Estos son los animales que no podrás tener en casa según la nueva Ley de Bienestar Animal
El objetivo es la «protección, garantía de los derechos, y bienestar de los animales de compañía» como las cobayas y cerdos vietnamitas, entre otros
La Ley de Bienestar Animal se aprobó el pasado mes de agosto y con ella cambió los animales que pueden tenerse en casa, entre otras cosas. Según el BOE, el objeto de la ley es «establecer el régimen jurídico básico en todo el territorio español para la
protección, garantía de los derechos, y bienestar de los animales de compañía y silvestres en cautividad». Se entiende como derechos de los animales en esta ley «su derecho al buen trato, respeto y protección, derivados de las obligaciones que el ordenamiento jurídico impone a las personas, en particular a aquéllas que mantienen contacto o relación con ellos».
«En España en uno de cada tres hogares se convive con al menos un animal de compañía, y así, según la información resultante de los registros de animales de compañía de las comunidades autónomas, en la actualidad hay más de trece millones de animales de compañía registrados e identificados. Pese a ello, se estima que aproximadamente el cincuenta por ciento de los animales de compañía existentes se encuentra fuera del control oficial, al no estar identificados legalmente, con el riesgo que ello supone, tanto para su adecuada protección como para la propia seguridad y salud pública y la conservación de la biodiversidad», explica el documento.
Ya en 2013 se incluyó en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras algunos de los animales que no se pueden «domesticar» como son: la cotorra argentina, el erizo egipcio, el mapache o la tortuga de Florida. Con esto se pretende que no se produzca una pérdida de biodiversidad en todo el mundo, pues las especies invasoras se desplazan e incluso acaban con las especies autóctonas.
Quien ya tenga uno de estos animales en casa, podrá mantenerlo como animal doméstico, pero deberá notificarlo a las autoridades e informar al Comité Técnico y Científico para la Protección de los Animales.
Listado de animales
Aquí van todos los animales que ya no se pueden tener en casa (a partir de 2023):
- Roedores: cobayas, chinchillas, ratones y hámsteres, por tener un carácter invasor que podría dañar la fauna silvestre autóctona.
- Cerdos vietnamitas.
- Erizos.
- Tortugas: por la cantidad de enfermedades que transmiten.
- Reptiles exóticos como iguanas, serpientes, lagartos, camaleones o geckos.
- Peces exóticos.
- Aves: cotorras, agapornis, periquitos y especies de otros países, por no ser autóctonas de España.
- Arañas: también por la transmisión de enfermedades.
La consecuencia de tener estos animales en los hogares pueden ser, depende del caso:
- Penas de cárcel de entre 18 y 24 meses si el animal muere.
- Penas de cárcel de hasta 36 meses si se da más de un agravante.
- Inhabilitación de entre cinco y diez años para vivir o trabajar con animales.
- Con respecto a las infracciones más leves, habrá sanciones de entre 500 y 10.000 euros; las graves de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves partirán de 50.001 hasta 200.000 euros.
Para más concreción, en el BOE se enumeran así las especies: «Acrothamnion preissii, Didymosphenia geminata, Gracilaria vermiculophylla, Lophocladia lallemandii, Womersleyella setacea, Arbutus unedo, Centranthus ruber, Cytisus scoparius, Eschscholzia californica, Ricinus communis, Spartium junceum para Canarias, Crassula helmsii, Elodea nuttallii, Fallopia baldschuanica, Hedychium gardnerianum, Hydrocotyle ranunculoides, Nicotiana glauca, Nymphaea mexicana, Oxalis pes-caprae, Crepidula fornicata, Dreissena bugensis, Ficopomatus enigmaticus, Melanoides tuberculatus, Mnemiopsis leidyi».
«Potamocorbula amurensis, Rhopilema nomadica, Limnoperna escurris, Dysdera crocata, Ommatoiulus moreletii para Canarias, Linepithema humile, Monomorium destructor, Paratrechina longicornis, Tapinoma melanocephalum. Armadillidium vulgare para Canarias, Dyspanopeus sayi, Dikerogammarus villosus, Orconectes limosus, Percnon gibbesi excepto Canarias, Rhithropanopeus harrisii. Misgurnus anguillicaudatus, Scardinius erythrophthalmus. Duttaphrynus melanostictus. Acridotheres spp., Alopochen aegyptiacus, Branta canadensis, Pycnonotus cafer, Pycnonotus jocosus, Quelea quelea, Threskiornis aethiopicus, Atelerix albiventris, Hemiechinus auritus, Herpestes javanicus y Rousettus aegyptiacus».