THE OBJECTIVE
Economía

Hacienda apremia a las empresas a registrar el impuesto al plástico a pesar de estar exentas

Las empresas también tendrán que llevar el registro en los periodos de liquidación en los que no tengan que pagar y deberán conservarlo cuatro años

Hacienda apremia a las empresas a registrar el impuesto al plástico a pesar de estar exentas

Residuos de plástico.

Sigue el caos entre las empresas a cuenta del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables seis meses después de su entrada en vigor. Mientras, la Agencia Tributaria ha recaudado 167,5 millones de euros hasta abril con el impuesto -por encima de las previsiones iniciales del Gobierno-. Sin embargo, «sigue habiendo mucho desconcierto entre las empresas que no saben si están obligadas o no a presentarlo», reconocen fuentes del sector.

También hay muchas dudas sobre su registro, que implica elevados costes administrativos a las empresas, asegura Sonia Álvarez, directora de Fiscal de Ayming España, a THE OBJECTIVE. Tal es el desconcierto que, a escasos 15 días del fin del plazo de demora que el Gobierno había otorgado para presentar la obligación formal de llevar el registro del impuesto, la Agencia Tributaria ha emitido una nota informativa para apremiar a las empresas a llevar el registro del gravamen.

En la nota, la AEAT aclara que, a pesar de que en los periodos de liquidación del impuesto al plástico en que no resulte cuota a pagar las compañías están exentas de la obligación de presentar el libro-registro, sí tendrán la obligación de llevanza del mismo. Además, las empresas también están obligadas a conservar ese registro durante el plazo de prescripción de cuatro años. Los expertos consultados consideran que existe un alto coste difícil de cuantificar relacionado con la gestión administrativa y burocrática para llevar a cabo las obligaciones de este impuesto.

¿Qué grava el impuesto?

El impuesto al plástico grava la fabricación o adquisición intracomunitaria e importación de envases no reutilizables, embalajes secundarios y terciarios que contengan plástico. El tipo impositivo aplicable es de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado contenido en los productos objeto del impuesto. Según la ley, los productos de contención, protección, manipulación, distribución y presentación de medicamentos y productos sanitarios para uso humano, están exentos.

Hasta ahora, muchas empresas interpretaban que los adquirentes intracomunitarios de productos que formaban parte del ámbito objetivo del impuesto quedaban eximidos de las obligaciones formales del impuesto en aquellos periodos de liquidación en que no resultara cuota a pagar. Esto incluiría a empresas farmacéuticas, cuya actividad está eximida del pago del impuesto.

Elevados costes administrativos

En la nota aclaratoria, Hacienda deja claro que las empresas que estén inscritas en el Registro territorial del Impuesto, deben llevar y presentar un libro registro de existencias también en los periodos de liquidación en los que no resulte cuota a pagar. Es decir, «industrias que, en principio, podían quedar exentas del impuesto por el uso o destino del envase (por ejemplo, industria farmacéutica), no se van librar, en ninguna medida, de las obligaciones formales», explica Álvarez.

Es precisamente la complejidad de llevar a cabo el registro de este impuesto lo que está suponiendo un quebradero de cabeza para muchas empresas. El libro-registro de existencia implica la realización de una serie de asientos contables, por lo general, individualizados de cada envase o producto sujeto al impuesto, aportando un nivel de información sumamente elevado y detallado (Imagen inferior; concepto, clave de producto, Kg cuantía plástico, Kg cuantía plástico virgen, fecha..etc), recuerda la experta de Ayming. «Esto supone un elevado coste en tiempo y personal para muchas empresas», añade.

«Está siendo bastante complicado declarar las operaciones y sobre todo el trabajo que están teniendo que hacer las empresas», explica por su parte Rafael San Román socio director de Stratesys a THE OBJECTIVE. De hecho, en muchos casos «van a tener que pagar mucho menos a Hacienda del coste de preparación del impuesto», añade. «Estamos viendo casos de empresas que han tenido una carga muy elevada de trabajo administrativo para llevar a cabo esas obligaciones formales para que después les salga una liquidación de apenas diez euros», explica.

«Solo el esfuerzo de llevar la contabilidad de este impuesto, hacer todo el trabajo de registro de plásticos, emitir los certificados, puede suponer que la empresa tenga que contratar a un trabajador», añaden los expertos consultados. El Gobierno pretende recaudar con este nuevo tributo un total de 491 millones de euros. Tras su suspensión en Italia, España es el único país de la Unión Europea que cuenta con un impuesto de estas características.

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D