Unas 50.000 personas con enfermedades raras podrán optar a la jubilación anticipada
El coste de la medida, que beneficiará a trabajadores con párkinson o espina bífida, entre otros, está aún por concretar

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la rueda de prensa de este jueves. | EFE
La Seguridad Social extenderá el derecho a la jubilación anticipada a unas 50.000 personas con discapacidad. Los beneficiarios de esta medida padecen enfermedades raras como el párkinson, la lesión medular no traumática, la espina bífida o la enfermedad renal grave, y podrán retirarse a los 56 años sin merma en su pensión.
El coste de la medida, fruto de un acuerdo entre el Ministerio de Inclusión y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) está aún por concretar, aunque la Seguridad Social prevé que tenga un efecto negligible en la sostenibilidad del sistema dado el reducido número de beneficiarios en comparación con el total de pensionistas y cotizantes. La iniciativa se ha presentado como un hito en lo referente a la justicia social, ya que estas personas con una discapacidad del 45% o mayor suelen tener menos esperanza de vida y de este modo se garantiza su derecho a jubilarse.
Entre las 11 nuevas patologías generadoras de discapacidad se encuentran la espina bífida, amiloidosis por transtiretina variante, párkinson, distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), enfermedad de Huntington, enfermedad renal crónica estadio 5, esclerosis sistémica, lesión medular, degeneración corticobasal, atrofia multisistémica y parálisis supranuclear progresiva. El plan ha sido anunciado por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en una rueda de prensa en la sede del Ministerio tras un encuentro con el secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez y el presidente del CERMI, Luis Cayo.
Saiz ha afirmado que «es una medida de justicia con miles de personas que padecen enfermedades de gravedad que les condicionan enormemente su día a día y que, necesitan anticipar su edad de jubilación para equipararse al resto de los trabajadores». La ampliación del listado de patologías se va a realizar concretamente en el Anexo del Real Decreto 1851/2009, que desarrolla el artículo 161 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), y la ministra ha aseverado que el reglamento estará listo «antes del verano».
Para optar a esta jubilación a los 56 años, se deben reunir los requisitos de estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante y acreditar 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral y, dentro de ese periodo, que al menos durante 5 años se hayan visto afectados por alguna de estas patologías con discapacidad igual o superior al 45 por ciento. En estos casos, el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador se computará como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, que sirve para el cálculo del importe de la pensión de jubilación.
Saiz ha destacado el papel de la Comisión Científica en el desarrollo de la medida, que ha contado con la participación del Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Imserso. Por su parte, Cayo ha felicitado a la Seguridad Social, «aliada y amiga de la discapacidad», y ha celebrado que las personas con discapacidad que trabajan se puedan acoger a la jubilación anticipada, ya que «siempre lo tienen más difícil y su esperanza de vida es reducida» en comparación con el resto de la población, de modo que así «van a poder jubilarse».
