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¿Quién manda en el Vaticano mientras el Papa está ingresado? ¿Y si se queda impedido?

El gobierno de la Iglesia continúa con relativa autonomía mientras Francisco está en el hospital

¿Quién manda en el Vaticano mientras el Papa está ingresado? ¿Y si se queda impedido?

Ilustración de Alejandra Svriz.

El pasado 14 de febrero, el papa Francisco fue ingresado en el Hospital Universitario Agostino Gemelli, en Roma, para tratarse de una bronquitis que llevaba arrastrando varios días. Una condición que acabó derivando en una neumonía bilateral y que ha incluido varios episodios de broncoespasmos e insuficiencia respiratoria. En estas semanas, los casi 1.400 millones de bautizados y el mundo en conjunto permanecen en vilo acerca de la salud del pontífice, de 88 años.

La avanzada edad del obispo de Roma, unida a la aguda crisis que su organismo está experimentando, ha llevado a muchos a preguntarse por el futuro de la Iglesia y hasta a especular sobre los potenciales papabili en un futuro cónclave. Sin llegar al momento en que los cardenales se encierren en la Capilla Sixtina, existen otros posibles escenarios previos en los que la enfermedad del Papa genera preguntas.

El gobierno de la Iglesia en ausencia del papa Francisco

Una de las cuestiones más inmediatas que plantea el ingreso de Francisco es cómo se gobierna la Iglesia mientras el sucesor de Pedro permanece en el hospital. También qué ocurriría si el Papa quedase permanentemente incapacitado, por ejemplo si hubiera que sedarle o entrase en coma. Lo cierto es que la llamada Curia romana —algo así como el cuerpo funcionarial de la Santa Sede— es un organismo relativamente autónomo que es perfectamente capaz de continuar su trabajo ante una ausencia no demasiado prolongada del Santo Padre.

Esa Curia se organiza en los llamados dicasterios —el equivalente de los ministerios en un gobierno civil—, que siguen adelante con sus proyectos en la medida en que estos no precisen de un plácet explícito de Francisco. En casos como el presente, la administración vaticana gobierna siempre ad mentem papam, en la mente del Papa, tratando de adherirse a lo que haría el pontífice.

Sede impedida y sede vacante

Otro ‘latinajo’ que impera en este tipo de situaciones es el de nihil innovetur. El Código de Derecho Canónico (CDC) —la recopilación de leyes fundamentales de la Iglesia— recoge esta expresión al hablar de una situación de sede impedida o vacante. Este último término, el de sede vacante, es más conocido entre el gran público y acota el periodo entre la muerte o renuncia de un papa y la elección de su sucesor. Menos conocida, por menos frecuente, es la situación de «sede impedida», que como su propio nombre indica se da cuando el obispo de Roma se encuentra indispuesto para gobernar la Iglesia, normalmente por motivos de salud física o mental. Para ambos escenarios, el Código de Derecho Canónico insiste en su canon 335 en que «nada se ha de innovar (nihil innovetur) en el régimen de la Iglesia universal». En concreto, explicita que han de observarse las leyes especiales dadas para esos casos.

Dejando a un lado la sede vacante, ya que Francisco no ha renunciado ni ha fallecido, el CDC no desarrolla la figura de la sede impedida en el caso de los papas. Sí lo hace, en cambio, para el caso de los obispos. El Código aclara que esta situación se da cuando el obispo «se encuentra totalmente imposibilitado para ejercer su función pastoral» por cautiverio, relegación, destierro o incapacidad, hasta el extremo de que «ni aun por carta pueda comunicarse».

La Iglesia establece que, en estas circunstancias, el gobierno de la diócesis recaiga sobre un obispo coadjutor o uno auxiliar. Esta salida, sin embargo, no puede aplicarse para la diócesis de Roma, ya que el Papa no gobierna sólo la Ciudad del Vaticano, sino toda la Iglesia. O, en jerga vaticana, no es un simple obispo, sino el «siervo de los siervos de Dios». En cambio, en el caso de un papa impedido, el CDC no se moja demasiado. En caso de sede vacante, como es conocido, el procedimiento es el cónclave, regulado en la constitución apostólica Universi Dominici Regis, promulgada por Juan Pablo II en 1996.

De momento, rige el «no innovar»

No obstante, cabe insistir en que de momento no estamos aún en ninguno de esos escenarios, ni el de sede vacante ni el de sede impedida. El motivo es que el papa Francisco, con las lógicas limitaciones, sigue gobernando la Iglesia desde su habitación en el policlínico Gemelli. El Vaticano ha ido informando, por ejemplo de que durante su ingreso hospitalario ha trabajado, ha firmado documentos (como la renuncia de algún obispo) y ha recibido a su secretario de Estado y al sostituto (equivalentes respectivamente al ministro de Exteriores y al jefe de gabinete del pontífice).

Sólo en caso de una convalecencia más larga del papa Francisco podrán plantearse otras preguntas. Mientras, sigue aplicando el principio de que la Curia no podrá «innovar» en ausencia de Francisco.

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