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El BCE da otro toque a España por el impuesto a la banca: no debería socavar el crédito

«No sé qué va a pasar con el caso español, si se va a prorrogar o no. Así que veamos», ha asegurado Luis de Guindos

El BCE da otro toque a España por el impuesto a la banca: no debería socavar el crédito

El vicepresidente del BCE, Luis de Guindos. | Europa Press

Nueva advertencia del Banco Central Europeo (BCE) a España por el impuesto a la banca. Si a finales del año pasado la máxima autoridad bancaria ya instó al Ejecutivo a que frenase su tramitación porque podría afectar negativamente al crecimiento económico real, este jueves le ha recordado que su postura respecto de los impuestos a la banca es que estos gravámenes no deberían tampoco perjudicar el crédito ni la solvencia de los bancos.

«Siempre hemos dicho que este tipo de gravámenes e impuestos no deberían perjudicar los préstamos, no deberían perjudicar el crecimiento y no deberían dañar la solvencia de los bancos«, ha señalado el vicepresidente del BCE, Luis de Guindos, al ser cuestionado sobre la posibilidad de que España decida hacer permanente el impuesto a la banca.

«No sé qué va a pasar con el caso español, si se va a prorrogar o no. Así que veamos. Pero los principios de nuestra evaluación con respecto a este tipo de impuestos, están bastante claros«, ha añadido.

En su dictamen no vinculante sobre el impuesto temporal al sector bancario en España, publicado en noviembre del año pasado, el BCE ya advertía de que podría llegar a poner en peligro una transmisión fluida de las medidas de política monetaria si las entidades afectadas registraban unos beneficios bajos o pérdidas en el momento en que se recaude de forma efectiva el gravamen.

Entonces, el supervisor bancario europeo pidió al Ejecutivo que tuviera en cuenta «que las entidades de crédito ya han tenido que registrar provisiones más elevadas con respecto a su exposición a empresas no financieras activas en sectores con un elevado consumo energético».

En este sentido, el organismo indicaba que «la consideración de una entidad de crédito afectada como obligada al pago del gravamen temporal mientras registre pérdidas netas, distorsionaría significativamente y perjudicaría aún más la resiliencia de un banco deficitario». Además, «la aplicación del gravamen únicamente a determinadas entidades de crédito españolas podría falsear la competencia en el mercado y perjudicar la igualdad de condiciones tanto dentro del país como en toda la unión bancaria».

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