THE OBJECTIVE
España

El Gobierno propone a la familia Franco trasladar los restos del dictador en helicóptero

La familia Franco pide que la exhumación se haga siguiendo las ordenanzas de honores militares, que el féretro sea cubierto con la bandera nacional durante el traslado y transportado a hombros de sus familiares

El Gobierno propone a la familia Franco trasladar los restos del dictador en helicóptero

El Gobierno ha comunicado a la familia Franco su intención de trasladar en helicóptero el féretro con los restos del dictador desde el Valle de los Caídos hasta el cementerio de Mingorrubio en El Pardo.

Fuentes de la familia han confirmado a Efe que la propuesta del Gobierno ha tenido lugar esta semana en una reunión que han mantenido el abogado de la familia Franco, Luis Felipe Utrera Molina, con representantes del Ejecutivo.

El Gobierno acordó el pasado 11 de octubre en Consejo de Ministros que la exhumación de Franco se producirá antes del 25 de octubre y que comunicaría a la familia la fecha exacta 48 horas antes por si desean acudir al acto.

La Fundación Francisco Franco ha recurrido al Tribunal Supremo la suspensión de dicho acuerdo, al considerar que un gobierno en funciones no puede adoptar ese tipo de decisiones y que los tribunales de justicia deben pronunciarse también sobre él como hicieron sobre el decreto de exhumación.

Paralelamente, la Fundación ha presentado otro escrito de alegaciones ante el Gobierno en el que reitera la petición de la familia de que la exhumación de Franco se haga siguiendo las ordenanzas de honores militares, que el féretro sea cubierto con la bandera nacional durante el traslado e inhumación y transportado a hombros de sus familiares y allegados.

La Fundación Franco pide al TS que suspenda con urgencia la exhumación

La Fundación Nacional Francisco Franco ha pedido al Tribunal Supremo la suspensión con «especial urgencia» del acuerdo del Gobierno del pasado día 11 de exhumar al dictador Francisco Franco del Valle de los Caídos antes del día 25 para que no quede si efecto el recurso que ha presentado contra el mismo.

Así lo solicita esta organización en un escrito que ha presentado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal en el que plantea la posibilidad de acudir a la vía especial de urgencia utilizando el mecanismo cautelar previsto en el artículo 135 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Para el caso de que el Supremo no acoja esta solicitud, la Fundación reclama que «se tenga en cuenta la fecha del 21 de octubre a los efectos de poder disponer de la resolución que el tribunal estime procedente dictar».

La Fundación Francisco Franco interpuso el lunes pasado recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Consejo de Ministros en el que solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecución del acuerdo mientras resuelve el recurso.

En su escrito recuerda que el tribunal lo admitió a trámite al día siguiente y concedió audiencia a la Abogacía del Estado por un plazo de tres días sobre la suspensión interesada.

Añade que «la Sala ha utilizado el cauce previsto en el artículo 131 de la ley y, conocedora de la urgencia que demanda dar respuesta a lo pretendido, dada la cronología de los hechos que van a sucederse, ha concedido audiencia al abogado del Estado por término de tres días del máximo de diez previsto en la misma».

Sin embargo, para la Fundación «ello no elimina la posibilidad de que cuando se dicte resolución judicial, dentro de los cinco días siguientes al de finalización de la audiencia concedida, la Administración haya desplegado toda la actividad que con la solicitud de la medida cautelar se intenta paralizar».

Y considera que a estos efectos «hay que tomar como referencia la fecha de ejecución divulgada por la propia Administración, esto es el día 21 de octubre». Por ello plantea la posibilidad de acudir a la vía de «especial urgencia utilizando el mecanismo cautelar previsto en el artículo 135 de la ley».

Este precepto señala que «cuando los interesados alegaran la concurrencia de circunstancias de especial urgencia en el caso, el juez o tribunal sin oír a la parte contraria, en el plazo de dos días podrá mediante auto apreciar las circunstancias de especial urgencia y adoptar o denegar la medida», informa Efe.

También te puede interesar
Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D