Aprobado el nuevo canon digital, que afectará a móviles, tabletas, CD y memorias
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto-Ley por el que se reforma el sistema de compensación equitativa por copia privada, o canon digital, para adaptarlo a la jurisprudencia europea. El nuevo modelo aprobado hoy hace que el pago de la copia privada recaiga en los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción. También exceptúa del pago a las personas físicas y jurídicas que justifiquen el destino profesional de los equipos y soportes adquiridos, y a las entidades integrantes del sector público. Para gestionar la facturación de la compensación equitativa por copia privada a los fabricantes y distribuidores, las entidades de gestión deberán constituir una persona jurídica que, además, será la responsable de gestionar las excepciones del pago y los reembolsos.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto-Ley por el que se reforma el sistema de compensación equitativa por copia privada, o canon digital, para adaptarlo a la jurisprudencia europea. El nuevo modelo aprobado hoy hace que el pago de la copia privada recaiga en los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción como teléfonos móviles, tabletas, CD o memorias. También exceptúa del pago a las personas físicas y jurídicas que justifiquen el destino profesional de los equipos y soportes adquiridos, y a las entidades integrantes del sector público. Para gestionar la facturación de la compensación equitativa por copia privada a los fabricantes y distribuidores, las entidades de gestión deberán constituir una persona jurídica que, además, será la responsable de gestionar las excepciones del pago y los reembolsos.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia en varias ocasiones. En octubre de 2010, la sentencia Padawan invalidaba el canon implantado en 2006. A raíz de ello, en diciembre de 2011, el Gobierno aprobó un Real Decreto Ley que regulaba la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Fue en junio de 2016, cuando el alto tribunal europeo señaló que, si bien nada se oponía a la compensación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, en la legislación española no recogía un mecanismo que permitiera a las personas jurídicas solicitar la exención del pago o su reembolso. La interpretación que introducía esta sentencia fue adoptada por el Tribunal Supremo el pasado mes de noviembre, y anuló el Real Decreto que regulaba la compensación por copia privada con cargo a los presupuestos.
El Real Decreto-Ley fija una implantación escalonada para facilitar la introducción del nuevo modelo. El primer año tras la entrada en vigor de esta norma se aplicará de manera provisional la compensación prevista en la Disposición Transitoria Segunda, que establece tanto el listado de equipos, soportes y materiales de reproducción, como las cuantías económicas con las que se deberán abonar a los autores. A modo de ejemplo, por un teléfono móvil o smart-phone los fabricantes abonarán 1,10 euros y por un dispositivo electrónico con pantalla táctil o tablet, 3,15 euros. Las sucesivas modificaciones se harán mediante Orden Ministerial.