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Hacienda 'desconoce' cuántos contribuyentes ha cazado con falsa residencia en Portugal

La Agencia Tributaria no cuenta los infractores pese a tener bajo lupa a los contribuyentes en el extranjero

Hacienda ‘desconoce’ cuántos contribuyentes ha cazado con falsa residencia en Portugal

David Sánchez, hermano de Pedro Sánchez | Archivo

Las disputas entre Hacienda y los contribuyentes españoles a cuenta de la residencia son recurrentes. Andorra ha sido el destino de numerosas fortunas que buscaban un lugar más tranquilo y atractivo fiscalmente, desde Arantxa Sánchez Vicario o Montserrat Caballé hasta las decenas de youtubers que han comprado una propiedad en el principado pirenaico.

Sin embargo, Portugal ha cobrado relevancia en los últimos años por su fiscalidad más atractiva y por las campañas que ha llevado a cabo el Gobierno luso para captar contribuyentes. «Portugal, igual que Italia, tenía un sistema de atracción de residentes con baja fiscalidad al estilo cláusula Beckham, para no residentes que pasan a residir en el país», señala el abogado fiscalista Esaú Alarcón.

De hecho, Portugal y no Andorra es el foco de algunas de las polémicas más recientes sobre residencia fiscal, como la que ha rodeado a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, que compró un inmueble en Elvas pese a tener un puesto en la Diputación de Badajoz en el que no puede teletrabajar. THE OBJECTIVE ha formulado una consulta de transparencia a la Agencia Tributaria para conocer cuántos españoles declarados falsamente como residentes en Portugal ha localizado entre 2021 y 2023, pero el organismo público asegura que esta información «no se encuentra disponible».

El ente argumenta que «la información tributaria de la que dispone la Agencia Tributaria, en sus bases de datos, no está
estructurada de forma que, ejecutando una única acción, se puede obtener de forma directa
, sin realizar un trabajo previo de reelaboración» la información solicitada.

«Además, teniendo en cuenta que la tributación por la renta obtenida en España, de una persona física o una entidad jurídica, se determina en función de si la persona física o jurídica es residente o no, y que para determinar la residencia fiscal de una persona física o la de una entidad jurídica, el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, prevé múltiples situaciones, diferentes criterios y requisitos, el trabajo previo de reelaboración resulta aún más complejo», señala.

Ello no implica que perseguir a los falsos residentes no sea un objetivo prioritario para Hacienda. De hecho, «es objeto de revisión prioritaria del plan de control tributario, está en el ojo del huracán y lo miran mucho», explica Alarcón. El abogado y profesor de la Universidad Complutense de Madrid asegura que en el despacho siempre hay dos o tres expedientes abiertos por clientes afincados en Andorra u otros países extranjeros.

«Algún cliente, por irse a Madrid después del 1 de octubre en Cataluña también ha tenido una llamada del fisco», advierte el especialista, que desaconseja la práctica de establecerse en el extranjero para ahorrar impuestos. «Han venido muchos famosetes con ganas de irse y les he quitado las ganas, porque no vale con irse 183 días al año, porque los criterios de residencia no solo se basan en la estancia física, sino en el mantenimiento de bienes raíces o viviendas e intereses económicos», señala Alarcón.

De la falsa residencia a prisión

El jurista y docente explica que las «cuestiones familiares» impiden a mucha gente el cortar con sus propiedades o actividad en España, mientras que «el youtuber es el típico que tiene más fácil irse legalmente porque son jóvenes». «Hay gente que piensa que con los 183 días tiene suficiente y no es así», incide, igual que hay quienes «juegan con los días» buscando fórmulas para ni siquiera llegar a esa cifra.

El abogado ejemplifica que, si un español residente en otro país tiene un piso vacío o en alquiler en España, Hacienda le hará tributar como si fuera residente. En caso de que el contribuyente haya pagado solo al fisco de Andorra, Portugal o el país en el que resida, Hacienda obliga a ingresar los retrasos de los últimos años y, aunque se puede solicitar la devolución de los impuestos al otro estado, el infractor se enfrenta a sanciones, intereses por los retrasos e incluso la vía penal.

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