El Chicle, condenado a 5 años por intentar agredir sexualmente a una joven en Boiro
Se le considera autor de un delito de detención ilegal consumado y de otro de agresión sexual en grado de tentativa
José Enrique Abuín Gey, alias el Chicle, ha sido condenado este martes a cinco años y un mes de prisión por el intento de agresión sexual a una joven en Boiro, A Coruña, el 25 de diciembre de 2017. Ha sido condenado por la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela. También ha sido condenado por un delito leve de lesiones, por el que debe pagar una multa de 600 euros.
En el fallo judicial, al único encarcelado por la muerte de la madrileña Diana Quer se le considera autor de un delito de detención ilegal consumado y de otro de agresión sexual en grado de tentativa sobre una joven en Boiro, según la resolución divulgada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Además, ha sido condenado a la prohibición de acercarse a menos de medio kilómetro de la víctima, así como a su domicilio, y tampoco podrá ponerse en contacto con ella por cualquier medio durante diez años.
También tendrá que abonar a la víctima 11.546 euros por incapacidad temporal y secuelas. Al servicio gallego de salud (Sergas), deberá pagarle 1.120 euros más la cantidad que se determine en la fase de ejecución de la sentencia en concepto de los gastos de asistencia psicológica que se presten a la afectada.
El 10 de abril, el Chicle negó que hubiese intentado raptar a la joven en Boiro y aseguró que lo único que intentó hacer fue robarle el teléfono móvil. Así, negó que hubiera intentado meter a la víctima en su coche y aseguró que no llegó a abrir el maletero del vehículo.
Sin embargo, los magistrados han asegurado que la intención de Abuín Grey era coger a la mujer, «meterla en el coche y trasladarla a algún lugar para satisfacer a su ánimo libidinoso«. «No se le ocurre a este tribunal ninguna otra alternativa. Su intención no era la de apoderarse de su dinero o el móvil. Lo que pretendía era coger el teléfono de la víctima para que no pudiese pedir ayuda», afirman.
Para refrendar este argumento, los jueces hacen constar que el acusado rechazó el dinero que le ofrecía la víctima, por lo que concluyen que «si hubiera querido robarle no tenía necesidad alguna de introducirla en el coche». Además, afirman que el ataque sorpresivo a una mujer, de noche y en una zona poco transitada, y el intento reiterado de encerrarla en el maletero del vehículo «llevan a inferir, como única hipótesis verosímil, que trataba de trasladarla a algún lugar más seguro para poder abusar sexualmente de ella».
El tribunal considera que el hecho de que no pudiera materializar el abuso sexual obedece a la entereza de la víctima, que ha pedido reservar su anonimato, que se resistió a la agresión, así como a la ayuda de dos jóvenes que, al acudir en auxilio de la víctima, obligaron al acusado a huir del lugar del crimen, informa Efe.