La nueva legislación va a hacer estallar el mercado laboral entre los pilotos de drones
Llegan drones de carga, con pasajeros, de reparto… y necesitarán pilotos homologados que no hay
Fue una de las jornadas más amargas de sus vidas hasta entonces. Una pareja de novios valencianos, a días de su enlace, decidieron irse a la zona de La Albufera para grabarse con un dron y añadir esas imágenes al álbum de fotos. El aparato, comprado el día antes en unos grandes almacenes, fue el primer regalo de boda. El segundo, bastante menos afortunado, fue una propuesta de sanción por valor de 6.500 euros.
Lo que no sabían aquella pareja de jóvenes es que estaba prohibido volar en las inmediaciones un dispositivo de ese tipo, y por dos razones. Una es que el lugar está situado en la zona de influencia del aeropuerto de Manises, un lugar sensible en el que se pueden interrumpir las operaciones en marcha. La segunda reside en que es un área de especial protección de la fauna aviar. Multa en mano, el resto de imágenes, durante o después de la ceremonia, fueron captadas por fotógrafos a pie.
Real Decreto Aéreo
En lo sucesivo, y de acuerdo con el Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, hacer esto sería posible, pero con muchas y distintas connotaciones. Las regulaciones en lo tocante al régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS) han cambiado de forma radical. Han pasado de unas leyes muy limitantes y algo toscas, a algo más permisivo. Sin embargo, existen una serie de pasos administrativos que son bienvenidos porque facilitan la actividad, pero necesitan mejorar y condicionarán el uso de estas aeronaves.
Las primeras normativas al respecto en España se publicaron en 2014, y partían de la base jurídica propia de los aparatos de radiocontrol y ultraligeros. Los drones de entonces eran mucho más simples que los de hoy, y las regulaciones se adaptaban a sus prestaciones. Uno de los primeros fue el AR Dron, de la marca Parrot, que estaba hecho de corcho. Era ligero, frágil, y de prestaciones muy limitadas. Con el tiempo llegaron otros más complejos, con más velocidad, autonomía, y capacidades.
La siguiente legislación, emitida en 2017, lo prohibía casi todo. No estaba permitido el vuelo en ciudades, sobre concentraciones de gente, cerca de edificios, en situaciones de riesgo, y contaba con una nomenclatura y pautas muy rígidas. El problema remitía entonces no al aparato en sí, como a su piloto, que era legalmente el responsable.
Salvador Bellver, el valenciano que preside la Asociación Española de Drones (Aedron), dispone en su ordenador de un vídeo grabado en Madrid, en el entorno del Palacio Real. Una chica de rasgos orientales —muy probablemente china— se bajó de un autobús, sacó de su mochila un pequeño dron, y lo hizo evolucionar alrededor del edificio. Lo sobrevoló, se acercó a sus ventanas, y cuando fue advertida de las limitaciones al respecto, hizo oídos sordos. A los pocos minutos recogió el aparato, y desapareció de la escena. Nunca más se ha vuelto a saber de ella, o de sus intenciones. Por poder, podría ser una turista atrevida, una estudiante de arquitectura con curiosidad, una espía, o la protagonista de una trama terrorista. Nunca se sabrá, y es algo que puso en guardia a los servicios de seguridad.
Para evitar situaciones así, la nueva reglamentación planta varias patas. La primera es que todo dron ha de estar registrado, asociado a un piloto, que, por lo tanto, será el responsable de sus acciones. En el momento en que se adquiere habrá que «matricularlo» tal y como se hace con otro tipo de vehículos que requieren de cierto control. La segunda gran regla es que cada una de estas aeronaves emitirá una señal de radio que la identifique. Esta suerte de radiobaliza la situará en altitud y posicionamiento geográfico. Las autoridades podrán saber dónde está, y quién lo pilota.
Fuerzas del orden de diversa índole pueden acceder a esta información en tiempo real gracias a dispositivos como el Aeroscope. Fabricado por la marca china DJI, detecta, posiciona y reconoce todo aparato de este tipo que vuele en un radio de cinco kilómetros. Diversas unidades de policía municipal, Guardia Civil, y autoridades aeroportuarias disponen de esta suerte de radar, y ofrece muy buenos resultados.
La tercera pata regulatoria, y de la que se duele Bellver, es de lo tedioso del proceso. Ahora se hace obligatorio solicitar un permiso para poder rodar un videoclip, grabar un concierto, manifestación, o hacerle fotos a un edificio. Al principio se podía hacer todo, luego casi nada, y ahora se abre la mano, pero con un proceso administrativo lento y farragoso.
Todo registrado
Un coche paga impuestos, tiene matrícula, abona un seguro, y su conductor tiene un permiso. Cuando quiere irse a la playa subido en él, le basta con arrancarlo y salir en dirección hacia el mar. Un avión, más regulado, controlado y con connotaciones de seguridad mucho más intensas, podría salir volando en el mismo día tras presentar el plan de vuelo. En los drones, los permisos podrían tardar entre 10 y 20 días.
Bellver dirige la compañía Ciudalia, que con sus drones presta sus servicios a rodajes publicitarios, inmobiliarias, o productoras musicales. En su hangar tiene aparcados dos docenas de ellos, y con la nueva ley tendrá que advertir de cada salida al operador aeronáutico de la zona. El territorio nacional se reparte entre tres: Saerco, Enaire, y Ferronats. Según donde se opere, habrá que contar con sus respectivas bendiciones a la hora de echar a volar un aparato.
El valenciano admite que «identificar es bueno, ayuda, pero se deben simplificar los procedimientos para volar, y acelerarlos, porque son muy lentos. Si quiero volar a cinco metros de altura para hacer fotos de una fuente, el plazo medio para que aeropuertos, aeródromos y resto de implicados den el visto bueno se puede ir a veinte días». La coordinación en el área de influencia es cachazuda y condiciona sobremanera la operativa laboral.
Excesivo celo público
El presidente de Aedron ahonda en el tema. «Según el tipo de dron, el tipo de vuelo, a veces tiene sentido y a veces no tanto, con trámites innecesarios, y en un proceso desproporcionado. La administración es demasiado prudente, y no quiere cargar con responsabilidades».
En lo sucesivo, con respecto al tipo, potencia, construcción, velocidades adquiridas, y sobre todo el peso, los UAS, o drones, estarán catalogados en varias clases. Arrancan desde el C0 en una escala que conduce hasta los C3 (C0, C1, C2 y C3). De acuerdo con estas categorías, tendrán más espacios donde volar… o menos. Los más antiguos y que no emitan la señal identificativa serán catalogados como peligrosos, y con ello, estarán sujetos a mayor número de limitaciones.
En cuanto a los pilotos, tras registrar sus drones, han de tener en regla su licencia de vuelo. Se obtiene online, en un proceso relativamente sencillo, que depende de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, AESA. A partir de ahí solo falta el seguro obligatorio de responsabilidad civil, que para usos profesionales ronda los 180 euros al año.
El cielo se va a nublar
Aparte de los conocidos para tomar imágenes o los de propósito meramente lúdico, llegan drones de reparto de empresas como Amazon, o de transporte de cargas, con pasajeros; el cielo se va a llenar de ellos. Lo de los drones no ha hecho más que empezar, va a crecer de mucho en los próximos años, y las actuales regulaciones quedarán obsoletas dentro de no mucho. El mercado laboral que se avecina va a crecer de forma exponencial, y las oportunidades de negocio son inmensas, pero es necesario que todo se agilice, que es lo que piden los implicados.
El futuro llama a la puerta, y hay que estar preparados para los nuevos escenarios, o quedaremos atrás. El espacio aéreo es el mismo, pero todo lo que ocurra sobre nuestras cabezas, va a cambiar para siempre. Y que no les pase como en aquella procesión andaluza, que el dron que grababa se quedó sin batería, y el santo tuvo que acelerar el paso so pena de que el aparato descalabrase a alguien. Esto va a ocurrir cada vez más, que haya drones volando, no lo del descalabro; la idea es justo que no ocurra, claro.