Consumo abre expediente a una promotora de festivales por posibles prácticas abusivas
En caso de ser calificadas como infracciones muy graves serían penalizadas con multas de hasta 1 millón de euros

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy. | Mateo Lanzuela / Europa Press
La Dirección General de Consumo, integrada en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha abierto un expediente sancionador a una gran promotora de festivales de música por posibles prácticas abusivas, como prohibir el acceso al recinto con comida y bebida del exterior.
Así lo ha dado a conocer este lunes el departamento que dirige Pablo Bustinduy, que ha detallado que la promotora es una empresa que organiza estos festivales en distintas comunidades autónomas, por lo que Consumo es competente para intervenir.
Fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, consultadas por Europa Press, han explicado que la propia Dirección General de Consumo, que es la que abre el expediente, no informa sobre el nombre de la promotora expedientada mientras dure el procedimiento.
Derecho de acceso
Entre las posibles prácticas abusivas que llevaría a cabo esta promotora, el Ministerio ha destacado la prohibición «expresa y generalizada» de acceso al recinto del festival con comida y bebida del exterior, registrando a los asistentes y denegando el derecho de acceso de forma «potencialmente arbitraria».
Además, la empresa podría estar prohibiendo que los asistentes a un festival puedan salir y acceder de nuevo al recinto libremente, obligándoles a abonar una cantidad adicional para evitarlo.
Establecer como obligatorio un sistema de pago a través de pulseras cashless para poder hacer pagos dentro del recinto pero sin admitir la devolución del reembolso de la cantidad sobrante por debajo de una cantidad mínima, e imponiendo gastos de gestión para llevar a cabo el reembolso; así como estableciendo un tiempo limitado para que los asistentes puedan hacer uso de este reembolso son otras de las prácticas investigadas.
Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
Según ha indicado Consumo, estas prácticas, de constatarse, serían prácticas abusivas en tanto en cuanto supondrían una infracción del artículo 47.1.j del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y en caso de ser calificadas como infracciones muy graves serían penalizadas con multas de entre 100.001 euros y 1 millón de euros.
Tras la apertura de este expediente sancionador, se inicia ahora un periodo máximo de 9 meses para su instrucción y para su resolución por los órganos competentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. La iniciación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación.