La Justicia avala que acreditar méritos sea suficiente para convertir en fijo a un interino
Dos sentencias del TSJM señalan que este procedimiento es una vía para la fijeza que además respeta la Constitución
La Sala Primera del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado, en dos sentencias trascendentales para decenas de miles de empleados públicos interinos, que superar un concurso de méritos es un proceso suficiente y acreditativo para poder convertirse en fijos. Destaca además que esta conversión, una vez constatado el procedimiento, no iría en contra de los postulados constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Estos principios han sido hasta ahora la excusa del Supremo para no postularse a favor de hacer fijos a una enorme bolsa de empleados interinos. Muchos de estos siguen en situación de precariedad décadas después de su entrada en la Administración por distintos métodos.
En paralelo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dejado clara su postura ante este escenario. En su sentencia del 22 de febrero dejaba patente que la naturaleza de los indefinidos no fijos es de duración determinada. Además, entendía que se producía una utilización abusiva por parte de la Administración no convocando plazas al respecto y concluía que las medidas que adopta España no son suficientemente eficaces y conculcan con el Acuerdo Marco regulatorio.
De empleado interino a fijo
Las dos nuevas sentencias del TSJM a las que ha tenido acceso THE OBJECTIVE han llegado de la mano de los abogados Jorge Salvador Rebolleda y Miguel Ángel Santalices. Los fallos son del pasado 13 y 14 de junio. En ellos se aprecia la flexibilidad en los criterios constitucionales y destaca que estos se ven tutelados tanto con la superación de un primer examen de oposición como en un concurso de méritos en el que se aprecia la igualdad de participación de todos los postulantes.
«Es fundamental la flexibilización de la interpretación del mandato constitucional que hacen las sentencias, en tanto que consideran tutelados los principios de la Carta Magna, en caso de superación de primer examen o incluso de concurso de méritos», destacan los letrados.
«Resultaba ciertamente contradictorio que una persona que presentaba los méritos que la Administración le requería y mediante dicho proceso selectivo pasaba a formar parte del órgano público durante 7, 10 o 15 años, se le negase la estabilidad en el puesto que predica Europa», señalan. Las sentencias resuelven esa controversia y aprecian la fijeza de los reclamantes. Además, tendrán especial trascendencia en la interpretación de determinados abusos por parte de la Administración en el régimen de contratación.
La otra vía del TSJM
El pasado 22 de mayo, la Sala Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) emitió una sentencia que marcaba un antes y un después sobre el futuro de decenas de miles de trabajadores temporales e interinos funcionarizados en las Administraciones públicas. Las de ahora, con fecha de junio, han superado con creces las pretensiones de otros empleados públicos temporales.
El fallo de mayo abría la puerta a la conversión de temporales e interinos, que acudieron a un proceso de oposición, en fijos. Esta circunstancia era posible además dentro de la Constitución, que en su articulado destaca principios de publicidad, igualdad y capacidad para acceder a la Administración. La sentencia surgía después de que en marzo el Pleno de la Sala de lo Social del TSJM desestimase el recurso de tres trabajadores interinos que reclamaban ser fijos. Lo hizo pese a las advertencias de Luxemburgo sobre la elevada temporalidad en la Administración española. La decisión del Pleno tuvo votos particulares y alguna discrepancia.
En los tres procedimientos, que surgieron en diferentes administraciones, se habían elevado cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La intención era que sus resoluciones se ajustaran con pleno detalle al marco jurídico europeo.
El papel de Escrivá
Por su parte, el Ministerio de la Función Pública, que dirige José Luis Escrivá, ha descartado la estabilización automática de temporales. Mientras, su proceso para eliminar el abuso de la temporalidad en la Administración pública sigue su curso. Escrivá señaló recientemente que ya han estabilizado a 225.000 empleados temporales, el 75% del compromiso, respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. En este contexto, las decisiones judiciales como las que recoge THE OBJECTIVE suponen otro espaldarazo para los empleados que ya han reclamado o se proponen reclamar su fijeza. El concurso de méritos, además la presentación a la oposición, son las nuevas vías para convertirse en fijos.