El Constitucional admite a trámite el recurso del PP contra el voto delegado de Puigdemont y Comín
El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido, por unanimidad, admitir a trámite el recurso de amparo presentado por el PP de Cataluña (PPC) contra los Acuerdos de la Mesa del Parlament de los días 3 y 24 de abril, en los que se admiten la delegación de voto de los diputados Carles Puigdemont y Antoni Comín, respectivamente.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido, por unanimidad, admitir a trámite el recurso de amparo presentado por el PP de Cataluña (PPC) contra los Acuerdos de la Mesa del Parlament de los días 3 y 24 de abril, en los que se admiten la delegación de voto de los diputados Carles Puigdemont y Antoni Comín, respectivamente. Se trata de una providencia en la que el TC resuelve en el mismo sentido que la dictada el pasado lunes respecto al recurso de Ciudadanos.
El Tribunal ha acordado «dirigir comunicación al Parlamento de Cataluña para que en un plazo que no exceda de 10 días remita certificación de los acuerdos requeridos de la Mesa”. También emplaza a las partes personadas en el procedimiento, salvo al recurrente, para que puedan comparecer en en un plazo de 10 días.
La providencia argumenta que “el recurso plantea un problema que afecta a una faceta de un derecho fundamental susceptible de amparo sobre el que no hay doctrina de este Tribunal”. Además, “el asunto suscitado trasciende del caso concreto al plantear una cuestión jurídica relevante que tiene, además, unas consecuencias políticas generales”.
Por otro lado, el Pleno “no aprecia la urgencia excepcional a la que se refiere el artículo 56.6 de la LOTC de adoptar medidas cautelarísimas”. Sin embargo, sí acepta la apertura de una pieza separada de suspensión, por lo que concede un plazo de tres días al Ministerio Fiscal y al recurrente para que efectúen alegaciones» acerca del asunto.