El Gobierno incumple la ley de Seguridad Nacional en su respuesta al apagón eléctrico
La información recabada por su comité se hizo sin activarse la situación de interés para la seguridad nacional

El presidente Sánchez y la ministra Aagesen en el Congreso. | Europa Press
El Gobierno incumplió la ley de Seguridad Nacional para dar respuesta a la crisis del apagón eléctrico. El pasado 30 de abril, dos días después de que el España se quedara sin luz durante diez horas, el Ejecutivo anunció la creación de un comité para el análisis de la crisis de electricidad a través del Consejo de Seguridad Nacional. Este gabinete -liderado por el Ministerio de Transición Ecológica- ha llevado a cabo durante semanas una auditoria saltándose el artículo 23 de la Ley de Seguridad Nacional que obliga a decretar previamente por parte del presidente del Gobierno una «situación de interés para la seguridad nacional» en el territorio.
De hecho, y para más inri, al día siguiente del apagón se despachó este asunto con dos órdenes ministeriales, publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para algunas comunidades autónomas relativas a normativas de protección civil en lugar de con arreglo a la normativa de seguridad nacional. Aunque este atropello legal apenas tendrá recorrido judicial, sí demuestra una falta de rigor en el cumplimiento de la ley por parte del Ejecutivo en un momento que fue sensible para el país. El informe sobre el apagón que presentó hace unas semanas la ministra de Transición Ecológica, Sara Aagesen, se ha nutrido de las conclusiones de un comité que ha actuado en un marco irregular.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su comparecencia mencionó el episodio de «crisis eléctrica». La razón es porque existe un reglamento de la Unión Europea que trata la gestión de las crisis de electricidad. No obstante, el artículo de la ley de Seguridad Nacional antes mencionado señala que «la gestión de crisis se desarrollará en la situación de interés para la seguridad nacional (…) y que requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias, bajo la dirección del Gobierno». En ningún caso, este escenario podrá implicar la suspensión de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos.
Sin eficacia jurídica a terceros
Además de no decretar la situación de interés para la seguridad nacional en el territorio, el propio comité cuenta con errores de forma. Por ejemplo, está creado sin eficacia jurídica a terceros, pese a que se encarga de recabar información para señalar a los culpables del suceso. Sin ir más lejos, el informe apuntó tanto a Red Eléctrica (por no planificar el número de energías estables suficientes) como a las eléctricas (por no absorber esa inestabilidad pese a tener sus instalaciones remuneradas).
El hecho de que no tuviese eficacia jurídica para terceros llamó la atención a las eléctricas, que comenzaron a apreciar que no había un fundamento legal válido para aportar datos al Gobierno. La contestación del Ejecutivo, sin embargo, fue aún más llamativa, afirmando que la colaboración era voluntaria.
Decretar la situación de interés para la seguridad nacional es más elaborado que lo que llevó a cabo el Ejecutivo, que fue una mera resolución del Ministerio del Interior. Así, el presidente del Gobierno debe aprobar un real decreto que defina la crisis, el ámbito geográfico, la duración, como así se recoge en el artículo 24 de la ley de Seguridad Nacional. Según el mismo precepto, «el Gobierno informará inmediatamente al Congreso de los Diputados de las medidas adoptadas y de la evolución de la situación de interés para la Seguridad Nacional».
Por otro lado, según el artículo 26 de la ley, «en la gestión de la crisis, el Consejo de Seguridad Nacional estará asistido por un comité especializado de carácter único para el conjunto del Sistema de Seguridad Nacional, para lo cual estará apoyado por el Departamento de Seguridad Nacional. Al citado comité le corresponderá, entre otras funciones, elaborar propuestas de las directrices político-estratégicas y formular recomendaciones para la dirección de las situaciones de interés para la Seguridad Nacional».
Trasfondo político
Algunas voces apuntan a que este movimiento -incumplir la ley de Seguridad Nacional- puede tener un trasfondo político detrás. Algunas comunidades gobernadas por el Partido Popular (la Comunidad de Madrid, Andalucía, Extremadura, Murcia, La Rioja, Galicia, Castilla-La Mancha y la Comunidad Valenciana) solicitaron la declaración de emergencia tras el apagón, lo que se podía entender como que el Gobierno salía al rescate de ellas porque no sabían gestionarlo.
Un escenario que supo aprovechar el PSOE. El secretario general de los socialistas de Madrid y ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, aseguró lo siguiente el pasado 29 de abril: «(Isabel Díaz) Ayuso (la presidenta de la Comunidad de Madrid) solicitó la emergencia nacional porque no podía asumir la gestión de esta crisis». El delegado de Gobierno de Madrid, Francisco Martín, dijo que «era incomprensible que quien pidió auxilio por no saber gestionar una emergencia (en referencia a Ayuso), ahora se niegue a decir si puede gestionarla».
El pasado 30 de abril, el Gobierno acordó por medio del Consejo de Seguridad Nacional la conformación del comité para el análisis de las circunstancias que concurrieron en la crisis de electricidad del pasado 28 de abril, presidido por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) e integrado por Presidencia, varios ministerios y organismos dependientes e independientes. «Estamos en predisposición de hacer una auditoría completa sobre el incidente. Dónde estábamos antes de que ocurriera, qué pasó durante y que ocurrió después. Cómo se operó para que los protocolos funcionaran y en prácticamente 24 horas todo el país y nuestros vecinos portugueses recuperáramos el suministro», sentenció Aagesen.