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¿Qué va a hacer el Gobierno con las elecciones a presidente de la federación de fútbol?

La decisión la tiene el Tribunal Administrativo del Deporte, que ya contradijo al Gobierno en la sanción a Luis Rubiales

¿Qué va a hacer el Gobierno con las elecciones a presidente de la federación de fútbol?

Sede de la Real Federación Española de Fútbol. | Alberto Ortega (EP)

La Real Federación Española de Fútbol aprobó el pasado jueves su Reglamento Electoral y por mayoría de sus miembros de la Comisión Delegada. Es una normativa para poder arrancar sus elecciones a la Asamblea el próximo 15 de marzo, que concluirán el 26 de abril antes de que sea elegido el nuevo presidente el 24 de mayo de este mismo año.

Justo un día después remitió la RFEF ese Reglamento al CSD (Consejo Superior de Deportes) para que responda a si es válido y habilita el arranque del proceso electoral. En principio el tiempo previsto es de un mes (23 de marzo) pero desde la propia casa del fútbol le pidieron responder en un máximo de 15 días (máximo el 11 de marzo). Y ahora la decisión está en manos del TAD (Tribunal Administrativo del Deporte) como órgano jurídico deportivo dependiente del CSD. Ambos están bajo la tutela del gobierno. La pregunta ahora es: ¿qué va a hacer el Gobierno ahora?

Ya ha entrado la justicia ordinaria

Porque hay varias interpretaciones respecto a si deben realizarse ahora unas elecciones a la Asamblea y presidencia de la RFEF o si está pendiente solo un proceso electoral para sustituir a Luis Rubiales tras su dimisión el 10 de septiembre del año pasado. De hecho, el pasado 5 de febrero la propia RFEF remitió una carta al CSD acerca de cómo solucionar el vacío legal existente para la convocatoria de elecciones. El hecho de no contar en la actualidad con un presidente y Junta Directiva, tal y como establece la norma que regula las elecciones en las federaciones y los Estatutos federativos, argumenta la validez para que sea la actual Comisión Gestora que preside Pedro Rocha quien las convoque. 

En la carta la RFEF se ampara en el Código Civil y en una aplicación análoga de la norma a través de otro artículo de los Estatutos federativos donde prevé que sea la Comisión Gestora o quien ostente la presidencia de manera interina, quien las convoque. Un día después de conocerse esta carta, el presidente de la Federación valenciana y candidato a las elecciones, Salvador Gomar, remitió una carta al CSD instando a que actúe para que aclare este escenario incierto, y si deben convocarse ahora solo comicios a la presidencia o también al resto de sus organismos. El directivo valenciano entiende que debieron ser convocadas a la presidencia nada más dimitir Luis Rubiales como presidente en lugar de constituirse en Gestora. 

El tema se ha ido embarrando en los siguientes días después de que un juez de lo contencioso administrativo solicitara el pasado 16 de febrero al CSD y al TAD un informe al que desde el órgano del gobierno ya han contestado negativamente y de forma categórica. Entienden que no tienen por qué aclarar si en la resolución remitida a la RFEF por parte de este CSD en octubre del año pasado autorizaba celebrar elecciones ordinarias cuatrienales en este primer semestre del 2024, eximiendo de cumplir el trámite previo de cumplir el artículo 31.8 de los Estatutos de las elecciones a la RFEF.

El artículo establece que cuando se produce la vacante de un presidente, sea el motivo que sea, deben celebrarse elecciones a la presidencia durante el tiempo que reste de mandato. Algo que no hizo en septiembre pasado la RFEF. El entonces secretario general del estamento federativo, Andreu Camps, solicitó adelantar las elecciones al primer cuatrimestre del 2024 en lugar del segundo semestre, como le corresponde al ser federación olímpica.

Un informe favorable y una resolución difusa 

El entonces secretario de Estado y presidente del CSD, Víctor Francos, respondió el 11 de octubre a esta petición. En el mismo, y tras el informe preceptivo del citado TAD, el CSD autorizó al estamento federativo para «que pueda iniciar en el primer cuatrimestre de 2024 el proceso electoral para la elección de sus órganos de gobierno y representación». 

Y luego está la resolución del TAD del pasado 18 de enero, en respuesta a la solicitud de Miguel Galán, presidente de CENAFE, de incoar expediente sancionador a Pedro Rocha y el resto de miembros de la Comisión Gestora por no convocar elecciones a la presidencia. El mismo que ahora ha llevado el tema a la justicia ordinaria. Aquí hace referencia a este informe de octubre y la autorización por parte del presidente del CSD y, respecto a obligación de convocar las elecciones a la presidencia que denuncia el propio Galán, respondió que «si bien consagra una obligación de la Junta Directiva de la RFEF, la de convocar elecciones a presidente por el tiempo restante que le quedara al cesado, no establece un plazo preciso para ello. Lógicamente esta falta de precisión no puede hacer desaparecer la obligación de la Junta Directiva de convocar dichas elecciones, no correspondiendo a este Tribunal Administrativo del Deporte fijar el plazo necesario para ello».

En el siguiente punto añadía además esta autorización de adelantar al primer cuatrimestre las elecciones en el 2024 «sin hacer referencia en ningún momento a la prolongación del mandato de la Junta Directiva ni a la necesidad de convocar nuevas elecciones y el cese de la actual Junta Directiva constituida en Comisión Gestora. Ello ha podido crear en la RFEF la confianza necesaria para entender correcta su actuación».

El escrito concluía añadiendo que «esa conclusión es válida a día de hoy (el pasado 18 de enero) y sin perjuicio de que en un momento posterior pueda ser diferente si transcurrido el tiempo la RFEF sigue sin convocar las elecciones a las que viene obligada». ¿Y qué quería decir el TAD con esta conclusión? ¿Se debe deducir que recuerda que la RFEF debe convocar primero elecciones a la presidencia antes del resto de órganos o no?

¿Y ahora, qué?

Esa es la gran pregunta. Qué respuesta va a dar el CSD, a través del informe del mismo TAD, a la petición del fútbol federado. Un Tribunal Administrativo que goza de una total independencia y que no es la primera vez que choca directamente con el propio Consejo Superior de Deportes. El precedente más cercano es del pasado 1 de septiembre.

Ese día, en contra de lo que pedía el gobierno y el CSD, dejó en dos sanciones graves, y no en muy graves como ellos esperaban, el comportamiento de Luis Rubiales en la final del mundial femenino. Esto tenía entonces una consecuencia muy importante: imposibilitaba suspender provisionalmente al entonces presidente, al tiempo que la sanción que le podía imponer nunca pasaría de dos años de inhabilitación, como finalmente resolvió tiempo después. Sanción que coincide con la impuesta por la FIFA. Algo que en caso de ser muy grave podría extenderse mucho más en el tiempo contra el ya expresidente.

El CSD quiere un cambio federativo

Y luego está la posición del CSD respecto al proceso electoral en la RFEF. Oficialmente no ha dicho nada como gobierno que debe estar al margen, pero apuesta por un cambio en la gestión de la casa del fútbol español, hasta el punto de que ha tenido contactos con futuros candidatos a la presidencia para conocer su disposición. El escenario ideal, y dentro de su apuesta por el fútbol femenino, es una candidatura femenina. Con toda esta coctelera debe decidir el TAD y el propio CSD. Aventurarse es una quimera.

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