¿Te pueden despedir en Francia por no presentar el certificado de vacunación? El Ministerio de Trabajo responde
La ley francesa incluye un proceso de suspensión del contrato de trabajo (de empleo y sueldo) si el empleado no ha podido vacunarse
La ley francesa incluye un proceso de suspensión del contrato de trabajo (de empleo y sueldo) si el empleado no ha podido vacunarse
La ministra francesa de Trabajo, Élisabeth Borne, explicó este martes que las sanciones contra los empleados que tengan la obligación de presentar el certificado sanitario en su lugar de trabajo podrían llegar hasta el despido si se niegan a vacunarse.
Estos trabajadores, como los empleados de la hostelería o de los transportes de larga distancia, tendrán que presentar a partir del 30 de agosto el certificado sanitario que acaba de aprobar el Parlamento y que obligará al resto de ciudadanos a mostrarlo también, en principio desde principios de agosto.
«El objetivo es convencer a los empleados y facilitar la vacunación, por ello hemos permitido una autorización de ausencia» para acudir a vacunarse, indicó la ministra en unas declaraciones a BFMTV.
Borne explicó que la ley incluye un proceso de suspensión del contrato de trabajo (de empleo y sueldo) si el empleado no ha podido vacunarse que se levantaría en el momento en el que el trabajador pueda presentar el documento acreditativo.
«Como no hay salario, esta disposición no puede durar indefinidamente. Habíamos querido introducir en la ley la forma en la que se podría recurrir al despido, al que no se podría recurrir antes de dos meses y que se acompañaría de una indemnización para los trabajadores», dijo Borne.
Esta cláusula sobre el despido fue retirada en la revisión del texto en el Senado.
«Esto no quiere decir que ahora no pueda haber despidos, sino que ahora está menos delimitado, que podría aplicarse antes de los dos meses, como está recogido ya en el código laboral», añadió Borne que se mostró convencida de que la amplia mayoría de los empleados van a vacunarse y que los que se nieguen serán «casos excepcionales».
El uso del certificado sanitario -prueba de tener la pauta completa de vacunación, un test negativo de las 48 horas anteriores o de haber pasado la enfermedad en los seis meses previos- se empezó a aplicar por decreto el 21 de julio en museos, cines y otras salas de espectáculo y deporte.
Tras su aprobación por los diputados y senadores, su uso será extendido una vez que se promulgue el texto a principios de agosto a bares, cafés, restaurantes (terrazas e interior) y también a trenes, aviones y algunos centros comerciales, pero también hospitales, a excepción de las urgencias.
La ley encuadra también la vacunación obligatoria de los sanitarios, que se aplicará también a partir del 15 de septiembre. El personal sanitario se verá afectado de la misma manera por la suspensión de empleo y sueldo si no pueden presentar dicho documento.
Fuente: EFE