Un abogado cercano a Rubiales avala con dos informes el retraso electoral de la RFEF
El despacho de González Cueto justifica el retraso porque considera que unas elecciones ahora generarían inestabilidad
El despacho de Tomás González Cueto ha elaborado dos informes —a los que ha tenido acceso THE OBJECTIVE— para la Federación Española que avalan el retraso de las elecciones al primer semestre del año 2024. El asesor externo jurídico de la RFEF, que es una de las personas más próximas al expresidente Luis Rubiales y sigue trabajando para el estamento federativo, justifica el retraso porque considera que un proceso electoral ahora generaría una enorme inestabilidad. Además, en un segundo documento elaborado por Antonio Ramón Caravaca, del propio despacho de Cueto —y fechado el 11 de octubre, el mismo día que el CSD le dio traslado de la denuncia al TAD— se excluye la posibilidad de que la dirección de la Federación pudiera incurrir en un delito de prevaricación si no diera luz verde al citado adelanto electoral.
Este martes es un día clave para el futuro más inmediato en la Federación Española. A media mañana están convocados todos los presidentes de territoriales federativos por el actual presidente de la Comisión Gestora, Pedro Rocha, la figura elegida por el expresidente Luis Rubiales en la polémica y famosa asamblea del 25 agosto donde anunció que no iba a dimitir. Desde el 28 de agosto, y tras el expediente de la FIFA, ha asumido las funciones provisionales en la Ciudad del Fútbol. Primero como presidente en funciones y desde el 15 de septiembre como presidente de la Comisión Gestora tras la dimisión cinco días antes del propio Luis Rubiales.
Se espera que este martes Pedro Rocha comunique al resto de sus compañeros presidentes sus intenciones de presentarse o no al proceso electoral federativo. Inicialmente no tenía intención de hacerlo, pero las cosas podrían cambiar en la reunión convocada también este martes de la propia Comisión Gestora.
Un proceso electoral que en principio, después de la autorización concedida por el CSD el pasado 11 de octubre, tendrá lugar en el primer semestre del 2024 y se saldarán con elecciones tanto a la Asamblea como a la presidencia. Sin embargo, esta decisión podría contradecir lo que fijan los Estatutos de la propia Federación: en caso de dimisión de un presidente, es necesaria la celebración con carácter inmediato de un proceso electoral a la presidencia federativa, pero bajo la misma Asamblea constituida en septiembre del 2020.
En este sentido, el mismo día 11 octubre conocíamos que el CSD había dado traslado al TAD de la denuncia del presidente de Cenafe y muy combativo en este proceso electoral, Miguel Angel Galán, por no llevar a cabo estas elecciones de manera inmediata. De hecho, Galán ha llevado esta denuncia por la vía contencioso administrativa, donde solicita una suspensión de la resolución adoptada por el Consejo Superior de Deportes y que estas elecciones se convoquen de manera inminente. Algo que no aconsejan desde la propia Real Federación Española de Fútbol.
Así queda de manifiesto en los dos informes a las que ha tenido acceso THE OBJECTIVE elaborados por el despacho de Tomás González Cueto, asesor externo jurídico de la RFEF. Es también una de las figuras más próximas al ex presidente Luis Rubiales, señalada junto al ex secretario general Andreu Camps, pero que sigue trabajando y prestando sus servicios de asesoría externa jurídica a la Ciudad del Fútbol.
El plazo para convocar elecciones, al arbitrio de la RFEF
El primero lo elabora el propio González Cueto y está fechado el pasado 20 de septiembre. Son ocho páginas donde viene a defender la postura del retraso electoral y la no convocatoria inmediata de elecciones tras la dimisión de Luis Rubiales el pasado 10 de septiembre. Según argumenta en el mismo, los Estatutos de la RFEF indican que la Comisión Gestora (órgano existente desde el pasado 15 de septiembre y tras la dimisión cinco días antes de Luis Rubiales) debe convocar elecciones a la presidencia pero no fija el plazo, sino que lo deja al arbitrio de este organismo: «Por una lado, la norma indica que la Comisión Gestora convocará elecciones a Presidente, pero no fija plazo para ello, sino que lo deja a su arbitrio. […] Para ello debe tenerse como horizonte temporal la celebración de elecciones a la Asamblea General y Presidente en el primer semestre del 2024».
Además, defiende que es el CSD quien tiene la capacidad para autorizar cualquier cambio de fecha en un proceso electoral federativo. Habitualmente, según el propio Cueto, han sido partidarios de retrasar la fecha del primer semestre al segundo semestre del año olímpico, para no perturbar esa cita. Sin embargo, en este caso, la RFEF pide adelantar el proceso y que sea previo a la disputa de los Juegos de París del 2024. Algo más sencillo de justificar, en opinión de Cueto: «Las solicitudes federativas han pretendido retrasar, y no adelantar, el inicio del proceso electoral»
Finalmente, Cueto defiende que, en caso de hacerse unas elecciones ahora mismo, daría lugar a un mandato de aproximadamente tres meses o incluso menos. Y esto, lejos de dotar de una estabilidad a la RFEF, provocaría todo lo contrario y no sería ejemplo de buena gestión. «No parece razonable que se convoquen ahora unas elecciones que, lejos de dotar de estabilidad a la RFEF; van a generar una situación de máxima inestabilidad». Dado que además las normas estatales lo permiten, acaba incidiendo en este retraso electoral. Si bien también deja claro que la última palabra la tiene la Comisión Gestora, anterior Junta Directiva, que preside Pedro Rocha.
El segundo informe de Caravaca considera que no habría delito
Por otro lado, el segundo informe está elaborado por una de las personas más próximas a González Cueto en su despacho. Se trata de Antonio Ramón Caravaca, tío de Jaime Caravaca, miembro actual del TAD, y al que AFE solicitó al CSD el pasado 3 de septiembre su remoción de este órgano. En concreto, desde la asociación de futbolistas entendían que existe un conflicto de intereses cuando el propio Tribunal Administrativo del Deporte estaba tratando el expediente a Luis Rubiales que aún continúa en fase de tramitación y a la espera de conocer el desenlace o posible sanción al expresidente federativo.
Informe de diez páginas al que también ha tenido acceso THE OBJECTIVE y que sirve como respuesta a la denuncia presentada por Galán ante el TAD y donde viene a afirmar que, de no convocarse elecciones de manera inmediata —como es el caso—, los miembros de la Comisión Gestora podrían estar cometiendo un delito de prevaricación. Empezando por Pedro Rocha, como presidente de este organismo. Curiosamente está fechado el 11 de octubre, el mismo día que el CSD dio traslado al TAD de esta denuncia.
Dicho informe viene a concluir que este delito es imposible porque los miembros de la Comisión Gestora no forman parte de la Administración Pública, y no pueden ser considerados como funcionarios públicos: «La RFEF no forma parte de la Administración Pública» porque es una «entidad privada de naturaleza asociativa, sin ánimo de lucro y con personalidad propia».
Caravaca insiste en otro momento del documento que «los miembros de la Comisión Gestora no podrían ser considerados funcionarios públicos a efectos de los artículos 24 y 404 del Código Penal en tanto que no estarían ejerciendo funciones públicas delegadas». Dado que «el delito de prevaricación solo pueden ser cometidos por funcionarios públicos, entendemos que en ningún caso podríamos hablar de un delito de prevaricación del artículo 404 por el hecho de convocar inmediatamente las elecciones a la presidencia de la RFEF».
Todo esto impide un posible futuro delito de prevaricación por no convocar estas elecciones de manera inmediata y retrasar su celebración al primer semestre del año 2024, como ha autorizado el CSD. El informe argumenta además que se espera que, en caso de que el señor Galán acabe denunciado este hecho, como así ha sucedido, la querella quede archivada.