las actuaciones al momento previo a la transformación del procedimiento en uno con tribunal jurado.
La Audiencia de Madrid sostenía que no era asumible «una decisión trascendental» como la de adaptar la causa a los trámites del jurado «sin precisar a los investigados qué concretas conductas». En opinión de los magistrados, no se justificaba dicha decisión ni «cuál es la base incriminatoria, indiciaria y provisional» que da solidez a la hipótesis acusatoria. El juez que instruye el caso de Begoña Gómez ha redactado ahora un extenso auto donde trata de justificar su decisión tras el tirón de orejas del órgano provincial.
Los magistrados le reprocharon que «no es de recibo indicar, tras año y medio de instrucción, que para la incoación del procedimiento basta la mera verosimilitud y qué esta ya ha sido avalada en diversas ocasiones por la Sala, respecto de unos hechos que presentaban base objetiva suficiente». Y añadieron: «Pero en absoluto ha podido anticipar la consistencia de tesis hasta el punto de hablar de indicios racionales de criminalidad que justifiquen la continuación del procedimiento».
Las labores de la asistente
La decisión no es un capricho de Peinado. El artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado establece qué delitos pueden ser juzgados mediante esa fórmula. No es inédita en nuestro país, pero sí poco habitual. Los jurados populares existen en España desde 1995, cuando el Congreso aprobó la Ley Orgánica del Tribunal Jurado con el apoyo de PSOE, IU y los partidos nacionalistas. El PP se abstuvo y solo varios diputados del Grupo Mixto votaron en contra. Desde entonces hasta 2024, último ejercicio con datos, el 89,9% de las sentencias han sido condenatorias.
El origen de la polémica llegó cuando Peinado decidió que un jurado popular juzgara a Begoña Gómez por malversación. El juez se abrió la pieza separada tras el respaldo que recibió en junio de la Audiencia de Madrid para investigar la contratación de la asistente en Moncloa, en la negativa de Begoña Gómez y de su asesora a dar explicaciones y en los correos electrónicos que Álvarez se cruzó con diferentes personas en relación con la polémica cátedra de la esposa de Sánchez.
Álvarez fue contratada como asesora de Begoña Gómez el 16 de julio de 2018, mes y medio después de que Sánchez llegara a Moncloa. Fue la esposa del presidente del Gobierno quien se puso en contacto con ella. Habían trabajado juntas previamente y se trataba de una persona de su confianza. La directora de Programas de la Secretaría General de Presidencia disfruta de un sueldo de 37.000 euros netos (algo más de 52.000 euros brutos) por llevar su agenda.
