THE OBJECTIVE
Vidas cruzadas

Manuel Aragón: «El Parlamento ha decaído completamente en su función legislativa»

El exmagistrado del Tribunal Constitucional comparte su diagnóstico sobre el estado actual de la democracia

Manuel Aragón Reyes (Benamejí, Córdoba, 1944) es catedrático de Derecho Constitucional y magistrado emérito del Tribunal Constitucional. Entre sus numerosas publicaciones destacan sus trabajos dedicados a la Corona, la interpretación de la Constitución, el control parlamentario, la justicia constitucional y las autonomías territoriales. Se incorporó al Tribunal en el año 2004, a propuesta del Ejecutivo presidido por José Luis Rodríguez Zapatero, y tuvo un papel muy destacado, entre otras, en la sentencia del Estatut.

PREGUNTA.- Me encantaría que empezáramos hablando de tu infancia y tus años formativos.

RESPUESTA.- Yo nací en un pueblo del sur de Córdoba que se llama Benamejí, que entonces tenía unos 7000 habitantes, después se fue despoblando con la emigración a Cataluña; unas 2000 personas de mi pueblo se fueron sucesivamente a Cataluña. Era un pueblo lo suficientemente grande como para pudiera ser un muestrario de los diversos tipos sociales, pero al mismo tiempo lo suficientemente pequeño para que uno los pudiera apreciar de inmediato. Y la verdad fue una infancia feliz, muy enmarcada también en el campo. Allí estudié la enseñanza primaria en la Escuela nacional, en la que el maestro era mi tío y después comencé bachiller, primero en el Instituto de Cabra, como alumno libre, y después me fui a Málaga a estudiar el resto del bachiller en el Instituto Gaona. Otro tío mío era profesor de ese instituto y además era mi padrino y no tenía hijos. Así que viví con mis padrinos en Málaga al comienzo de la juventud. Allí hice el bachiller, en una Málaga que se me queda siempre ya en el recuerdo, pequeña. Y vine a Madrid en el año 63 a estudiar el preuniversitario en el Ramiro de Maeztu. Una experiencia para mí inolvidable. Posteriormente, hice Derecho ya que me permitía trabajar un poco, que lo necesitaba. Aunque no fue mi primera elección hacer Derecho, me acabó gustando mucho.La tesis doctoral que decidí hacerla sobre la idea del Estado en Manuel Azaña.

P.- Y ¿cómo fue realizar una tesis doctoral sobre Manuel Azaña a finales del franquismo?

R.- No se podía leer oficialmente porque sus obras no estaban autorizadas en España. Comencé la tesis en el año 70 y tuve que hacerme con las obras completas de Azaña que había sacado Juan Marichal en la editorial Oasis y me tuve que hacer con ella de contrabando, que así sí ya era posible en la Librería de León Cuesta, donde hemos adquirido tantas cosas semiclandestinas. Entré en contacto con Marichal y le pedí consejo. Así fui haciendo la tesis -aparte del material parlamentario y de la prensa de la época, que sí se podía consultar- con las obras, de los discursos, de las obras completas… las trabajé sobre esa edición que en España era clandestina. Y finalmente el tribunal la categorizó como Cum Laude, todo ello en tiempos de Franco. Es cierto que yo ya había tomado postura, vamos a llamarle así, no solamente intelectual, sino ideológica. Estuve involucrado en las actividades clandestinas de izquierdas.

P.- ¿Estabas integrado en movimientos universitarios o en otros movimientos clandestinos?

R.- No, no me integré en los movimientos antifranquistas universitarios, yo estaba ya integrado desde antes en los movimientos sindicalistas antifranquistas. Estuve cerca de la constitución de Comisiones Obreras. Por aquel entonces yo era un poco petulante, me consideraba mucho más serio que estas algaradas estudiantiles, y muy comprometido. Formaba parte del grupo que nos reuníamos todos los domingos con el padre Llanos en el Pozo del Tío Raimundo. Ahí conocí a Juliana Ariza y a una persona fundamental en mi vida, que fue Pepe Jiménez de Parga, abogado laboralista y del PCE profundo.

P.- ¿Tienes alguna participación en la Constitución del 78?

R.- Alguna. Por ejemplo, hice un dictamen criticando duramente la reserva material reglamentaria que en el anteproyecto de Constitución que iba elaborado por la ponencia. Me parecía eso que eso era una importación de la Constitución francesa, y aquello no procedía. Y bueno, se me hizo algo de caso. Siempre he estado muy próximo a Francisco Rubio. Él era secretario general del Congreso, Letrado Mayor de las Cortes Generales, asesor de la Ponencia Constitucional. Por lo tanto, indirectamente algo participé. Pero no puedo decir que haya he colaborado directamente con la elaboración de la Constitución, no es cierto. En cambio, sí con la elaboración de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que fue una aventura estupenda.

P.- ¿Tú opinión sobre la Constitución es hoy distinta a la que era cuando se aprobó?

R.- No ha cambiado mucho. Creo que los problemas constitucionales que tenemos no se deben tanto a las carencias de la Constitución como a su inaplicación o su falseamiento. Creo que la Constitución se hizo lo mejor que se pudo en aquellos momentos. Además, nunca hay que buscar una Constitución perfecta. No existe. Dejó algunos huecos, pero en términos generales me pareció entonces una buena constitución y me lo sigue pareciendo hoy. Sin perjuicio de que alguna vez habrá que reformarla para arreglar determinadas cosas, pero en el modo global creo que es una buena Constitución.

Foto: Carmen Suárez

P.- ¿Qué es una jurisdicción constitucional y que la diferencia de las otras jurisdicciones?

R.- Cuando llegó la transición política ya se vislumbraba que probablemente íbamos a transformarnos en un Estado constitucional democrático. Desde el primer momento, a lo que más dediqué mis publicaciones fueron dos cosas: la justicia constitucional y la monarquía parlamentaria, ambas me parecían las claves de nuestro futuro. Creo que no me equivoqué. Por eso comencé muy pronto a publicar sobre justicia constitucional. He dedicado a la justicia constitucional, probablemente, más de un tercio de mis publicaciones, en el sentido general, en derecho comparado, y al Tribunal Constitucional. ¿Qué es una jurisdicción constitucional? Junto con la jurisdicción ordinaria, que aplica las leyes y resuelve los conflictos normales entre los ciudadanos, los ciudadanos y el poder público, etcétera, se creó una jurisdicción especializada, un solo tribunal para todo el país especializado, llamado Tribunal Constitucional, que ejerce el monopolio del control constitucional de la ley. La jurisdicción ordinaria, que también tiene que aplicar la Constitución, puede anular un reglamento o actos contrarios a la Constitución, pero no puede anular una ley por contraria a la Constitución. Entonces tiene que plantear la consulta al Tribunal. La cuestión de constitucionalidad. Porque es el Tribunal Constitucional el único que puede anular una ley por inconstitucional, tiene lo que se llama el monopolio de rechazo. Y en un país que tenga una organización territorial políticamente descentralizada, como España, pues también tiene una competencia muy especial que es la resolución de conflictos entre el Estado y los entes territoriales políticos, las comunidades autónomas. Además, se le atribuyó a nuestro Tribunal Constitucional por la propia Constitución, otra competencia muy importante: el recurso de amparo.

Por último, es el supremo intérprete de la Constitución. Cosa muy importante, porque cuando se trata de un Estado constitucional democrático y de derecho, la Constitución obliga a todos los poderes públicos. En consecuencia, los jueces la aplican, interpretan las leyes de conformidad con la Constitución. Lo único que no puede anular la ley. El riesgo de que haya interpretaciones diversas en el mundo judicial de un mismo precepto de la Constitución crea inseguridad jurídica. De ahí que sea, como dice la Ley Orgánica del Tribunal, el supremo intérprete de la Constitución y su interpretación constitucional de las leyes obliga a seguirla a todos los jueces y tribunales ordinarios. Es una pieza fundamental. Por eso a mí me atraía tantísimo, porque puede controlar al poder normador de ese Estado, el Parlamento. Porque la democracia constitucional no es sólo una democracia de mayorías. No bastan las elecciones. No bastan mayorías parlamentarias para poder hacer lo que se quiera. El Parlamento no es soberano. El Parlamento sólo puede aprobar leyes si son conformes con la Constitución. Está atenido a los límites materiales, derechos fundamentales, estructurales que la Constitución impone. Por tanto es la pieza nuclear del sistema.

P.- Pero para cumplir su función, el Tribunal Constitucional, tiene que cumplir unos requisitos.

R.- Así es. Primero que esté bien compuesto. Que sus componentes sean juristas, como dice la Constitución, de probada solvencia y probada experiencia, de reconocida competencia… Segundo, que sean independientes; que a la hora de ejercer su función se atengan solo a la argumentación jurídica. Y hay que atenerse a los preceptos constitucionales, no a la política, o a moral, o a la religión, o a otras consideraciones. Por lo tanto, el sistema de selección de los magistrados del Tribunal Constitucional es fundamental. ¿Para qué? Para que pueda ejercer de manera fiel, objetiva, independiente, sus funciones, que son las más altas del Estado: puede anular leyes, es decir, puede anular aquello que la mayoría parlamentaria ha decidido. En ese sentido, es un poder contramayoritario y tiene que ser así. Pero eso no quiere decir que no sea un poder democrático. Primero, porque deriva su legitimidad de la propia Constitución y de la propia necesidad que la Constitución tiene de que haya un órgano de control, para vigilar que se cumpla. Y también de que él está sometido a la democracia, ¿a qué democracia? A la democracia de consenso. A la democracia que ha hecho la Constitución y que puede hacer la reforma. No a la democracia de la mayoría, donde el pluralismo político sí es capaz válidamente de dictar leyes de contenido y objetivos distintos según la mayoría política. Por tanto, el Tribunal es el que limita la democracia de la mayoría para que se sobreponga a ella la democracia de consenso.

P.- Se ha dicho que no era bueno que los magistrados del Tribunal Constitucional fueran jueces de carrera. ¿Compartes esta tesis?

R.- Comparto una tesis un poco más moderada. Creo que está bien que haya magistrados del tribunal que proceden del mundo judicial. Eso sí, siempre que procedan del máximo órgano del Poder Judicial ordinario, el Tribunal Supremo. Si se exige ser jurista de reconocida competencia, por lo menos objetivamente, se debería de cumplir una regla no escrita, que es: al Tribunal Constitucional solo va quien sea o haya sido magistrado del Tribunal Supremo, porque eso es una condición objetiva. Ya no me parece acertado, vamos a llamarlo así, que los jueces sean el componente mayoritario del tribunal. Porque la mezcla de profesores y de jueces es muy buena para el tribunal. He tenido la fortuna de estar en el tribunal con magistrados que antes eran magistrados del Tribunal Supremo excepcionales. Pero es muy bueno que haya el complemento teórico de aquellos que han dedicado su vida a estudiar y, en muchos casos, también a practicar. Que haya al menos varios constitucionalistas también, cosa que no siempre ha sucedido. Esa mezcla es muy buena,

P.- No tengo criterio para cuestionar la idoneidad técnica de algunos de los magistrados actuales, pero tengo, como cualquier ciudadano, el criterio para dudar de su independencia. El Gobierno ha propuesto como magistrado a un ex ministro de Justicia y una alto cargo de Moncloa. ¿No son este tipo de nombramientos perjudiciales para la reputación del Tribunal?

R.- Llegar al Tribunal tras ocupar un cargo político no significa que, necesariamente, no se vaya a actuar con independencia. Pero la apariencia de imparcialidad del Tribunal puede sufrir. Yo no puedo imputar a ningún magistrado, de antes o de ahora, haber actuado sin imparcialidad. No lo haría nunca. Pero sí es cierto, y lo he dicho muchas veces y lo he puesto por escrito, que convendría regular mejor el sistema de elegibilidad tanto para llegar al Tribunal Constitucional como para ser Fiscal General del Estado, impidiendo que se pueda nombrar a quienes inmediatamente antes han tenido un cargo político. Eso debería hacerse. Pero no porque piense que inevitablemente van a ser correas de transmisión de lo que les manden su antiguo jefe, sino porque sufre la imagen social. La independencia no es solamente la realidad, sino también la apariencia.

P.- Tu nombre se conoce por haber votado, en la sentencia del Estatut, en contra del interés del Gobierno que te designó. Se culpa a esa sentencia de ser el desencadenante del procés. Yo no acepto ese diagnóstico, pero aunque fuera cierto es irrelevante: ¿qué quieren decir? ¿Que vistas las consecuencias lo correcto era prevaricar?

R.- Las dos cosas que planteas están muy unidas. Primero, la extrañeza de que un magistrado pueda actuar no siguiendo los intereses políticos de aquellos que lo designaron. Realmente es terrible. Eso es admitir que lo propio es la prevaricación. ¿Cómo puede decirse eso de un magistrado Constitucional? Primero fui tachado de magistrado díscolo. Se estaba insultando a la figura, no solamente a mí, de los magistrados. Claro que yo nunca podría haber seguido instrucciones, por supuesto. Yo llegué al tribunal por empeño personal del presidente Zapatero y dejé claro que iba a ser absolutamente independiente, como es obvio. Además llevaba muchos años estudiando, publicando sobre la Constitución, la interpretación constitucional, la justicia constitucional… Siempre he sido independiente, como intelectual y como juez. Enlazamos con la segunda cuestión. La imputación a la sentencia de que ella fue la que inició el procés. Lo primero que hay que decir, a mí sí que me causó no extrañeza, escándalo, que el presidente de una comunidad autónoma encabezase una manifestación contra una sentencia del Tribunal Constitucional, como así sucedió en Cataluña. Me produjo escándalo también aquel editorial conjunto de todos los periódicos catalanes. Fueros cosas realmente muy tristes. Aquella sentencia, y yo no soy el más indicado para hablar de ella porque mi voto fue decisivo, si se lee bien y se leen bien los votos particulares disidentes contra ella, se puede perfectamente llegar a la siguiente conclusión: fue una sentencia unánime en la fundamentación jurídica y solo mayoritaria en el fallo. Todos, incluidos los magistrados que después serían disidentes, pensábamos que había una gran cantidad de preceptos que en su letra podían ser inconstitucionales y explicamos por qué. Sólo nos separamos al final, en que para la mayoría habría que anular solo 14 o 15 y las demás inconstitucionalidades podrían salvarse mediante una interpretación conforme a una sentencia interpretativa. Mientras que la minoría de los cinco pensaba que también debían haber sido declarados en el fallo inconstitucionales. Esa es la sentencia. Esa sentencia resumió, armonizó, toda la jurisprudencia anterior que estaba dispersa en muchas sentencias sobre asuntos muy distintos acerca de las bases constitucionales del Estado autonómico. Lo que son los Estatutos de autonomía, lo que es el sistema de distribución de competencias… Decidimos hacer toda esa construcción teórica, pero no innovando, clarificando, armonizando y resumiendo toda la jurisprudencia anterior.

Fue una tarea ardua. El tiempo será benévolo con esa sentencia. Desde el punto de vista jurídico, creo que se hizo la sentencia menos mala posible en aquella situación. Además, el Estatuto no fue solamente impugnado por el Partido Popular, fue impugnado por el Defensor del Pueblo, por Enrique Múgica, con un recurso de tanta amplitud, casi como el del PP. Fueron momentos difíciles, sometidos a muchas recusaciones. El tribunal tardó mucho en decidir, aunque parte del tiempo tuvo que llevárselo en problemas procesales. Y no fue la causa del proceso de secesión. Pero aunque lo hubiera sido, el tribunal no podía hacer otra cosa en Derecho más que cumplir con su obligación. El problema, como dijo muy bien Alfonso Guerra en una entrevista que le hizo ABC hace poco, el problema no era la sentencia del Tribunal, el problema fue hacer ese estatuto.

P.- Y otro ángulo de la pregunta sería, ¿cómo hubiera sido el procés si se hubiera declarado plenamente constitucional el Estatuto? ¿Hubiera tenido el Estado menos herramientas para defenderse?

R.- Yo creo que si se hubiera declarado constitucional todo el Estatuto, el proceso de erosión del Estado autonómico hubiera comenzado desde ese momento. No sé por qué derrotero hubiera ido, pero ya por los derroteros con menos control posible.

Foto: Carmen Suárez

P.- Tu discurso de ingreso en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación fue sobre el uso y abuso del decreto-ley.

R.- El tribunal fue demasiado flexible en el control de los decretos-leyes. Fue demasiado flexible y eso dio lugar a que se expandiera, y la expansión ya es tremenda en la actualidad. El decreto-ley se ha convertido en el modo ordinario de legislar, cuando es una norma reservada para situaciones de extraordinaria y urgente necesidad, como dice el artículo 86 de la Constitución. Esto me preocupa muchísimo. Además, el Tribunal Constitucional, en su momento, cuando yo estaba, desaprovechó una ocasión para radicar un tipo de decreto-ley más aberrante: el decreto-ómnibus, donde se modifican leyes, se trasladan directivas comunitarias, se trata asuntos de muy diferentes materias. Eso es una aberración jurídica. No se puede tener un único voto, de ratificación o de rechazo, sobre un objeto tan heterogéneo. Pero el decreto ley ya es una herramienta habitual. Es vergonzoso. El Parlamento ha decaído completamente en su función legislativa y cuando lo utiliza está haciendo mal las leyes. Está utilizando fraudulentamente el procedimiento legislativo. Y hay poca ejemplaridad, por tanto, en el uso de la potestad legislativa.

P.- La poca ejemplaridad alude a un problema de cultura política. ¿Qué se puede hacer cuando los políticos no respetan las normas no escritas de la democracia?

R.- Aquí hay dos cosas. Por una parte, el Tribunal Constitucional debe ser más estricto. Por otra, el derecho no lo puede todo. No basta con los controles jurisdiccionales. Se necesita una práctica política concorde con esos principios. Hace falta el control político, que son dos: el electoral y el parlamentario. Sin una ciudadanía mayoritariamente vigilante de su propia libertad, y sin unos partidos que actúen con lealtad constitucional, conscientes de que además de las normas jurídicas existen las normas políticas, la democracia no se sostiene.

P.- En los últimos años hemos visto que, a cambio de apoyo parlamentario, se concedían indultos, se modificaba ad hoc el Código Penal y se aprobaba una ley de amnistía que hace dos días se consideraba inconstitucional. A un prófugo de la Justicia se le ofrece el borrado de sus delitos a cambio de su apoyo.

R.- Se compran los votos. No con dinero, sino con la libertad, dignidad e igualdad de los españoles.

P.- Pero nos dicen que es en nombre del progresismo.

R.- La verdad es que se está poniendo el mundo al revés, incluso jurídicamente. El Estado social no puede realizarse más que a través del Estado de Derecho. La democracia hoy ha de ser también democracia de Estado social porque ha de procurar la integración de los ciudadanos, la desaparición de las desigualdades más sangrantes… Hoy es muy difícil que pueda llamarse Estado social a lo que hace la izquierda. Se dice: «Yo soy progresista porque voy a mejorar el sistema de las pensiones, pongamos, aunque para eso pacte y haga socios a aquellos que quieren destruir la Constitución y la unidad de la nación», no se puede concebir ese sintagma, es imposible. ¿Cómo se puede hablar de progreso desde posiciones que son la búsqueda del privilegio, la ruptura de lo común, el fomento de la desigualdad? No todo es defendible de modo razonable.

P.- Cerramos con la pregunta habitual: ¿a quién te gustaría que invitáramos a Vidas cruzadas?

R.- Hay muchas personas a las que se puede invitar. Amigos míos, amigos de otras personas que escriben en THE OBJECTIVE… Pero hay uno especialmente que es gran amigo, también discípulo del profesor Rubio, una persona a la que yo estimo mucho y que es muy mesurado, muy equilibrado, quizá menos batallador que yo, pero que es el profesor Juan José Solozábal. Además es una persona con una cultura muy amplia.

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