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Macroeconomía

Medio millar de empresas han pedido el plácet a Moncloa para poder invertir en España

El escudo antiopas se prorrogó hasta 2026 para empresas de la UE pese a que las peticiones del continente son mínimas

Medio millar de empresas han pedido el plácet a Moncloa para poder invertir en España

Carlos Cuerpo, ministro de Economía, Comercio y Empresa. | Agencias

El escudo antiopas establecido por el Gobierno durante la pandemia ha obligado a 462 empresas a solicitar el plácet de Moncloa para adquirir participaciones en compañias estratégicas españolas, según ha podido confirmar THE OBJECTIVE con los registros oficiales de la Secretaría General de Inversiones Exteriores. El dato incluye todas las peticiones planteadas desde enero de 202o hasta diciembre de 2024, entre las que se encuentran operaciones con gran eco mediático como la entrada de la francesa Vivendi en Prisa, la opa de los húngaros de Magyar Vagon en Talgo y el desembarco de los saudíes de STC en Telefónica.

Una herramienta que tras cinco años de vigencia se prorrogó otra vez para compañías de la Unión Europea hasta finales de 2026, según el decreto exprés aprobado en el último Consejo de Ministros de 2024. Estas cifras demuestran que este decreto antiopas ha estado envuelto en una gran opacidad, ya que se activó en medio millar de ocasiones, pero en la gran mayoría de ellas no se ha conocido ningún detalle. Solo se han hecho públicas determinadas operaciones como las ya citadas, la entrada de IFM en Naturgy, la compra de MásMóvil por parte de los fondos KKR, Cinven y Providence y la adquisición de Vodafone por Zegona.

Lo que sí está claro es que este escudo antiopas se ha convertido en el mejor instrumento para que el Gobierno y Moncloa tengan control sobre la entrada de inversores extranjeros en grandes empresas españolas, condicionando su ingreso o estableciendo condiciones que muchas veces se quedan fuera del ámbito financiero. Muchos fondos de inversión consideran que este decreto frena la entrada de capital foráneo al generar incertidumbre y entrega al poder político decisiones que –creen– deberían estar solo en el ámbito exclusivo de la economía.

Primer escudo antiopas

Estas 462 solicitudes confirman el gran movimiento que se produjo en el año 2024, cuando el protagonista fue la opa rechazada a la húngara Magyar Vagon por Talgo, argumentando razones de seguridad nacional por sus supuestas conexiones con Rusia. Un año en el que se produjeron nada menos que 199 operaciones de control de inversión tramitadas por la Junta de Inversiones (Jinvex), el récord absoluto desde la existencia de este escudo antiopas que ya tramitó 28 solicitudes en 2020, 55 en 2021, 83 en 2022 y 97 en 2023.

En marzo de 2020 y en plena pandemia, el Gobierno estableció por primera vez la suspensión del régimen de libertad de movimientos para inversiones de fuera de la Unión Europea, mediante el artículo 7bis de la Ley 19/2003. La excusa era el temor de que grandes fondos de inversión oportunistas comprasen empresas estratégicas a precio de saldo, aprovechando su debilidad en bolsa por los efectos de la covid. De esta manera, cualquier empresa ajena al bloque comunitario que quisiese entrar en sectores de energía, defensa, tecnología e incluso medios de comunicación y con más de un 10% del capital, debía pasar por el control de Moncloa.

Adicionalmente, en noviembre de 2020 se aprobó la Disposición Transitoria Única del Real Decreto-ley 34/2020, que amplió el escudo antiopas a las inversiones de residentes en países de la UE o la AELC cuando se dirijan a empresas cotizadas en España, o cuando el valor de la inversión supere los 500 millones de euros si se trata de una empresa no cotizada. Para estas compañías comunitarias también se aplicaban todos los condicionantes establecidos en marzo para los extranjeros.

Nueva prórroga

Este régimen transitorio se ha ido extendiendo sucesivamente. La primera prórroga se produjo por seis meses (hasta el 31 de diciembre de 2021), la segunda se produjo por 12 meses (hasta el 31 de diciembre de 2022) y una tercera por 24 meses (hasta el 31 de diciembre de 2024). En medio, en julio de 2023 se hizo permanente el escudo antiopas a través de la nueva ley de inversiones para empresas fuera de la UE y además se rebajó el límite del capital al 5% para entrar en sociedades españolas relacionadas con la defensa.

Y ahora se prorroga dos años más el régimen transitorio de las empresas de dentro de la UE. «En un contexto de crecientes tensiones geopolíticas e inestabilidad, con una apuesta decidida por la seguridad económica, se hace necesario mantener la protección frente a los riesgos en materia de orden, salud y seguridad públicos», dice en Gobierno para justificar esta extensión, aunque no cita cuáles son estos riesgos globales. Lo que sí parece es que siempre hay una excusa para ampliar su aplicación: primero fue la pandemia, luego la guerra de Ucrania, luego la de Gaza y ahora solo se refiere a «tensiones geopolíticas».

Con todo, en estos cinco años el impacto de solicitudes de inversión de empresas de dentro de la Unión Europea es casi marginal. En total, desde enero de 2020 solo 16 operaciones han tenido entrada al amparo de la disposición transitoria única, es decir la que afecta a empresas con origen en socios comunitarios, menos del 3,5% del total de operaciones cursadas por la Junta de Inversiones. Con tan poco volumen parece innecesario prorrogar otros dos años esta disposición transitoria.

Medidas de mitigación

Durante sus cuatro primeros años de aplicación (desde 2020 a 2023) y a falta del detalle del año 2024 que deberá publicarse el nuevo informe de Control de Inversiones Extranjeras en España, se analizaron 263 operaciones con el escudo antiopas. De ellas, 212 se aprobaron sin aplicar medidas de mitigación «al no apreciarse riesgos significativos para la seguridad, salud u orden públicos».

Solo una fue rechazada (en 2022), aunque el Gobierno no da nombres ni personaliza los expedientes, y habría que agregar el rechazo en verano de 2024 de la opa de Magyar en Talgo. Del resto, a 24 de los solicitantes se les aplicaron medidas de mitigación y otras 26 se archivaron tras su análisis y discusión, al considerarse que no concurría ningún supuesto del artículo 7 bis que justificara la suspensión del régimen general. Por tanto, salieron adelante sin intervención del Gobierno.

En cuanto a las condiciones establecidas, el Gobierno cita medidas encaminadas a garantizar el suministro de determinados bienes o servicios considerados fundamentales y difícilmente sustituibles para la prestación de servicios esenciales; para limitar el acceso del inversor a información sensible; o destinadas a evitar pérdida de soberanía en ciertos ámbitos, especialmente en el ámbito tecnológico. Sin embargo, todos estos expedientes son secretos y algunos incluso los ha clasificado como secreto, por lo que solo el Gobierno y los interesados conocen el detalle de las resoluciones.

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