Federalismo castizo
«En la España vacía han tomado nota del proceder del PNV y no quieren ser considerados ciudadanos de segunda»
La disposición final primera de la Ley 22/2021 (de presupuestos) acoge una enmienda propuesta por el PNV que inviste a la comunidad autónoma donde gobierna con el PSE con las facultades de selección, provisión y nombramiento de los funcionarios que tienen atribuidas las tareas del asesoramiento legal y fe pública, así como el control y la fiscalización de la gestión económico – financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación local. Estamos hablando, pues, de los funcionarios -los interventores- quizás más importantes de nuestros ayuntamientos y diputaciones tras los secretarios.
Que, como ha señalado Sosa Wagner, vamos hacia un nuevo caciquismo revestido de progresismo territorial, me caben pocas dudas: véanse las reformas en la contratación pública y en materia de subvenciones para aflojar las bridas del control administrativo y así repartir más cómodamente el maná europeo en forma de fondos para la recuperación. Como ya he dicho en otras ocasiones, en este campo de la economía pública estamos asistiendo a una especie de desamortización -con la aquiescencia de la Unión Europea- donde la nueva oligarquía beneficiada será una clase política extractiva que opera a través de oscuras consultoras para evitar así las técnicas más groseras de la corrupción.
Pero ahora me interesan más las formas que el fondo de la cesión de los interventores a la disciplina del Gobierno Vasco. En primer lugar, se concreta la distribución de competencias en el contexto de cientos de enmiendas, en bloque y sin apenas discusión, de la ley de presupuestos. El federalismo castizo que hemos montado a cuenta de la Disposición Adicional 1ª de la Constitución, que se reproduce con contenido propio en otras leyes ordinarias de gran importancia, parece hacer innecesaria la reforma del Estatuto vasco. Ello aporta sosiego, todo hay que decirlo, si se prefiere no tener que afrontar el tremendismo del derecho a decidir. Por el camino quedan, eso sí, unas reglas constitucionales claras y comunes para determinar el reparto del poder territorial.
Me llama la atención, en segundo lugar, que casi nadie haya reparado en otro detalle procedimental: que la atribución competencial se haga en una ley donde solo pueden incluirse materias que tengan relación con los ingresos y gastos o con políticas económicas relacionadas con su ejecución. Volver a recordar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece el contenido posible y necesario de la ley de presupuestos es, simple y llanamente, un ejercicio de romanticismo político que no lleva a ninguna parte (STC 174/1998). Somos un país que, como se ha demostrado durante la pandemia, parece querer abandonar el marco institucional básico de adopción de decisiones, con sus límites, pero también con sus garantías de publicidad y deliberación.
Detalles aparentemente menores, en definitiva, que expresan la senda democrática marcada por el PNV desde hace tiempo y que causa regocijo entre cierta clase política y periodística: votos en el Congreso a cambio de inversiones y competencias, más allá del debate de ideas. Este es un modelo de estabilidad territorial que, bien pensado, también podría funcionar con respecto al nacionalismo catalán a nada que este reflexione sobre las ventajas que ofrece en forma de control social y electoral dentro de la comunidad autónoma. El problema reside en que en algún momento ya no habrá competencias que traspasar ni partidas presupuestarias que conceder, seguramente porque en la España más pobre y vacía han tomado nota del proceder y no quieren seguir siendo considerados ciudadanos de segunda: quieren su parte del pastel.