El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha concedido el tercer grado o semilibertad al expresidente de Bankia Rodrigo Rato, que podrá salir de la cárcel mediante control telemático, y abre la puerta a que por su edad y problemas de salud pueda pedir la libertad condicional. No obstante, la progresión no es inmediata, ya que ahora la Junta de Tratamiento de la cárcel en la que ingresó el 25 de octubre de 2018 debe decidir la manera en que cumple ese tercer grado y acordar centro de cumplimiento y plan de ejecución, han informado a Efe fuentes penitenciarias.
Lo más importante: una vez absuelto de la acusación por la salida a bolsa de Bankia, el magistrado José Luis Castro ha admitido el recurso que éste interpuso en julio contra la denegación del tercer grado, y justifica haber esperado a la sentencia para resolverlo en las altas penas de cárcel que pedía para él la Fiscalía Anticorrupción en esa causa (ocho años y medio por estafa de inversores y falsedad contable).
Según el auto, el juez ha tenido en cuenta, entre otros factores, para concederle la semilibertad que ya ha hecho frente a la responsabilidad pecuniaria derivada de su condena a cuatro años y medio de cárcel por las «tarjetas black«. En este sentido, el juez observa que la asunción de responsabilidad por parte del penado va más allá del pago de la responsabilidad civil, al haber además pedido perdón de forma voluntaria, pública y notoria antes de su ingreso en prisión.
También ha valorado el informe favorable al tercer grado de la Junta de Tratamiento de la cárcel madrileña de Soto del Real en la que cumple condena, al que después se negó en un Acuerdo la Secretaría General de Instituciones Penitenciaria, lo que motivó que Rato lo recurriese y estuviese desde julio pasado a la espera de su resolución.
Entre los factores positivos para la concesión del tercer grado, el juez incluye también el hecho de que Rato haya disfrutado de permisos de salida sin incidencias, lo que disipa la posible alarma social, uno de los requisitos para la obtener la semilibertad que, según el juez, «no puede mantenerse indefinidamente». A todo esto añade que el bajo pronóstico de reincidencia del preso, fundamentalmente en atención a la actividad profesional y su edad.
Por todo ello concluye que en este caso se dan las circunstancias que le hacen merecedor de la semilibertad, «debiendo unir a ello su avanzada edad (71 años) que le permitiría, si se dan los requisitos legales, obtener la libertad condicional por esta causa, así como por las enfermedades coronarias que padece».
Rato era el único condenado por el caso de las tarjetas opacas de Caja Madrid que aún permanecía en segundo grado, ya que el resto está ya en régimen abierto.