THE OBJECTIVE
Pablo de Lora

El derecho a morir y la paja en el ojo ajeno

«Ningún ‘derecho a la verdad’ o a la ‘justicia o reparación’ (excepción hecha de la responsabilidad civil) parece interponerse en el camino de ninguna eutanasia»

Opinión
4 comentarios
El derecho a morir y la paja en el ojo ajeno

El pistolero de Tarragona. | Europa Press

¿Debería el poder público proveer asistencia sexual a quienes encuentran grandes escollos para tener relaciones sexuales o satisfacer por sí mismos su pulsión sexual?

Esta cuestión se ha suscitado a propósito de las ayudas y cuidados que son debidas a las personas que sufren discapacidades y si aquellas habrían de incluir también la «asistencia sexual». Es característico de nuestro imaginario político sostener que las ayudas a la dependencia de quienes no pueden ejercer plenamente su autonomía personal deben formar parte del conjunto de prestaciones públicas correlacionadas con ciertos derechos básicos. La atención médica, la terapia física, la logopedia, la higiene y otras tantas dimensiones del apoyo a la discapacidad constituyen el contenido de aquellos derechos. ¿Por qué no la relación sexual, si, podemos convenir, la satisfacción sexual es un ingrediente esencial del bienestar físico y mental de cualquier ser humano? Este es, de hecho, el motor de la ONG «Tus manos, mis manos», una asociación que intermedia entre quienes precisan de ayuda para satisfacerse sexualmente y los «asistentes sexuales»

El asunto, llevado al cine en películas de mérito como The Sessions o Nacional 7, levanta ampollas; incluso dentro de la comunidad de las personas con discapacidad. Las razones son previsibles: la asistencia sexual es una forma encubierta de prostitución, una actividad que en ningún caso cabría «blanquear» o «naturalizar» pues contribuye a la pervivencia del «heteropatriarcado». Cuando la asistencia sexual se permite o ampara porque queda circunscrita a las personas que sufren discapacidades, entonces, se alega, la consecuencia es la estigmatización pues se presupone que los discapacitados son inhábiles para mantener relaciones sexuales sanas, genuinamente consentidas y libres

«Se nos dice que no debemos convertir lo que no son sino ‘meros deseos’ en ‘auténticos derechos’»

Como ocurre con tantos otros planteamientos maximalistas similares los hechos no importan nada (y la compasión o empatía, frecuente estrella invitada en muchas de nuestras disputas políticas y guerras culturales no comparece): da igual que entre los asistentes sexuales abunden los hombres y entre las demandantes las mujeres, o que la realidad se imponga crudamente y que muchos de los que  buscan estos servicios no puedan de hecho masturbarse y quieran que sea otra persona que no sea su madre o su padre quien lo haga. ¿Será acaso que quienes se prestan a facilitar esos disfrutes no lo hacen «libremente», que su consentimiento no es auténtico? ¿Será que debemos persuadir a esos discapacitados a que «se ocupen» o «piensen» en otras cosas? En definitiva, se nos dice, no debemos convertir lo que no son sino «meros deseos» en «auténticos derechos». 

El pasado 23 de agosto Eugen Sabau murió en el módulo penitenciario del Consorcio Sanitario de Tarrasa tras habérsele practicado la eutanasia que había requerido en cumplimiento de las previsiones de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE). Eugen Sabau sufría de una lesión medular irreversible resultado de los disparos que había recibido cuando intentaba atracar un establecimiento a mano armada. Pese a que las víctimas que había ocasionado por su acción habían reclamado que no se practicara la eutanasia hasta tanto no fuera juzgado (pues eso vulneraba su derecho a la tutela judicial efectiva), tanto en el Juzgado de instrucción número 5 de Tarragona como en la Audiencia Provincial de Tarragona se estimó que la circunstancia alegada por las víctimas (estar pendiente el solicitante de la eutanasia de responder ante la justicia) no figuraba entre aquellas que permiten denegar la solicitud de asistencia médica al suicidio. Por lo que parece, y hasta tanto no tercie el Tribunal Constitucional, ningún «derecho a la verdad» o a la «justicia o reparación» (excepción hecha de la responsabilidad civil) parece interponerse en el camino de ninguna eutanasia; ni siquiera, podríamos pensar, la eventual eutanasia reclamada por el presunto terrorista o genocida. ¿Estamos tan seguros?

La satisfecha solicitud de Eugen Sabau es la consecuencia de su derecho a auto-determinarse, lo cual engloba morir y tiene como necesaria correlación la obligación del Estado de poner fin a su vida. De la decisión de Eugen Sabau no se ha sospechado que pueda estar contaminada por su situación de dependencia, por su desesperación o vulnerabilidad; su pretensión no es «un mero deseo sino un auténtico derecho» y de quienes han cumplido con el deber de ayudarle a morir – los médicos del sistema sanitario público- no se predica que «contribuyan a la cultura de la muerte», por ejemplo. Antes bien, son el elogiable instrumento de la muerte digna en un país que ya se ha tomado en serio la libertad de Eugen para dejar de vivir dadas sus penosas circunstancias.  

El Estado mata pero no masturba.

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D