Albares no quiere que los diplomáticos den clases de postgrado en centros privados
«El ministro debería reconocer nuestros derechos, con o sin dedicación exclusiva, a ejercer esporádicas docencias, de la misma manera que lo hacen en la actualidad los abogados del Estado, economistas del Estado, jueces o magistrados»

El ministro de asuntos Exteriores, José Manuel Albares
En estos momentos en los que el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, es objeto de numerosísimas críticas por parte de sus compañeros de cuerpo, quiero reiterar por escrito el testimonio oral que ofrecí el pasado 26 de febrero ante la Asamblea General de la Asociación de Diplomáticos Españoles, (ADE), que, muy eficazmente, dirige Alberto Virella desde su democrática elección.
Denuncié ante los asistentes, y los muchos compañeros que siguieron la reunión online, la situación que me había tocado sufrir durante mis pasados meses de promoción de un curso de postgrado –mini master sobre Política y Acción Exterior, Funciones Consulares, Cooperación, y Organismos Internacionales, lo titulé inicialmente-, desde la institución docente privada ISDE Law & Business School. Se trataba de un programa de 90 unidades didácticas dividido en seis módulos, estando uno de ellos dedicado a las funciones consulares.
El pasado septiembre teníamos ya cerrado, tras distintas reuniones de trabajo e intercambio de correos con decenas de compañeros, profesores universitarios, periodistas y algunos miembros de otros Cuerpos superiores de la Administración Pública, un programa completo, y contábamos con unos treinta ponentes de elevada especialización en cada una de las materias asignadas. En lo referente al módulo consular, cinco compañeros en activo en el Ministerio se habían repartido los diez temas que hoy más afectan a nuestros Consulados en el exterior: censo y protección de españoles, visados, nacionalidad, tareas registrales y notariales, emergencias, etc.
Desgraciadamente, una de las compañeras a la que había propuesto la dirección y una de las ponencias de otro de los módulos, se preocupó por la posibilidad de que estas clases pudiesen chocar con la Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas núm. 53/1984. Aunque hice lo posible por convencerla de que ello no era así, dada la existencia en el citado texto de un art. 19, letra 1 h) que las autoriza expresamente, los numerosos precedentes de otros cuerpos superiores y los informes positivos que tenía de expertos juristas, no logré que superase su preocupación, lo que yo atribuí al temor -más recientemente otros compañeros en activo han hablado de «terror»- existente en Exteriores, de que cualquier iniciativa personal sin autorización previa pudiese encontrar un inmediato o futuro castigo del temido ministro Albares.
Rechazó, pues, mi joven compañera, que había sido ya embajadora y que, sin duda, esperaba volver a serlo, mi oferta, y así lo comunicó a los otros colegas que habían aceptado mi invitación sin haberse planteado similares preocupaciones o venciéndolas tras mis justificaciones. Ello llevó a que, desgraciadamente, todo el valioso equipo de expertos consulares en activo, comprometido ya con el citado módulo, se diese finalmente de baja, deteriorando la imagen académica del curso que empezaba a publicitarse, lo que pasó a hacer más difícil que pudiésemos alcanzar las 20 matrículas necesarias para ponerlo en marcha.
Proyecto frustrado
Recurrí, pues, a la Subsecretaría pues, desde que inicié mi dilatada carrera diplomática y consular de 45 años (1972-2017), su titular ha sido siempre reconocido como el «Jefe de la Casa», pieza clave para todos los diplomáticos en la defensa de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones. Supe entonces que esta cuestión de «posibles incompatibilidades» estaba en manos de la Inspección General de Servicios, entrevistándome con su máximo responsable.
Durante una intensa charla, defendí a fondo la total compatibilidad de estas clases ocasionales y profesionales, llegando a consensuar un texto que hubiese permitido recuperar a los compañeros en activo que se habían retirado del proyecto formativo, muy dirigido además a fortalecer la preparación de actuales o futuros opositores. Sin embargo, el Inspector General decidió que tenía que someter nuestra favorable interpretación al criterio final de la Superioridad, que, según me comunicó al día siguiente, resultó ser contrario.
Dado que la ley concede un largo plazo de dos meses para contestar a una eventual consulta ante el Ministerio de la Presidencia, que yo, jubilado, no podía plantearla, y que ningún compañero en activo quiso solicitarla, terminó imponiéndose, de manera tácita, la errónea tesis de la incompatibilidad. Ello me ha atormentado desde entonces, al pensar que mi frustrado proyecto habría hecho que cundiese la impresión falsa de que lo que yo estaba proponiendo de dar unas clases retribuidas en una institución privada venía prohibido por la mencionada ley.
Por todo ello, finalicé mi intervención ante tan querida audiencia exhortando a la ADE, y a todos mis compañeros en activo, a que diesen una batalla más para que el ministro Albares reconozca el derecho de los mismos, con o sin dedicación exclusiva, a ejercer esporádicas docencias en sus áreas de interés, de la misma manera que lo hacen en la actualidad los abogados del Estado, economistas del Estado, jueces, magistrados y los técnicos de la Administración Civil, por citar los para mí más cercanos.