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Sanidad

Sanidad oculta los ingresos procedentes de las tasas a las farmacéuticas

Transparencia obliga a la Agencia Española de Medicamentos a facilitar esta información en un plazo de diez días

Sanidad oculta los ingresos procedentes de las tasas a las farmacéuticas

Técnicos de laboratorio. | Europa Press

El Ministerio de Sanidad tendrá que facilitar el nombre y los pagos que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ha recibido de las farmacéuticas en concepto de tasas durante los años 2020, 2021 y 2022. Así se desprende de una resolución de Transparencia consultada por THE OBJECTIVE, en la cual el organismo público obliga a la administración a facilitar esta información tras varias negativas.

La agencia cobra tasas a los laboratorios por los procedimientos de autorización, modificación, renovación o mantenimiento de medicamentos en el mercado o la realización de evaluaciones de ensayos clínicos. La última actualización tuvo lugar en junio de 2023. La tasa más elevada es la correspondiente a la autorización e inscripción en el registro de un expediente completo, por la cual las farmacéuticas deben abonar 17.073 euros.

Atendiendo a esto, el solicitante reclama a Sanidad el nombre de las empresas y laboratorios farmacéuticos que realizaron algún tipo de pago a la Aemps en los ejercicios 2020, 2021 y 2022, y la cantidad total abonada, así como el desglose de dicha cantidad entre los distintos conceptos por los que se abonaron las tasas.

En una primera respuesta, el pasado 25 de abril, la agencia del medicamento resolvió no conceder esta información ante un supuesto de «reelaboración de la información» regulado por el art.18 de la LTAIBG. «Para poder suministrar la información solicitada, se tendría que llevar a cabo una compleja reelaboración por parte del servicio de tasas y contabilidad de la Agencia, puesto que se trata de una serie de datos que no constan en un solo archivo o expediente del que poder extraerlos. Habría que hacer uso y búsqueda manual de gran cantidad de información y documentación archivada en diferentes expedientes correspondientes a todas las empresas y laboratorios farmacéuticos que han hecho cualquier tipo de pago durante esos tres años», se justifica la Aemps.

La interpretación de la agencia es «completamente incierta»

Una respuesta que no contentó al reclamante de la información, que cuatro días después, el 29 de abril, elevó la consulta al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno señalando que la interpretación de la agencia es «completamente incierta», ya que los datos que solicita figuran en el Plan de Contabilidad que obligatoriamente debe llevar la Aemps, tal y como consta en el artículo 52 del RD 1275/2011, de 16 de septiembre, por el que se crea la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

«La Aemps no tiene que «volver a elaborar» ninguna información, sino simplemente extraerla de su Plan de Contabilidad. Tampoco tiene que «elaborar expresamente» los datos para dar la respuesta, ya que está obligada por ley a llevar una contabilidad estricta donde ya figuran. Desde luego no es necesario que utilice «diversas fuentes de información», con el
Plan de Contabilidad es suficiente», indica el reclamante, que agrega que «parece indudable que dicho organismo dispone de los medios técnicos necesarios para extraer y explotar la información concreta que se solicita, que muy resumidamente son un ordenador y un archivo de excel».

Tras esta petición, Sanidad, a instancias de Transparencia, facilitó días después un cuadro de excel donde figura el número del cliente (sin identificar el nombre de farmacéutica, ya que según la Aemps, en la base de datos de donde se extrae la información únicamente aparece la información del número de cliente asociado a la tasa pagada), el epígrafe de la tasa, la descripción de la tasa y, finalmente, su importe para los años 2020, 2021 y 2022.

Transparencia obliga a la Aemps a dar los nombres de las farmacéuticas

Una información que el reclamante califica de «tomadura de pelo». «No creo que exista ninguna empresa u organismo en
España que tenga completamente disociados los números de clientes y el nombre de dichos clientes». Además, observa que en el excel aportado por la Aemps, en la columna con el número de cliente, «hay múltiples celdas vacías». «Todo parece indicar que las celdas vacías que están debajo de un número de cliente son entradas que también pertenecen a este».

De esta forma, partiendo de lo hasta ahora expuesto, Transparencia resuelve estimar la reclamación a fin de que se complete la información proporcionada al reclamante en el trámite de alegaciones con la identificación de las empresas y laboratorios a las que corresponden los números asignados en la columna de clientes, facilitando la información solicitada.

«Con independencia de que ese nombre se encuentre o no en la base de datos de la que se ha extraído la información ya facilitada, resulta evidente que el dato de número de cliente identifica a una determinada empresa o laboratorio y que el cruce o combinación de ambos datos no supone más que la realización de una operación de reelaboración básica», concluye el organismo público, que insta a Sanidad a remitir al reclamante el nombre de los laboratorios en un plazo máximo de diez días.

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