La Audiencia Nacional ha condenado este jueves a penas de entre ocho y 53 años de cárcel a tres miembros de una célula yihadista por los atentados que en 2017 provocaron 16 muertos y 140 heridos en Cataluña.
En contexto: los atentados se produjeron el 17 de agosto de ese año en la ciudad de Barcelona, mediante un atropello masivo con una furgoneta, y en la localidad catalana de Cambrils.
En concreto, la sección tercera de la Sala de lo Penal condena a 53 años de prisión a Mohamed Houli, quien resultó herido en la explosión en Alcanar (Tarragona), 46 a Driss Oukabir, quien alquiló la furgoneta de Las Ramblas, y ocho años para Said Ben Iazza por prestar su documentación y una furgoneta para comprar y transportar artefactos explosivos.
A los dos primeros, la sentencia les atribuye delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito así como fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.
La Sala sin embargo ha rechazado considerar a ambos coautores de 14 delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista, así como de 34 delitos de lesiones de carácter terrorista y de cinco de lesiones por imprudencia como pedían algunas acusaciones, no así la Fiscalía.
A Said Ben Iazza, la Audiencia Nacional le condena a ocho años por el delito de colaboración con organización terrorista y le impone, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como y la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años desde que cumpla la pena de prisión.