Madrid veta desde el 1 de enero estos vehículos si no llevan distintivo ambiental de la DGT
Muchos conductores tendrán que buscar otras alternativas como vehículos más modernos o el transporte público

Una furgoneta. | Canva
En los últimos años, la normativa sobre movilidad urbana en muchas ciudades españolas se ha endurecido. La intención es reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire, favoreciendo los vehículos menos contaminantes. Un ejemplo claro es la iniciativa de limitar el acceso y la circulación de turismos y furgonetas en función de su distintivo medioambiental. Por eso, la DGT prohibe la circulación de algunos coches por la ciudad.
Este endurecimiento de las restricciones afecta a cientos de miles de vehículos. De hecho, más de 300.000 automóviles en activo se encuentran en la categoría sin distintivo. Por lo que, no podrán circular a partir de las 00 horas del 1 de enero de 2026.
La pegatina que van a necesitar los coches
Para poder circular por Madrid en 2026, todos los vehículos deben llevar el distintivo medioambiental de la DGT. Esa pegatina, normalmente adherida en la parte inferior derecha del parabrisas, sirve para clasificar los automóviles según su nivel de emisiones. Las principales categorías reconocidas por la DGT son:
- Etiqueta CERO: incluye a los vehículos 100% eléctricos, a los híbridos enchufables con suficiente autonomía eléctrica y de bajas emisiones, así como a los vehículos de hidrógeno.
- Etiqueta ECO: la tendrán los híbridos no enchufables, los microhíbridos y los vehículos propulsados por gas.
- Etiqueta C: los turismos con motores de combustión más modernos y menos contaminantes como los de gasolina o diésel.
- Etiqueta B: para los coches de combustión algo más antiguos. Los que tienen gasolina y datan del 2001 al 2005. Así como los diésel desde el 2006 al 2013.
Los coches no podrán circular
La medida más drástica afecta a la categoría de vehículos sin distintivo. Es decir, a aquellos turismos y furgonetas que no cumplen los requisitos para ninguna de las etiquetas citadas, generalmente por ser modelos antiguos con niveles elevados de emisiones. En concreto, los coches de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006.
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Desde el 1 de enero de 2026, estos vehículos dejarán de poder circular por todo el municipio de Madrid. El incumplimiento de la normativa implicará una multa de 200 euros. Existen algunas excepciones limitadas, para los vehículos que por su naturaleza especial tienen otro trato: los vehículos destinados a personas con movilidad reducida, siempre que estén autorizados y correctamente registrados. Los coches históricos con etiqueta H. Y las ambulancias, bomberos y coches de policía.
¿Y el resto de vehículos?
Para los vehículos con etiqueta medioambiental, las reglas de circulación variarán según la categoría y la zona de la ciudad a la que quieran acceder:
- Etiqueta B: podrán circular por el municipio entero, pero en zonas sensibles como el centro o zonas como la M-30 solo podrán entrar si van a un aparcamiento, si están domiciliados en Madrid o si cuentan con invitación de residente.
- Etiqueta C: con esta pegatina podrán circular por toda la ciudad. Aunque en zonas reguladas como el centro o Plaza Elíptica pueden tener limitaciones similares a los de etiqueta B.
- Etiqueta ECO: dan acceso sin restricciones al municipio. Además, pueden beneficiarse de ventajas, como rebajas en aparcamientos públicos o en la tasa de estacionamiento regulado.
- Etiqueta CERO: se trata de los coches 100% eléctricos, de hidrógeno o híbridos enchufables con autonomía eléctrica suficiente. Los cuáles, tienen total libertad de circulación en toda la ciudad, acceso preferente y beneficios como descuentos o exenciones en aparcamientos públicos.
Por tanto, el nuevo sistema prioriza penaliza los coches más contaminantes, con el objetivo de promover una movilidad sostenible y reducir los niveles contaminación. De forma que, cuanto más limpio y menos contaminante sea el coche, menos restricciones tendrá, especialmente en zonas sensibles como el centro o la M-30.
