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El Constitucional declara nula la Ley del Referéndum de Cataluña

El Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad «la inconstitucionalidad y nulidad» de la Ley del Referéndum de Cataluña, que el mismo organismo ya había suspendido de forma cautelar el pasado 7 de septiembre, un día después de su aprobación en el Parlament de Cataluña, informa el TC en un comunicado. Ante el recurso presentado por la Abogacía del Estado, los magistrados consideran que el texto contradice «principios esenciales» del ordenamiento constitucional español: «La soberanía nacional, residenciada en el pueblo español; la unidad misma de la Nación, constituida en Estado social y democrático de derecho, y la propia supremacía de la Constitución, a la que están sujetos todos los poderes públicos y también, por tanto, el Parlamento de Cataluña».

El Constitucional declara nula la Ley del Referéndum de Cataluña

Reuters

El Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad «la inconstitucionalidad y nulidad» de la Ley del Referéndum de Cataluña, que el mismo organismo ya había suspendido de forma cautelar el pasado 7 de septiembre, un día después de su aprobación en el Parlament de Cataluña, informa el TC en un comunicado. Ante el recurso presentado por la Abogacía del Estado, los magistrados consideran que el texto contradice «principios esenciales» del ordenamiento constitucional español: «La soberanía nacional, residenciada en el pueblo español; la unidad misma de la Nación, constituida en Estado social y democrático de derecho, y la propia supremacía de la Constitución, a la que están sujetos todos los poderes públicos y también, por tanto, el Parlamento de Cataluña».

Igualmente, el Tribunal considera que, durante la tramitación de la ley, el Parlament incurrió en «muy graves quiebras del proceso legislativo, que afectaron sin duda a la formación de voluntad de la Cámara, a los derechos de las minorías y a los derechos de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos mediante representantes». La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Ollero, asevera que “un poder que niega expresamente el derecho se niega a sí mismo como autoridad merecedora de acatamiento”.

Respecto al referéndum de autodeterminación, al que se refiere la ley anulada, el Tribunal afirma que “lo que a todos afecta, es decir, la permanencia o no de ese Estado común en que España quedó constituida, no podría, llegado el caso, sino ser reconsiderado y decidido también por todos; lo contrario entrañaría, con la ruptura de la unidad de la ciudadanía, la quiebra, en términos jurídico-constitucionales, de la Nación de todos”. El Tribunal reitera a las autoridades y cargos públicos de la Generalitat su deber, ya expresado en la sentencia del pasado 7 de septiembre, de “impedir o paralizar cualquier iniciativa que pudiera suponer ignorar o eludir el fallo de esta sentencia”, que tiene «plenos efectos frente a todos».

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