El 1º de mayo... ¡es español!
Se publicará, así, el 4 de abril de 1919 en la Gaceta de Madrid, el «Real Decreto de la jornada de ocho horas», siendo el presidente del Consejo de Ministros Álvaro Figueroa, más conocido como el Conde de Romanones, y reinando Alfonso XIII, quien lo firma
Divulgando que es Historia
Bueno, no. Realmente no. ¡Pero debería! Debería de ser la llamada «Fiesta del Trabajo» una conmemoración donde no dejáramos de lado los orígenes patrios que esta festividad conlleva. Seguramente sólo habremos oído que se lleva a cabo en este día para recordar la Revuelta de Haymarket de 1886, y aquellos Mártires de Chicago. Esa escabechina de 38 obreros acribillados y más de un centenar de heridos, como consecuencia de las protestas para conseguir la jornada de ocho horas laborales. Para hacer efectiva la llamada Ley Ingersoll, que el presidente de Estados Unidos en aquel tiempo, Andrew Johnson, promulgara en 1868 con tal objetivo.
Habremos oído que la Segunda Internacional, la del Congreso Obrero Socialista, de París en 1889, se haría eco de lo ocurrido, y tomado como bandera de lucha tales desgraciados eventos. Y que propuso esta fecha del 1 de mayo como referente de las reivindicaciones obreras. Una Internacional en la que estaría el fundador del PSOE, Pablo Iglesias, siendo él quien organizaría la primera manifestación en la mencionada fecha, en España, al año siguiente. Con ese afán por exigir las ocho horas de trabajo. Curiosamente, en España, una legislación de hacía unos cuantos siglos, ya trató el tema. Y dejó así constituida la jornada laboral. Me refiero a la Ley VI de la Ordenanza de Instrucción… ¡de 1593!
Gobernaba Felipe II, ese rey tan citado como desconocido, y uno de los mayores referentes de las que diríamos, Fake News del Imperio español. Y fue durante su reinado que se estableció mediante un Edicto Real, lo siguiente: «Todos los obreros de las fortificaciones y las fábricas trabajarán ocho horas al día, cuatro por la mañana y cuatro por la tarde; las horas serán distribuidas por los ingenieros según el tiempo más conveniente, para evitar a los obreros el ardor del sol y permitirles el cuidar de su salud y su conservación, sin que falten a sus deberes». Todo un avance legislativo que acabaría olvidado con el tiempo y, muy especialmente, con la aparición en Europa de la Revolución Industrial, donde las jornadas llegaron a ser de hasta 18 horas.
Felipe II, un loco de la arquitectura, y que estuvo atento hasta el último detalle en lo que sería su legado de la conocida como la Octava Maravilla del Mundo: el Monasterio de San Lorenzo de El Escorial. Una obra realizada en apenas 21 años (pese al maldicho de la presunta tardanza en su ejecución), un lustro menos que, por ejemplo, lo que se tardaría en construir el Taj Mahal medio siglo más tarde. Los obreros y trabajadores en El Escorial ya contaron con diez días de vacaciones ¡pagadas! Y si tenías un percance, seguías cobrando media paga hasta el restablecimiento de tus heridas.
Pero es que encontramos algunos precedentes laborales aún más lejanos, pero igualmente hispanos. ¡Y nunca mejor dicho! Lo establecido en la Leyes de Burgos de 1512, para el trabajo de los naturales de las llamadas Indias. En estas ordenanzas se estipulaban cosas tan curiosas para la época como que el trabajo que deben realizar los indios debería de ser conforme a su constitución física, de modo que lo puedan soportar, y tendría que ir acompañado de sus horas de descanso y de distracción inclusive. O que Las mujeres embarazadas de más de cuatro meses estarían eximidas del trabajo, quedando igualmente prohibido el trabajo de los menores de 14 años. Las posteriores Leyes de Indias iban a estipular de nuevo la jornada de ocho horas, repartida en cuatro y cuatro horas «para librarse del rigor del sol». Cosa que se hacía de manera natural en las tareas agrícolas, pero no en las de la construcción. Esta jornada se reducía a siete horas «desde las siete de la mañana hasta las cinco de la tarde, para que se conserven mejor» todos los que estaban destinados al trabajo mucho más agotador, de las minas.
Pasado el tiempo, como hemos visto, y como consecuencia de las necesidades de producción a escala, se fue perdiendo esta costumbre hecha ley de las ocho horas. Sería en el siglo XIX cuando se habla de la necesidad de «ocho horas para el trabajo, ocho horas para el sueño y ocho horas para el ocio». Se le atribuye al galés Robert Owen esta máxima, aunque también a un médico australiano. El caso es que esta lucha va a ser una bandera que costaría sangre, como hemos citado, y en el primer país en que fuera impuesto, lo fue tras una revolución. La bolchevique de 1917 que constituiría la URSS.
Curiosamente, y antes que en otros países, el primero que establecería también este logro de las ocho horas sería de nuevo España. La España de principio de siglo XX. Tras la huelga realizada en Barcelona contra la Barcelona Traction, Light and Power Company, Ltd., una empresa creada por un norteamericano, aunque afincada en Canadá, la conocida como Huelga de La Canadiense (como se llamó a tan impronunciable dicha compañía), tras 44 días de paros y de durísimas negociaciones, y donde el sindicato anarquista CNT iba a tener el predominio, derivará todo esto en que España se convertiría en el primer país en establecer por ley, la anhelada jornada.
Se publicará, así, el 4 de abril de 1919 en la Gaceta de Madrid, el «Real Decreto de la jornada de ocho horas», siendo el presidente del Consejo de Ministros Álvaro Figueroa, más conocido como el Conde de Romanones, y reinando Alfonso XIII, quien lo firma. Como vemos, dos reyes españoles han sancionado por dos veces en la Historia, de manera pionera, uno de los logros más perseguidos por la clase trabajadora. Y la razón por la que se instituyó el Primero de Mayo. ¡Qué cosas!